Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2001 (31/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2001

Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PRETELL MORDAZA Ministro de Salud 24438

FLOTA DE RESERVA : Un omnibus: UI-2931 (1990) HORARIOS : Salida de Acobamba: A las 06.30 a.m. Salida de Satipo: A las 6.00 p.m. Las Tarjetas de Circulacion Vehicular seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA indicados. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Articulo Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 23178 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 198-2001-MTC/15.03 Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 1982001-MTC/15.03, publicada en nuestra edicion del dia 19 de MORDAZA de 2001, en la pagina 202977. En el Rubro VIII. DETERMINACION DE LAS INFRACCIONES Y APLICACION DE LAS SANCIONES (ultimo parrafo) DICE: Las escalas y graduaciones de las multas se aplicaran de acuerdo a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su Reglamento General y modificatorias. DEBE DECIR: Las escalas y graduaciones de las multas se aplicaran de acuerdo a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General y la Ley Nº 27336. 24368

MTC
Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Acobamba - Satipo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1769-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 6 de octubre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-000911, sobre concesion de ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Tecnico Nº 743-2000-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES TICLLAS S.A.C. - "ETTICSAC", mediante el expediente indicado en visto, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: ACOBAMBA - SATIPO y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Tecnico Nº 743-2000-MTC/ 15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y los senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, la Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89PCM, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPORTES TICLLAS S.A.C. - "ETTICSAC", la concesion de la ruta: ACOBAMBA - SATIPO y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: ACOBAMBA - SATIPO y viceversa ACOBAMBA (Huancavelica) SATIPO (JUNIN) LA MEJORADA - IZCUCHACA IMPERIAL - HUANCAYO - TARMA LA MORDAZA - PICHANAKI ESCALA COMERCIAL : HUANCAYO FRECUENCIA : Una diaria FLOTA VEHICULAR : Cuatro omnibus FLOTA OPERATIVA : Tres omnibus: UQ-8125 (1993), UI-8000 (1985) y VP-1743 (1990) RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO : : : :

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales contra empresa destinados a la restitucion de inmueble y recuperacion de sumas adeudadas al Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Nº 040-2001-CE/PJ MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2001

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