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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (07/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 212288 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de noviembre de 2001 Artículo Segundo.- Declarar que don Víctor Alber- to Villachica Gambini continúa ejerciendo el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de San Ramón. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que se requiera para el cumplimiento de la presente resolución, bajo respon- sabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 33993 Declaran que regidores de los Conce- jos Distritales de Pichigua y Acopam- pa continúan en el desempeño de sus cargos RESOLUCIÓN Nº 755-2001-JNE Lima, 31 de octubre de 2001 Visto el Expediente Nº 1011-2001 iniciado con Oficio Nº 0231-01-MDP-E recibido el 3 de septiembre de 2001 del Alcalde del Concejo Distrital de Pichigua, provincia de Espinar, departamento de Cusco, don Valentín Zinanyuca Berdejo, quien comunica que mediante Reso- lución Municipal Nº 015-2001/MDP-E de fecha 9 de agosto de 2001 se declaró la vacancia del cargo de Regidor que ejerce doña Asunción Paredes Cutipa, en virtud del acuerdo adoptado por mayoría en la sesión ordinaria del 7 de agosto de 2001, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas celebradas con fechas 3, 10 y 17 de julio del año en curso; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el primer párrafo del Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, la vacancia de los cargos de Alcalde o Regidor se declara con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de miembros del Concejo Municipal; Que, según se advierte del acta de la sesión del 7 de agosto de 2001, cuya copia corre de fojas 21 a 27, la moción de vacancia del cargo de la Regidora Asunción Paredes Cutipa sólo obtuvo tres (3) votos a favor, de un total de seis (6) miembros del Concejo Distrital de Pichi- gua; coligiéndose de ello que la vacancia de autos no ha sido declarada con arreglo a ley y, por tanto, no surte efectos legales; Que, por otro lado, no se acredita la supuesta inconcu- rrencia injustificada a las sesiones celebradas los días 3, 10 y 17 de julio de 2001, que se imputa a la Regidora en mención; pues, revisados los autos, se observa que los cargos de citación a dichas sesiones carecen de firma de recepción de la interesada, no existiendo certeza de que ella haya tomado conocimiento de tales convocatorias; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente la solici- tud formulada por don Valentín Zinanyuca Berdejo, Alcalde del Concejo Distrital de Pichigua, sobre reempla- zo de la Regidora Asunción Paredes Cutipa por declara- toria de vacancia. Artículo Segundo.- Declarar que doña Asunción Paredes Cutipa continúa en el ejercicio del cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Pichigua correspon- diente al período de gobierno municipal 1999 - 2001, para el que fue elegida. Artículo Tercero.- Disponer que el representante legal de la Municipalidad Distrital de Pichigua cumpla con presentar el comprobante de pago por derecho deltrámite solicitado, según el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos, aprobado por Resolución Nº 011- 2001-JNE de fecha 4 de enero de 2001. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 33985 RESOLUCIÓN Nº 757-2001-JNE Lima, 6 de noviembre de 2001 Expediente Nº 958-2001 Visto, el escrito recibido el 15 de agosto de 2001 remitido por Reynaldo Tiberio Toro Soto, Alcalde del Concejo Distrital de Acopampa, provincia de Carhuaz, departamento de Ancash, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor correspondiente a Carlos Luis Valvas Terrones; solicitando se nombre al reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: 1º. Que el Concejo Distrital de Acopampa en sesión extraordinaria del 14 de marzo de 2001, con el voto aprobatorio de 5 miembros, de un total de 6 integrantes, acordó declarar la vacancia del cargo de Regidor de Carlos Luis Valvas Terrones, por ausencia de la locali- dad por más de 30 días sin la correspondiente autoriza- ción de concejo, cambio de domicilio fuera de la circuns- cripción de la municipalidad e inasistencia injustificada a 3 sesiones ordinarias consecutivas, causales de vacan- cia previstas en los numerales 2), 4) y 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, respec- tivamente, conforme aparece de la copia certificada del acta que corre a fojas 3 y 4; siendo formalizada la mencionada vacancia por Resolución Municipal Nº 04- 2001-MDA/A del 14 de marzo de 2001, conforme se aprecia a fojas 5; 2º. Que de autos se aprecia que el Regidor Carlos Luis Valvas Terrones inasistió a las sesiones ordinaria del 6 de diciembre de 2000, extraordinaria del 28 de febrero y ordinaria del 7 de marzo de 2001, según se aprecia de fojas 9 a 15; sin embargo, no se ha acredi- tado que se haya cumplido con notificar personalmen- te al mencionado Regidor las citaciones para que concurra a las referidas sesiones; tampoco se cumple con el presupuesto de 3 sesiones ordinarias consecuti- vas o seis no consecutivas durante 3 meses, estableci- do en el numeral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; 3º. Que a fojas 16 obra la notificación realizada por notario público a Carlos Luis Valvas Terrones, me- diante la cual comunica que se ha declarado la vacan- cia de su cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Acopampa, dicha diligencia se realizó con Carlos Val- vas Chávez, quien manifestó que su hijo Carlos Luis Valvas Terrones no se encontraba en su domicilio por laborar en el distrito de San Miguel de Aco; asimismo, a fojas 25 aparece la constancia del 10 de octubre de 2001 expedida por el gobernador del distrito de Aco- pampa, quien hace constar que el Regidor Carlos Luis Valvas Terrones no domicilia en la circunscripción del referido distrito; 4º. Que la notificación a persona ausente se realiza por intermedio de edictos, conforme lo establece el Artí- culo 165º del Código Procesal Civil; situación que no se ha cumplido en el caso de autos, al no haberse realizado la notificación al Regidor Carlos Luis Valvas Terrones de las citaciones a sesiones de concejo y el acuerdo de concejo que declara la vacancia de su cargo de Regidor, utilizando la forma prevista por la acotada norma legal,