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Pág. 212285 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de noviembre de 2001 ANEXO 4 TABLA DE TARIFAS DEL SISTEMA LBTR I. El BCRP cobrará tarifas de uso del LBTR a los Participantes del referido Sistema por los siguientes conceptos: Concepto Monto o Tarifa (*) Cargo fijo mensual por participación en el Sistema LBTR (**) S/. 733,05 Tarifa por transacciones ocurridas hasta las 15:00 S/. 6,30 / transacción Tarifa por transacciones ocurridas después de las 15:00 (***) S/. 9,42 / transacción (*) Reajustable cada trimestre calendario según las variaciones del IPC. (**) Aplicable sólo a los Participantes interconectados al sistema LBTR, mas no así a aquellos Participantes que cursen operaciones utilizando el sistema manual. (***) Aplicable también a los Participantes no interconectados y a los Participantes interco- nectados que utilicen el sistema de contingencia por razones ajenas al BCRP. II. Los cargos derivados de la aplicación de las tarifas de uso del LBTR serán cobrados por mes calendario vencido, al segundo día útil del mes siguiente, mediante cargo en las cuentas corrientes del Participante, vía el Sistema LBTR. ANEXO 5 REQUERIMIENTOS PARA LA INTERCONEXION CON EL BCRP DE LA RED DE COMUNICACIONES La red conformada por las entidades financieras y el BCRP (red SIB) será del tipo estrella, donde el BCRP es el nodo central. La condición de nodo central debe enten- derse como la capacidad de recibir y enviar directamente los mensajes que se cursen por la red desde y hacia la entidad financiera, sin pasar por ningún nodo que no sea expresamente necesario, ni que esté fuera de la arqui- tectura propia de la compañía de telecomunicaciones. Todos los enlaces deberán exhibir la característica de encriptación1 (Data Encryption Standard -DES2 - o Triple DES). El término RED se utiliza desde el punto de vista conceptual, es decir que se podrá implementar una red virtual dentro de una infraestructura de comunicacio- nes de conmutación de frames o celdas. DESDE PLATAFORMA DE REDES (WINDOW/NT SERVER) I. Hardware. El equipo será dedicado como Servidor de la Institu- ción Bancaria para el LBTR, y tendrá las siguientes características mínimas: 1. Procesador Pentium, de 200 Mhz. 2. 128 MB de RAM mínimo. 3. 4 GB de almacenamiento en disco. 4. Tarjeta de comunicaciones con soporte de protoco- lo SDLC con su respectivo cable de conexión al equipo de comunicaciones. Como ejemplo de estas tarjetas se tiene la MPCA (Multiprotocol Communication Adapter de IBM). 5. Enlace dedicado (físico o virtual) al BCRP, con velocidad de enlace mínima de 9,6 Kbps. 6. Equipo de comunicaciones que permita el enlace entre los datos de la aplicación y el medio de transporte (routers, DSU/CSU, modems) II. Software 1. Para el servidor se requiere 2. MS Windows NT Server Versión 4.0/SP3. 3. MS SNA Server Versión 3.0/SP3 o IBM Communi- cation Server for Windows Para cualesquiera de los dos productos se deberá consultar el soporte a la tarjeta SDLC (Synchronous Data Link Contro l) a instalar. 4. IBM Transaction Series for Windows NT Versión 4.2. 5. Programas SIB/LBTR Versión 2.0 desarrollados por el BCRP y la interfaz de programación de aplicacio- nes para la implementación de las funciones de seguri-dad con infraestructura de clave pública. (Libre de car- go). III. Estaciones Clientes. Para acceder al servidor del LBTR desde estacio- nes de la red en la que esté insertado, se debe instalar en las mismas el IBM CICS CLIENT. Este producto permite la comunicación vía TCP/IP al IBM Transac- tion Series for Windows NT 4.3 instalado en el servi- dor LBTR. Nota. El equipo servidor será para USO EXCLUSI- VO del sistema de interconexión con el BCRP y el LBTR. DESDE PLATAFORMA DE SISTEMAS 390 I. Hardware. 1. Procesador 9672 R11 como mínimo. 2. Espacio en disco de al menos 2GB. 3. Enlace dedicado hasta el BCRP, velocidad de línea de 9,6Kbps o 19,2Kbps. 4. Unidad de control de comunicaciones 3745-xx o equivalente con soporte para SNI o redes nulas. 5. Enlace dedicado (físico o virtual) al BCRP, con velocidad de enlace mínima de 9,6 Kbps. 6. Equipo de comunicaciones que permita el enlace entre los datos de la aplicación y el medio de transporte (routers, DSU/CSU, modems) 7. Microcomputadora dedicada como servidor de se- guridad con funciones de encriptación por clave pública. II. Software 1. Sistema Operativo MVS 3.0 o superior. 2. Manejador de comunicaciones VTAM 3.0 ó supe- rior. 3. Programa para Controlador de Comunicaciones 37xx, NCP 4.2 ó superior. 4. Manejador de Transacciones, CICS 2.2.0 ó supe- rior. 5. Compilador COBOL/MVS o COBOL II (opcional). 6. Soporte para archivos con organización VSAM (Virtual Storage Access Method ) 3.0 ó superior. 7. Sistema Operativo Windows/NT WorkStation para el servidor de seguridad. 8. Programas SIB/LBTR Versión 2.0 desarrollados por el BCRP y la interfaz de programación de aplicacio- nes para la implementación de las funciones de seguri- dad con infraestructura de clave pública (Libre de car- go). DESDE PLATAFORMA AS/400 I. Hardware. Se necesita el equipamiento siguiente: 1. IBM AS/400 Serie D, como mínimo. 2. Puerto de comunicación remota (ICF: Intersystem Communications Function). 3. Enlace dedicado (físico o virtual) al BCRP, con velocidad de enlace mínima de 9,6 Kbps. 4. Equipo de comunicaciones que permita el enlace entre los datos de la aplicación y el medio de transporte (routers, DSU/CSU, modems) 5. Microcomputadora dedicada como servidor de se- guridad con funciones de encriptación por clave pública. 1Encriptado, Encriptación.- Aplicación de algún algoritmo sobre los datos, de manera tal que altere su apariencia y la haga incomprensible a todos aquellos que no están autorizados a verlos.2DES. Data Encryption Standard, algoritmo de cifrado desarrollado por la agencia nacional de seguridad de los Estados Unidos de América (NBS), que se convirtió en un estándar nacional e internacional.