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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (07/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 212275 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de noviembre de 2001 M T C Autorizan viaje de profesional del Minis- terio a Guatemala para participar en la "XIX Reunión del Comité Consultivo Per- manente III: Radiocomunicaciones" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 506-2001-MTC/15.03 Lima, 5 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Interamericana de Telecomunicacio- nes (CITEL) ha convocado a la "XIX REUNIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE III: RADIO- COMUNICACIONES" que se realizará en la Ciudad de Guatemala, Guatemala, durante los días 6 al 9 de no- viembre de 2001; Que, en la mencionada reunión se desarrollarán los temas referidos a la problemática de las radiocomunica- ciones de los servicios públicos y privados en lo referente a atribución de bandas, coexistencia de servicios sin interferencias, sistemas satelitales para servicios fijos y móviles, servicio de radiocomunicaciones móvil y fijo terrestre relacionados a 3G, entre otros, que contribu- yan al desarrollo de los servicios de telecomunicaciones que emplean espectro radioeléctrico; Que, la Asociación Hispanoamericana de Centros de Investigación y Empresas de Telecomunicaciones (AH- CIET) ha otorgado una beca integral al ingeniero Carlos Sotelo López, Asesor Técnico de la Unidad Especializa- da en Concesiones de Telecomunicaciones del Ministe- rio de Transportes Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, miembro coordinador de la subcomisión "Evo- lución 3G" de la citada asociación, para que participe en la reunión; Que, la beca integral otorgada por la Asociación Hispanoamericana de Centros de Investigación y Em- presas de Telecomunicaciones (AHCIET), cubre los gas- tos de transporte aéreo, hotel y estadía durante la realización "XIX REUNIÓN DEL COMITÉ CONSULTI- VO PERMANENTE III: RADIOCOMUNICACIONES"; Que, es de interés del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción la participa- ción en dicho evento, con el fin de intercambiar opiniones y experiencias que permitan lograr mayores avances en el desarrollo de las telecomunicaciones; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 909, Decreto Ley Nº 25862, Decretos Supremos Nºs. 048- 2001-PCM y 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del ingeniero Carlos Sotelo López, Asesor Técnico de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a la Ciudad de Guatemala, Guatemala, los días 6 al 9 de noviembre de 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente, no irrogará gasto alguno al Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 33961 Otorgan a diversas empresas autoriza- ción y permiso de instalación para operar estaciones del servicio de radiodifusión sonora comercial en FM RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 934-2001-MTC/15.03 Lima, 26 de octubre de 2001VISTA, la solicitud formulada por la EMPRESA DE RADIO TV EDICIONES Y PUBLICACIONES CRISTIA- NAS EL CAMINO E.I.R.L., para que se le otorgue autorización para establecer una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Guadalupe, provincia de Pacasma- yo, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de teleco- municaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de ra- diodifusión se requiere presentar una solicitud, la mis- ma que se debe acompañar con la información y docu- mentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 589-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 778-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud for- mulada cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la EMPRESA DE RADIO TV EDICIONES Y PUBLICACIONES CRISTIANAS EL CA- MINO E.I.R.L., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :105.3 MHz. Indicativo :OAT-2Y Potencia :1000 w. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Calle Independencia, Mz. J, Lote 8, Centro Poblado Menor Ciudad de Dios, distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, depar- tamento de La Libertad. Coordenadas: L.O. 79° 28' 47" L.S. 07° 17' 50"