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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (13/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 211186 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de octubre de 2001 ción de Radioisótopos de la Dirección General de Instala- ciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, a la ciudad de Montevideo, Uruguay, del 1 al 12 de octubre de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Organis- mo Internacional de Energía Atómica - OIEA. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 31839 Autorizan viaje de viceministro para asistir al 18 ° Congreso Mundial de la Energía que se realizará en Argentina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2001-EM Lima, 9 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Director Ejecutivo del 18° Congreso Mundial de la Energía mediante Carta de fecha 4 de setiembre de 2001, ha invitado al señor Jaime Quijandría Salmón, Ministro de Energía y Minas, a participar en el 18° Congreso Mundial de la Energía, que se realizará del 21 al 25 de octubre de 2001, en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, en la que se tratarán aspectos vinculados con el mejor aprovechamiento de los recursos energéticos, en especial el gas natural; Que, el Ing. Carlos Federico Garaycochea Mejía, Vice- ministro de Energía, ha sido designado para que asista en representación del señor Ministro de Energía y Minas a la Reunión precitada; en consecuencia es necesario autori- zar su viaje a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 20 al 26 de octubre de 2001; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Carlos Federi- co Garaycochea Mejía, Viceministro de Energía del Mi- nisterio de Energía y Minas, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 20 al 26 de octubre de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción no irrogará gasto alguno al Estado, ni otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 32561 INTERIOR Autorizan la entrega de sustancias e insumos químicos a la Dirección Ge- neral de la PNP para fines de instruc- ción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1210-2001-IN/1101 Lima, 5 de octubre del 2001Visto, el Oficio Nº 817-11-2000-DGPNP-DIRANDRO de 13.NOV.2000 con el que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú solicita el internamiento y repo- sición de las drogas que le fueron transferidas por Resolu- ción Ministerial Nº 0839-98-IN/1101 de 29.SET.98, para su utilización exclusiva en el adiestramiento de canes detectores de drogas de la Unidad Canina de la Dirección Antidrogas PNP; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de Lucha Contra el Narcotráfico establece que la Policía Nacional del Perú a través de sus órganos especializados, es la entidad encargada de prevenir, investigar y combatir el delito de tráfico ilícito de drogas en sus diversas mani- festaciones; Que, de acuerdo a los Artículos 13º y 27º del Regla- mento de la Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-IN de 4.OCT.2000, la Dirección Antidrogas es el órgano especia- lizado de carácter sistémico, técnico-normativo-ejecutivo encargado de ejercer las funciones, atribuciones y faculta- des de la PNP en su campo especializado, con competencia para intervenir a nivel nacional; Que la Dirección Antidrogas en su estructura orgánica cuenta con la Unidad Canina, como órgano de apoyo en las operaciones de investigación del delito de tráfico ilícito de drogas, cuyos canes reciben adiestramiento en forma permanente; Que, el Artículo 67º del Decreto Ley Nº 22095 - Ley General de Drogas, prescribe que las drogas decomisadas serán depositadas en un local cuya custodia, administra- ción y control se encuentra a cargo de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0839-98-IN/ 1101 de 29.SET.98 se resolvió transferir a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú un (1) kilogramo de clorhidrato de cocaína, un (1) kilogramo de pasta básica de cocaína y quinientos (500) gramos de latex de opio, para ser utilizados con fines de instrucción y adiestramiento a los canes de la Unidad Canina de la Dirección Antidrogas; sustancias que por su uso han perdido sus características físicas principalmente odoríficas, por lo que se hace nece- sario reemplazarlas; Que, la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú debe contar con los medios necesarios que le permi- tan el cumplimiento eficiente de sus funciones contra el tráfico ilícito de drogas; De conformidad a lo establecido en el Artículo 77º inciso "b" del Decreto Ley Nº 22095 - Ley General de Drogas; y, Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la entrega de un (1) kilogramo de clorhidrato de cocaína, un (1) kilogramo de pasta básica de cocaína y quinientos (500) gramos de latex de opio, a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú para fines de instrucción, adiestramiento de canes de la Unidad Canina de la Dirección Antidrogas PNP; en reemplazo de las drogas que fueron transferidas por Resolución Minis- terial Nº 0839-98-IN/1101 de 29.SET.98, previo interna- miento de éstas en el depósito oficial de la Oficina Ejecu- tiva de Control de Drogas. Artículo 2º.- La entrega de las drogas se efectuará luego del respectivo pesaje y análisis certificado por un profesional químico del Laboratorio Central de la Direc- ción de Criminalística PNP, a realizarse en presencia de un representante del Ministerio Público y de la Directora de Drogas de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, (DIGEMID) del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- La Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú adoptará las medidas necesarias que garanticen la custodia y el debido uso de las drogas, informando pormenorizadamente de ello, a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 32448