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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (26/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 211846 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de octubre de 2001 RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Alcalde del señor Moisés Rufino Fajardo Tolentino, en el Concejo Distrital de Huata, por haber sufrido condena por delito doloso, impuesta por la Segunda Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Ancash y confirmada por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la República. Artículo Segundo.- Convocar al ciudadano Miguel Abilio Terry Guerrero para que asuma el cargo de Alcal- de en el Concejo Distrital de Huata, en reemplazo del señor Moisés Rufino Fajardo Tolentino; asimismo con- vocar como Regidora a doña Gertrudes Emilia Alba Mejía, para completar el número legal de miembros en el referido concejo. Artículo Tercero.- Otorgar la credencial correspon- diente al Alcalde y Regidora convocados, quienes debe- rán jurar y asumir los cargos para completar el período municipal 1999 a 2002. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ- PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 33464 RESOLUCIÓN Nº 725-2001-JNE Lima, 25 de octubre de 2001 VISTOS: Los expedientes Nº 1102 y 1110-2001 iniciados median- te los escritos remitidos por Regidores del Concejo Dis- trital de Los Órganos, Provincia de Talara, departa- mento de Piura, y doña Lidia Esther Arismendiz Vilela solicitando se declare la vacancia del cargo de Alcalde del citado Municipio que desempeña Pablo Benites Sócola; posteriormente, comunicando que en sesión extraordi- naria del 3 de octubre de 2001 se declaró la vacancia del mencionado Alcalde; El recurso de revisión interpuesto por Pablo Benites Sócola contra el mencionado acuerdo de vacancia; Oídos los informes orales; CONSIDERANDO: 1º. Que por escrito del 18 de septiembre de 2001 los Regidores César Agustín Talledo Saavedra, Estaurafila Yolanda Dioses Mena, Ruperto Filepto Risco Vite y Alberto Jibaja Reto solicitaron al Alcalde Pablo Benites Sócola convoque a sesión extraordinaria para tratar la declaratoria de vacancia de su cargo, conforme se apre- cia a fojas 36; que en respuesta el referido Alcalde comunicó su decisión de reservar el pedido hasta que quede agotada la vía judicial; asimismo, los indicados Regidores por escrito presentado el 27 de septiembre de 2001 solicitan al Alcalde que como otro tema de agenda de la sesión convocada para el 29 del mismo mes y año, se trate la vacancia de su cargo, conforme consta a fojas 48 a 51; que ante este nuevo pedido el Alcalde adujo la inadmisibilidad del mismo, conforme obra a fojas 52 y 53; 2º. Que no habiendo convocado el citado Alcalde a la sesión solicita, el Regidor Alberto Jibaja Reto convoca a sesión extraordinaria para el 3 de octubre del 2001, notificando dicha convocatoria de sesión al Alcalde, con documento que obra a fojas 55; y, en la fecha convocada se realizó la referida sesión y con el voto aprobatorio de 4 miembros a favor, incluyendo el del Regidor que presi- dió la sesión, lo cual es legal, y un voto en contra, de un total de 6 integrantes, se acordó declarar la vacancia delcargo de Alcalde de Pablo Benites Sócola, por tener condena por delito doloso, siendo formalizado el acuerdo de vacancia por Resolución de Concejo Municipal Nº 024- 2001-MDLO-CM, que obra de fojas 71 a 73; 3º. Que el referido Alcalde alega que dio respuesta oportuna a los Regidores que solicitaban se lleve a cabo en sesión el pedido de vacancia de su cargo, que el Regidor Alberto Jibala Reto quien presidió la sesión emitió voto y que la Sala Mixta de Sullana por resolución del 26 de septiembre de 2001 ha admitió el recurso ante la Sala Penal de la Corte Suprema de la República, por lo que el órgano jurisdiccional no ha emitido pronun- ciamiento definitivo; 4º. Que, del estudio de autos aparece que Pablo Benites Sócola fue condenado a la pena privativa de libertad de dos (2) años suspendida en su ejecución por igual término e inhabilitación conforme al inciso 1) del Artículo 36º del Código Penal, fallo expedido por el Juzgado Especializado en lo Penal de Talara el 27 de junio de 2001, en el proceso penal seguido en su contra por la comisión del delito de violencia y resistencia a la autoridad, en agravio de Eduardo Chira Coronado y otros, tal como aparece de fojas 103 a 105; posteriormen- te, la Sala Mixta de Sullana el 12 de septiembre de 2001, confirmó la condena contra Pablo Benites Sócola, tal como consta a fojas 106 y 107. Por lo tanto, Pablo Benites Sócola se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida por el numeral 3) del Artículo 26º concordan- te con el numeral 9) del Artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Artículo 1º de la Ley 26491; 5º. Que el proceso penal seguido contra Pablo Benites Sócola es de trámite sumario y concluyó con la resolución emitida por Sala Mixta de Sullana; que la admisión de la queja que afirma haber interpuesto Pablo Benites Sóco- la no impide el cumplimiento de la sentencia, conforme lo disponen los Artículos 293º y 330º del Código de Procedimientos Penales; 6º. Que, de conformidad con lo dispuesto por el nume- ral 1) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853 y el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del Alcalde es reemplazado por el Teniente Alcalde, que es el primer Regidor hábil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Especial de Talara, corresponde asumir el cargo de Alcalde a Alberto Jibaja Reto, candidato proclamado Regidor de la lista independiente "Reconstrucción Efec- tiva"; asimismo, se aprecia que todos los integrantes de la lista mencionada ya han sido convocados y para comple- tar el número legal de Regidores corresponde convocar para que asuma el cargo de Regidora a María Elena Gonzaga de Peña integrante de la lista independiente "Vecinos en Acción", lista que ocupó el segundo lugar en las Elecciones Municipales de 1998; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de revisión interpuesto por Pablo Benites Sócola contra el acuerdo de sesión extraordinaria del 3 de octubre de 2001 del Concejo Distrital de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura, que declara la vacancia de su cargo de Alcalde en el citado Municipio. Artículo Segundo.- Convocar a Alberto Jibaja Reto, candidato proclamado Regidor de la lista independiente "Reconstrucción Efectiva", para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura, por vacancia de Pablo Benites Sócola, para completar el período 1999 - 2002, a quien se le otorgará la correspondiente credencial. Artículo Tercero.- Convocar a María Elena Gonza- ga de Peña integrante de la lista independiente "Vecinos en Acción", para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Los Órganos, para completar el período 1999 - 2002, a quien se le otorgará la correspon- diente credencial. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución.