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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (26/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 211858 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de octubre de 2001 b) Sobre Nº 2 Propuesta Técnica, Carta Fianza, Contrato y Propuesta Económica b.1) Propuesta de plan de trabajo a seguir en el proceso de liquidación del BANCO NUEVO MUNDO EN LIQUIDACIÓN. b.2) Propuesta de retribución económica debidamen- te firmada por el representante legal de la persona jurídica postora, de acuerdo al formato del Anexo Nº 8. b.3) Carta Fianza de Seriedad de la Oferta por S/. 100 000,00 (cien mil y 00/100 Nuevos Soles) emitida por empresas bancarias, financieras o empresas de seguros, esto incluye las pólizas de caución , según modelo del Anexo Nº 9. La Carta Fianza de Seriedad de la Oferta deberá tener una duración mínima de 30 días a partir de la presentación de los sobres. Las garantías que se presenten serán devueltas, luego que el contrato de locación de servicios sea suscrito por las partes. b.4) El texto del contrato de locación de servicios del Anexo Nº 10 debidamente suscrito. VII. COMITÉ DE EVALUACIÓN El Comité de Evaluación será responsable de condu- cir los actos de recepción y apertura de sobres, califica- ción de propuestas y otorgamiento de la buena pro. El Comité estará integrado por: 1. Un representante de la Superintendente Adjunta de Banca, quien lo presidirá; 2. El Intendente responsable de la supervisión del BANCO NUEVO MUNDO antes de su liquidación; 3. El Intendente responsable de la supervisión de los procesos de liquidación de las empresas; 4. Un representante de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica. Asimismo, un representante de la Gerencia de Audi- toría Interna actuará como veedor del proceso. VIII. RECEPCIÓN DE LOS SOBRES La recepción de los sobres se realizará en el lugar, fecha y hora señalados en el aviso de convocatoria. IX. APERTURA DE LOS SOBRES En acto público, en el lugar y hora señalados en el aviso de convocatoria y con presencia de Notario Públi- co, quien levantará acta de todo lo actuado, se seguirá el siguiente procedimiento: 1. El Comité de Evaluación procederá a la apertura de los Sobres Nº 1 en el mismo orden en que fueron recibidos, verificándose en cada caso la identidad del representante del postor. El Notario Público rubricará y sellará los documentos contenidos en cada uno de los sobres antes señalados. 2. Inmediatamente después el Comité procederá a la apertura de los Sobres Nº 2 de los postores en el mismo orden en que fueron recibidos, procediendo el Notario Público a rubricar y sellar los documentos contenidos en los mismos. 3. Si existiesen defectos de forma tales como omisio- nes o errores subsanables que no modifiquen el alcance de la propuesta, el Comité de Evaluación está facultado a otorgar un plazo para que se cumpla con la correspon- diente subsanación. 4. El Comité de Evaluación podrá solicitar a los postores aclaraciones y documentos que no impliquen modificar la documentación presentada, ni alterar el principio de igualdad entre los que se presenten al Concurso Público. Los postores deberán suministrar la información que les sea requerida dentro del plazo esta- blecido en el Anexo Nº 2. 5. El Notario Público levantará acta de todo lo actua- do, donde dejará constancia del nombre de cada postor. Asimismo, se consignará en forma sintética las obser-vaciones que formulen los postores acerca del acto. Esta acta será suscrita por los miembros del Comité de Eva- luación, por el Notario Público y por los postores presen- tes que así lo deseen. El Comité de Evaluación examinará cuidadosa- mente las propuestas, para verificar si cumplen con los requisitos establecidos. En caso los miembros del Comité de Evaluación consideren que la información y/o documentación proporcionadas por los postores no contiene las formalidades requeridas, se tendrá por no presentada la propuesta. De ser el caso, deliberarán en el acto para resolver cualquier duda que pudiera presentarse. X. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS El Comité evaluará las propuestas de acuerdo a los criterios de evaluación que se detallan en el Anexo Nº 11 . XI. ADJUDICACIÓN Y BUENA PRO El Comité de Evaluación determinará el puntaje total alcanzado por cada uno de los postores en sus propuestas técnica y económica y establecerá un orden de mérito, declarándose ganador a quien obtenga el mayor puntaje, en la fecha fijada en el aviso de convoca- toria. El Notario Público dejará constancia de este resul- tado en el acta. El Comité de Evaluación procederá a publicar en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulación nacio- nal, de manera inmediata, la adjudicación de la buena pro. En caso que obtenida la buena pro por un postor, éste no cumpla con entregar la Carta Fianza de Fiel Cumpli- miento del Contrato o cualquier otro requisito substan- cial en los plazos establecidos en estas Bases, la SUPER- INTENDENCIA podrá adjudicar la buena pro al postor que en la calificación ocupó el segundo puesto. XII. IMPUGNACIONES Las impugnaciones relacionadas con la elección de la persona jurídica ganadora podrán presentarse ante la SUPERINTENDENCIA , dentro del día útil siguiente de la publicación de la adjudicación de la buena pro, previo pago de una tasa equivalente al 10% de la UIT, adjuntando la documentación e información que la sus- tente. La SUPERINTENDENCIA resolverá la impug- nación en un plazo no mayor de dos (2) días útiles, siendo dicha resolución inimpugnable. XIII. CONCURSO DESIERTO Y LIQUIDACIÓN JUDICIAL 1. Si no hubiese postores o si los miembros del Comité de Evaluación consideraran que ninguno de los postores puede ser calificado como empresa liquidadora, se decla- rará desierto el Concurso Público, no encontrándose obligada la SUPERINTENDENCIA a indicar cuáles fueron las causas de su determinación. 2. Si en segunda convocatoria, por los motivos seña- lados en el numeral anterior, se declarase desierto el Concurso Público, la SUPERINTENDENCIA no esta- rá obligada a indicar cuáles fueron las causas de su determinación. 3. Declarado desierto el concurso, por los motivos señalados en el numeral 1 que antecede, la liquidación será judicial y se regirá en lo pertinente por la Sección Cuarta del Libro IV de la Ley General de Sociedades, concordante con lo establecido en el Artículo 115º de la Ley General. XIV. DEL CONTRATO El texto del contrato se encuentra en el Anexo Nº 10 , el cual debidamente suscrito deberá presentarse con la propues ta. Los documentos que forman parte del contra- to son: