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Pág. 211991 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de octubre de 2001 De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Decre- to Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representación del Estado - Ministerio del Interior, proceda a efectuar la denuncia penal correspon- diente contra los representantes de la E.V.P. "EMPRESA DE VIGILANCIA PARTICULAR CRONSA S.A." por pre- sunto Delito Contra la Fe Pública en agravio del Estado. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes del caso para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 33005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1253-2001-IN/1701 Lima, 18 de octubre del 2001 Visto el Oficio Nº 8615-2001-IN-1706, del Director General de la Dirección de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, quien solicita que por interme- dio de la Procuraduría Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior se formalice de- nuncia penal contra los representantes de la Empresa de Vigilancia Privada "RED PERUANA DE SEGURIDAD S.R.L." representada por Víctor Jorge CHAVEZ YAU- PARI; por existir indicios de presunta comisión de delito contra la Fe Pública en agravio del Estado; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-94-IN, modificado por D.S. Nº 006-94-IN establece las normas que regulan las actividades de los Servicios de Seguridad Privada; Que, la empresa "RED PERUANA DE SEGURIDAD S.R.L." viene desarrollando actividades de seguridad autorizada con Resolución Directoral Nº 1694 del 19.SET.2000, para la cual presentó una Carta Fianza como parte de los requisitos que señala el TUPA-2000- DICSCAMEC, la que de acuerdo a la información pro- porcionada por la Oficina Principal del Banco Conti- nental de Lima, resulta ser una Carta Fianza Falsa, ya que no fue emitida por esa Entidad Bancaria; Lo propuesto por la Dirección de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, y lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representación del Estado - Minis- terio del Interior, proceda a efectuar la denuncia penal correspondiente contra los representantes de la E.V.P. RED PERUANA DE SEGURIDAD S.R.L. por presunto Delito Contra la Fe Pública en agravio del Estado. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes del caso para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 33006RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1254-2001-IN/1701 Lima, 18 de octubre del 2001 Visto el Oficio Nº 8614-2001-IN-1706, del Director General de la Dirección de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, quien solicita que por interme- dio de la Procuraduría Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior se formalice de- nuncia penal contra los representantes de la Empresa de Vigilancia Privada "EVP AMERICAN SERVICE E.I.R.L." representada por Héctor Benito HERMOZA LOPEZ; por existir indicios de presunta comisión de delito contra la Fe Pública en agravio del Estado; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-94-IN, modificado por D.S. Nº 006-94-IN establece las normas que regulan las actividades de los Servicios de Seguri- dad Privada; Que, la empresa "EVP AMERICAN SERVICE E.I.R.L." viene desarrollando actividades de seguridad autorizada con Resolución Directoral Nº 1456 del 25.NOV.98, para la cual presentó una Carta Fianza como parte de los requisitos que señala el TUPA-2000-DICS- CAMEC, la que de acuerdo a la información proporciona- da por la Oficina Principal del Banco Continental de Lima, resulta ser una Carta Fianza Falsa, ya que no fue emitida por esta Entidad Bancaria; Lo propuesto por la Dirección de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, y lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representación del Estado - Minis- terio del Interior, proceda a efectuar la denuncia penal correspondiente contra los representantes de la E.V.P. AMERICAN SERVICE E.I.R.L. por presunto Delito Contra la Fe Pública en agravio del Estado. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes del caso para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 33007Declaran infundado recurso de apela- ción contra resolución que sancionó con multa a empresa de vigilancia pri- vada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1255-2001-IN/1701 Lima, 18 de octubre del 2001 VISTO: El Recurso de Apelación interpuesto por la Empresa de Vigilancia Privada AGENCIA DE SEGURI- DAD PRIVADA CUSCO S.R.LTDA. "ASEPCUS", repre- sentada por su Gerente General Santos FRISANCHO