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Pág. 228152 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de agosto de 2002 que el Tribunal Fiscal disponga la suspensión de las co- branzas coactivas correspondientes a los expedientes tributarios, por lo que se requiere la interposición de las acciones legales correspondientes respecto de estos expedientes y de aquéllos de naturaleza no tributaria; Que, por otra parte, ante las irregularidades eviden- ciadas en la tramitación de los expedientes contencioso- tributarios y coactivos ante la Municipalidad, el SINMAC interpuso una denuncia ante la Fiscalía Provincial Mixta de Huarochirí por los delitos de abuso de autoridad y concusión en su agravio, en contra del Alcalde, Director de Rentas, Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad, la misma que viene tramitándose ante la 11º Fiscalía Superior de Lima, por lo que corresponde autorizar al Procurador Público del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, a fin que intervenga en dicha denuncia; Que, de otra parte, la Municipalidad no ha exhibido la documentación solicitada en su oportunidad por el Pro- grama Rehabilitación de Transportes -PRT e impide la concesión de copias certificadas de documentación rele- vante para los procesos en trámite, lo cual entorpece el ejercicio del derecho de defensa; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar al Pro- curador Público de este Ministerio para que interponga las acciones legales que aseguren la debida defensa de los intereses de la institución y el Estado; De conformidad con el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 27791; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones le- gales que correspondan contra la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra y contra los funcionarios de dicha Entidad que resulten responsables respecto de los hechos en contra del Programa Rehabilitación de Transportes - PRT del Proyecto Especial Rehabilitación Infraestructura de Transportes - PERT, en su condición de Entidad que asumió los derechos y obligaciones del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SIN- MAC. Artículo 2º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, participe en la denuncia in- terpuesta por el Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras- SINMAC ante la Fiscalía Provincial Mixta de Huarochirí - Matucana (Expediente Nº 387-2001), por los delitos de abuso de autoridad y concusión en su agravio, en contra de Rafael Olivares Flores, Alcalde; Edwin Vizu- rraga Villegas, Director de Rentas, Santiago Galarza Martinoth, Ejecutor Coactivo y José Luis Aguirre Lara, Auxiliar Coactivo, la misma que se viene tramitando ante la 11º Fiscalía Superior de Lima. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial así como los antecedentes al Procurador Pú- blico, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 14360 Autorizan a PROVIAS NACIONAL contratación de servicio de arrenda- miento para el funcionamiento de ofici- nas mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 464-2002-MTC/15.02 Lima, 8 de agosto de 2002VISTOS: La Nota de Elevación Nº 340-2002-PRT-DE, Memo- rándum Nº 1618-2002-PRT-GAL, Carta Nº 541-2002-GI.II/ ONP, Informe Técnico Económico Nº 008-2002-PRT-GAD- ABYS, Informe Técnico Legal Nº 001-PRT.2002 e Informe Legal Nº 1106-2002-MTC/15.10 de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, sobre la exoneración del proceso de selección co- rrespondiente para la contratación del servicio de arrenda- miento mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuan- tía para el funcionamiento de las oficinas del Programa Rehabilitación de Transportes -PRT- y del Programa Nacio- nal de Mantenimiento y Conservación Vial del Proyecto Especial Rehabilitación de Infraestructura de Transportes, actualmente denominado Proyecto Especial de Infra- estructura de Transporte Nacional -PROVIAS NACIONAL-; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Técnico Económico Nº 008-2002-PRT-GAD-ABYS, el Programa Rehabilitación de Transportes - PRT, así como el Programa Nacional de Mantenimiento y Conservación Vial del Proyecto Espe- cial Rehabilitación de Infraestructura de Transportes - PERT-, actualmente denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS NACIO- NAL- vienen desarrollando en la actualidad sus activida- des en el Edificio del Centro Cívico y Comercial de Lima, de propiedad del Fondo Consolidado de Reservas Previ- sonales -FCR-, representado por la Oficina de Normali- zación Previsional -ONP-; Que, de acuerdo al referido Informe, la contratación del servicio de arrendamiento con el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales -FCR- representado por la Oficina de Normalización Previsional, resulta más favo- rable y ventajosa en comparación con los precios de mercado, pues empresas consultoras inmobiliarias han presentado cotizaciones de renta mensual no menores a $ 8.00 dólares por metro cuadrado (ocho y 00/100 dóla- res) mientras que la ONP ha presentado su propuesta de mantener la renta vigente ascendente a $ 5.00 (cinco y 00/100 dólares) por metro cuadrado; Que, asimismo de acuerdo al mencionado Informe, por razones de costos de oportunidad resulta más efi- ciente contratar con otra entidad del Estado como es el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales, propie- tario del referido inmueble, pues la infraestructura que posee está prevista sólo para entidades del sector públi- co y cuenta con playas de estacionamiento con vigilan- cia permanente y las oficinas se encuentran en una zona estratégica cercana a la sede del Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones; Que, igualmente señala el referido Informe, la contrata- ción del servicio de arrendamiento con el Fondo Consoli- dado de Reservas Previsionales resulta técnicamente idónea y viable, pues tanto el Programa Rehabilitación de Transportes -PRT- como el Programa Nacional de Mantenimiento y Conservación Vial han ido adecuando las instalaciones de acuerdo a sus necesidades de funcionamiento en base a condiciones técnicas específi- cas, por lo que la mudanza de muebles, materiales y equi- pos y la adecuación a un nuevo local conllevaría a una paralización temporal de funciones y a un gasto excesivo de horas-hombre y sobre todo a un desembolso innece- sario de presupuesto; Que, de acuerdo al referido Informe, el monto total a contratar asciende a la suma de S/. 509 577.47 (quinientos nueve mil quinientos setenta y siete 47/100 nuevos so- les) hasta el 31 de diciembre de 2002 y se cuenta con el presupuesto correspondiente; Que, asimismo mediante Carta Nº 541-2002-G.I.II/ ONP la Secretaría Técnica del Fondo Consolidado de Reservas adjuntó la Declaración Jurada suscrita por el Jefe de la Oficina de Normalización Previsional en cali- dad de Secretaría Técnica del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales en la cual se declara que este último no realiza actividad habitual empresarial; Que, de acuerdo al inciso a) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-