TEXTO PAGINA: 16
Pág. 228146 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de agosto de 2002 mecanismos de regularización, permanencia de migran- tes irregulares, facilitación del movimiento migratorio en la región, entre otros, lo que no sólo tendrá efectos so- ciales en nuestra comunidad sino además efectos eco- nómicos y en donde la participación de representantes de la DIGEMIN será de fundamental importancia para promover y proteger los intereses del Perú, garantizar la migración segura de nuestros nacionales, así como inter- cambiar información con otras autoridades migratorias de la región y formular proyectos de cooperación técnica; Que, en vista de la importancia de los temas a tratar y la necesidad de continuar participando en estos procesos, a nivel de la Región Sur de América, es necesario autorizar el viaje del Director General de Migraciones y Naturalización y del Asesor Legal de la DIGEMIN, del 14 al 17 de agosto; Estando a lo opinado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el artículo 5º del De- creto Legislativo Nº 370 - Ley Orgánica del Ministerio del Interior, concordante con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Director General de Migraciones y Naturalización, Rafael García Melgar, y del doctor Raúl Carrasco Clavijo, Asesor Legal de la DIGE- MIN, para que participen en la III Conferencia Sudameri- cana sobre Migraciones, del 14 al 17 de agosto del 2002, en la ciudad de Quito, Ecuador. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos, aloja- miento y manutención que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución respecto al señor Rafael García Melgar serán cubiertos por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Artículo 3º.- Los gastos que ocasione el cumplimien- to de la presente Resolución respecto al doctor Raúl Carrasco Clavijo, serán cubiertos por el Pliego Presu- puestal del Ministerio del Interior - Oficina General de Administración, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 366.62 Viáticos US$ 800.00 Tarifa Uso Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes al término de la citada reunión, ambos fun- cionarios deberán presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el señor Mi- nistro del Interior. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos adua- neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 14401 Aceptan renuncia de secretaria de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1503-2002-IN Lima, 12 de agosto del 2002 Vista, la renuncia que al cargo de Secretaria V, STA, de la Alta Dirección del Ministerio del Interior, formula Doña SANDRA SILVIA CASTRO TOVAR; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0785-2001- IN/0901 de 13AGO2001, se designó a Doña SANDRA SILVIA CASTRO TOVAR, en el cargo público de confian-za de Secretaria V, STA, de la Alta Dirección del Minis- terio del Interior; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Orgánica del Mi- nisterio del Interior, y Artículo 3º de la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombra- miento y Designación de Funcionarios Públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha de la presente resolución, la renuncia formulada por Doña SANDRA SILVIA CASTRO TOVAR, en el cargo público de confianza de Secretaria V, STA, de la Alta Dirección del Ministerio del Interior, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 14399 JUSTICIA Deniegan solicitud de extradición de procesado formulada por autoridades judiciales de la República Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 160-2002-JUS Lima, 12 de agosto de 2002 Visto el Oficio Nº 1892-2002-SG-CS-PJ de 25 de abril de 2002 de la Presidencia de la Corte Suprema de Justi- cia de la República, sobre el pedido de extradición del procesado HECTOR RICARDO FAISAL, requerido por las autoridades judiciales de la República Argentina; CONSIDERANDO: Que por Resolución de 12 de marzo de 2002, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró improcedente la solicitud de extradi- ción pasiva formulada por las autoridades judiciales de la República Argentina, del procesado HECTOR RICARDO FAISAL, extradición derivada del proceso que se le sigue por los delitos de amenazas anónimas reiteradas y coac- ción agravada en concurso real con el delito de amena- zas simples, improcedencia que se declaró por conside- rar que la solicitud del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 41 de Buenos Aires, República Argen- tina, no cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 16º y 17º de la Ley Nº 24710 - Ley de Extradi- ción, y en los Artículos 19º y 30º del Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889, al no haber señalado fecha cierta del hecho delictivo; no acompañar copia certificada de las pruebas de hecho y de la partici- pación del reclamado en los ilícitos penales, y no existir decisión de prisión en contra del requerido; Que de acuerdo al Artículo 36º de la Ley Nº 24710 - Ley de Extradición, cuando el dictamen del Poder Judi- cial es contra la entrega, el Gobierno queda vinculado; Estando a lo dispuesto por el Artículo 36º de la Ley Nº 24710, y lo normado por el inciso 5) del Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi- cial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Denegar la solicitud de extradición formu- lada por las autoridades judiciales de la República Argen- tina, de HECTOR RICARDO FAISAL, procesado por los