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Pág. 228149 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de agosto de 2002 RELACIONES EXTERIORES Crean la Dirección General para Asun- tos de Seguridad y Defensa DECRETO SUPREMO Nº 074-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Disposición Complementaria del Decreto Ley Nº 26112, de 29 de diciembre de 1992, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que la crea- ción, supresión o modificación de los órganos a que se refiere el Artículo 9º de dicho Decreto Ley serán estable- cidos por Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que es necesario asegurar una perspectiva integral y consistente del tratamiento de los diversos asuntos en materia de seguridad y defensa a nivel gubernamental e internacional; Que con tal objetivo resulta conveniente crear la Di- rección General para Asuntos de Seguridad y Defensa, como órgano de línea dependiente del Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, dentro la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exte- riores, como órgano responsable de la gestión de la polí- tica exterior en materia de seguridad y defensa, en coor- dinación con el Ministerio de Defensa; Que, siendo necesario actualizar las estructuras re- queridas para llevar adelante los objetivos de política exterior; DECRETA: Artículo Primero.- Crear como órgano de línea del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección Gene- ral para Asuntos de Seguridad y Defensa. Artículo Segundo.- Modifíquese el Decreto Supre- mo Nº 006-99-RE, de fecha 11 de febrero de 1999 y de- róguese cualquier dispositivo legal que se oponga al pre- sente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de agosto de dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 14431 Reajustan temporalmente la Unidad Remunerativa Básica por Servicio Exte- rior de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 269-2002-RE Lima, 12 de agosto de 2002 VISTOS: El Decreto Supremo Nº 16-95-RE, del 17 de junio de 1995, que aprueba el sistema de remuneraciones y boni- ficaciones del Servicio Exterior de la República para las distintas categorías del personal diplomático; La Resolución Suprema Nº 068-97-RE, del 10 de marzo de 1997, que reajusta a partir del 1 de enero de 1997 la Unidad Remunerativa Básica por Servicio Exte- rior de la República (URB) a que se refiere el Artículo 1º literal B, del Decreto Supremo Nº 16-95-RE, a US$ 9.00 (nueve y 00/100 Dólares Americanos);CONSIDERANDO: Que, dentro de los lineamientos de política fiscal del Estado, el Gobierno ha dispuesto que los diversos secto- res de la Administración Pública adopten medidas de austeridad en el gasto para lo que resta del presente ejer- cicio presupuestal; Que, en consecuencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe adoptar medidas de austeridad excepcio- nales y transitorias; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 16-95-RE establece que la Unidad Remunerativa Básica por Servi- cio Exterior de la República (URB) podrá ser reajustada mediante Resolución Suprema; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reajustar en forma temporal la Unidad Remunerativa Básica por Servicio Exterior de la República (URB) a que se refiere el Artículo 1º literal B, del Decreto Supremo Nº 16-95-RE, de 16 de junio de 1995, a US$ 8.45 (ocho y 45/100 Dólares Americanos) desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2002. Artículo Segundo.- Dada la naturaleza temporal de esta medida y en función de la disponibilidad presupues- tal, el Ministerio de Relaciones Exteriores podrá, mediante Resolución Ministerial, restablecer antes del 31 de diciem- bre de 2002, la aplicación de la Unidad Remunerativa Básica por Servicio Exterior de la República de US$ 9 dólares establecida mediante Resolución Suprema Nº 068-97-RE. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 14435 Remiten al Congreso de la República documentación referente a las "Enmien- das a la Constitución y al Convenio de la Unión Internacional de Tele- comunicaciones, (Ginebra 1992)" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 271-2002-RE Lima, 12 de agosto de 2002 Remítase al Congreso de la República, la documentación referente a las "Enmiendas a la Cons- titución y al Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, (Ginebra 1992)" , adoptada en la ciudad de Minneápolis ; Estados Unidos de América, el 6 de noviembre de 1998; en la Reunión de Plenipo- tenciarios, órgano supremo de la Unión Internacional de Telecomunicaciones; para los efectos a que se con- traen los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitu- ción Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 14437