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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (17/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

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Pág. 228341 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de agosto de 2002 m) Aprobar actos, contratos y convenios con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, relaciona- das con el desarrollo del SIS y el cumplimiento de sus fi- nes. n) Convocar a sesión al Consejo Consultivo. o) Delegar en la Subjefatura o en otros funcionarios de la institución las atribuciones que no le sean privati- vas. p) Otras funciones que le sean encomendadas por el Ministro de Salud. Artículo 12º.- De la Subjefatura La Subjefatura es el órgano encargado por delegación de la Jefatura del SIS, de dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades técnico-administrativas del SIS. Es propuesto por el Jefe del SIS. Artículo 13º.- Funciones Corresponde a la Subjefatura del SIS, por delegación: a) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el funciona- miento y ejecución de las actividades de los órganos de la Institución. b) Presentar a la Jefatura del SIS los proyectos de los Planes, Presupuestos, Estados Financieros y la Memoria Anual Institucional. c) Formular y proponer a la Jefatura del SIS, la política a seguir en materia de normas y procedimientos técnico- administrativos para el adecuado funcionamiento de la Ins- titución. d) Efectuar las coordinaciones interinstitucionales ne- cesarias para el cumplimiento de los objetivos y desarrollo de actividades del SIS. e) Representar a la Jefatura en su ausencia. f) Actuar como secretario en las sesiones del Consejo Consultivo. g) Las demás que le corresponda de acuerdo a su na- turaleza y las que le asigne la Jefatura del SIS. Artículo 14º.- Del Órgano Consultivo El Consejo Consultivo es un órgano de carácter no per- manente e interdisciplinario que brinda asesoría y consul- toría a la Jefatura del SIS; está integrado por siete miem- bros representantes de entidades públicas y privadas, quie- nes pueden proponer soluciones a los conflictos que sur- jan en la gestión del SIS. Los miembros integrantes del Consejo Consultivo son: a) La Jefatura o su representante, que lo preside, b) Un representante del Ministerio de Salud, c) Un representante del Seguro Social de Salud (EsSa- lud), d) Un representante de la Superintendencia de Empre- sas Prestadoras de Salud (SEPS), e) Un representante del Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL), f) Un representante del Colegio Médico del Perú y, g) Un representante de la Defensoría del Pueblo. Las citadas instituciones designarán a sus represen- tantes para el Consejo Consultivo, los que serán ratifica- dos mediante Resolución Ministerial. El plazo de vigencia del Consejo Consultivo es de tres años. El cargo como miembro del Consejo Consultivo no in- habilita el desempeño de ninguna función pública o activi- dad privada. Se regirá por un reglamento interno, el cual será elaborado por sus representantes para determinar su funcionabilidad, competencia y alcances. Artículo 15º.- Funciones Corresponde al Consejo Consultivo: a) Coordinar y recomendar acciones que coadyuven en el desarrollo de las actividades técnicas, administrati- vas y financieras del SIS. b) Recomendar el diseño de las políticas, objetivos y metas del SIS. c) Coordinar la aplicación, supervisión y evaluación pe- riódica de los Planes Operativos del SIS. d) Opinar y emitir recomendación en los asuntos que debe atender y/o resolver el SIS. e) Elaborar el reglamento interno que regirá para su fun- cionamiento.f) Prestar asesoramiento a solicitud de la Jefatura del SIS, para lo cual se convocará a sesión. DEL ÓRGANO DE CONTROL OFICINA DE AUDITORÍA INTERNA Artículo 16º.- De la Oficina de Auditoría Interna La Oficina de Auditoría Interna es el órgano de control, encargado de cautelar, fiscalizar y evaluar la correcta eje- cución de las operaciones administrativas y técnicas del SIS, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control. Su ámbito de actuación con enfoque integral abarca la auditoría financiera, la auditoría de gestión, la auditoría sobre la calidad de las prestaciones de salud y los exámenes especiales. Está a cargo de un Auditor General que depende jerár- quicamente de la Jefatura del SIS y funcionalmente de la Contraloría General de la República. Artículo 17º.- Funciones Corresponde a la Oficina de Auditoría Interna: a) Ejercer con oportunidad el control en todas las áreas, proyectos, actividades y operaciones del SIS. b) Proponer la política de control, en armonía con las normas emitidas por el Sistema Nacional de Control y, con- secuentemente, formula y coordina el Plan Anual de Con- trol. c) Dirigir y ejecutar las acciones de control en los órga- nos del SIS, acorde con las normas del Sistema Nacional de Control y la política institucional. d) Informar oportunamente sobre los resultados de las auditorias y exámenes especiales programados a la Jefa- tura del SIS y simultáneamente a la Contraloría General de la República. e) Realizar el seguimiento y la evaluación permanente de la aplicación de las recomendaciones derivadas de las auditorías y exámenes especiales realizados. f) Asesorar sin carácter vinculante al máximo nivel ins- titucional para mejorar los procedimientos y mecanismos de control. g) Coordinar con las entidades correspondientes sobre las investigaciones, denuncias, reclamos y, quejas que se presenten contra los funcionarios y servidores de la Insti- tución, dentro del ámbito de su competencia. h) Proponer planes y programas de control en base a los estándares de calidad aprobados por el órgano rector. i) Controlar los estándares mínimos de operatividad de los prestadores de servicios. j) Coordinar con el Ministerio de Salud, las normas y procedimientos técnicos que regulen la ejecución de audi- torías sobre la calidad de las prestaciones. k) Proponer el sub sistema de auditoría sobre la cali- dad de las prestaciones. l) Supervisar la operatividad de los prestadores de ser- vicios, con la finalidad de recomendar las medidas más apropiadas en el otorgamiento de las prestaciones a los beneficiarios del SIS. m) Coordinar y participar en la conformación de comi- siones para los casos especiales de auditoría sobre la ca- lidad de las prestaciones. n) Promover actividades de actualización en auditoría sobre la calidad de las prestaciones, auditoría financiera y de gestión. o) Evaluar los resultados de los estudios y tareas reali- zados por las Gerencias y Oficinas que integran el SIS. p) Las demás que le corresponda de acuerdo a su na- turaleza y las que le asigne la Jefatura en el ámbito de su competencia. DE LOS ÓRGANOS DE ASESORÍA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA Artículo 18º.- De la Oficina de Asesoría Jurídica La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano que tiene como finalidad asesorar a la Jefatura y los órga- nos del SIS en asuntos de naturaleza jurídico-legal. Está a cargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la Jefatura del SIS. Artículo 19º.- Funciones Corresponde a la Oficina de Asesoría Jurídica: