Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2002 (05/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de diciembre de 2002

Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 051-2002PRODUCE-DNEPP-Dap y, con la conformidad de la Oficina General de Asesoria Juridica; De acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas a traves de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE y el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE, en el extremo referido a la denominacion de puerto incluida en la matricula de la embarcacion pesquera "AREQUIPA 1", consignando que la misma cuenta con la matricula Nº CO-0785-PM, manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca. Articulo 2º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 163-95-PE, en el extremo referido a la denominacion de puerto incluida en la matricula de la embarcacion pesquera "AREQUIPA 5", consignando que la misma cuenta con la matricula Nº CO-0786-PM, manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca. Articulo 3º.- Incorporar la modificacion de las matriculas de las embarcaciones pesqueras "AREQUIPA 1" y "AREQUIPA 5" a que se refieren los articulos anteriores, al anexo V de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE y al anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE, consignando las matriculas Nº CO-0785-PM y Nº CO-0786PM, respectivamente. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21313

una capacidad proyectada de 12 t/dia, a ubicarse en Mz. B, Lote Nº 2, Sublote 2C, MORDAZA Industrial II, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que la Direccion Nacional de Medio Ambiente, mediante Certificado Ambiental Nº 028-2002-PRODUCE/DINAMA, del 11 de setiembre del 2002, senala que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente ha merecido calificacion favorable; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en autos, se desprende que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el procedimiento Nº 24 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 002-2002-PRODUCE/DNEPP-Dch del 11 de octubre del 2002 y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con los articulos 43º inciso b), numeral 4, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; los articulos 49º y 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa DAEWON MORDAZA E.I.R.L. autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero destinado a desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiologicos a traves de una planta de congelado a ubicarse en la Mz. "B", Lote Nº 2, Sublote 2C, MORDAZA Industrial II, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad proyectada: Congelado : 12 t/dia Articulo 2º.- La empresa DAEWON MORDAZA E.I.R.L., debera instalar su establecimiento industrial pesquero con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion Nacional de Medio Ambiente, segun el Certificado Ambiental Nº 028-2002-PRODUCE/DINAMA del 11 de setiembre del 2002. Articulo 3º.- Otorgar a la empresa DAEWON MORDAZA E.I.R.L. el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa MORDAZA de la informacion relativa al avance de obra e inversion sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalacion de la planta de congelado de productos hidrobiologicos. Previo al inicio de su actividad productiva, la referida empresa debera solicitar la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de la capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operacion. Articulo 4º.- La autorizacion de instalacion de la planta de congelado senalada en el articulo 1º caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2º y 3º de la presente resolucion seran causales de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 6º.- Transcribase la presente resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero. 21314

Disponen que empresa instale establecimiento industrial pesquero con sujecion a las normas ambientales, sanitarias, higienicas, de seguridad industrial y demas, del ordenamiento juridico pesquero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 114-2002-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 19 de noviembre del 2002 Visto el expediente con escrito de registro Nº CE00753003 de fecha 3 de octubre del 2002, presentado por la empresa DAEWON MORDAZA E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero y desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de congelado con

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