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Pág. 234543 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de diciembre de 2002 se a la convocatoria de otro proceso para el transporte y distribución del material adquirido; por ser procesos que implican una sola actividad no podrían ser independientes ni llevarse a cabo paralelamente; poniendo en riesgo la dis- tribución oportuna de los textos escolares a los 100 000 niños y niñas que, deben recibir dichos módulos escola- res, considerado un servicio esencial del Sector Educa- ción; Que la distribución de los 14’560,460 (Catorce Millones Quinientos Sesenta Mil Cuatrocientos Sesenta) textos a los estudiantes de educación primaria de las escuelas pú- blicas en todo el territorio nacional, que hacen un total de aproximadamente 4’188,000 (Cuatro Millones Ciento ochen- tiocho Mil) kilos de material educativo, con un monto refe- rencial de S/. 4 217 087,84 (Cuatro Millones Doscientos Diecisiete Mil Ochentisiete y 84/100 Nuevos Soles) al que le correspondería un proceso de selección de Concurso Público, es de igual urgencia, ya que el retraso en la entre- ga final de este material educativo sería un obstáculo para lograr las metas establecidas por el Ministerio de Educa- ción; por cuanto, este servicio constituye la fase final de la adquisición de textos materia de la presente Resolución; Que el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que están exoneradas de los Procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de urgencia, de- claradas de conformidad con la citada Ley; Que el numeral 2) del artículo 108º del Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, en concordancia con el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, consideran situación de urgen- cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales; ade- más la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determi- na una acción rápida para adquirir o contratar lo indispen- sable para paliar la situación, sin perjuicio de que se reali- ce el proceso de selección correspondiente para las ad- quisiciones y contrataciones definitivas; Que el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, en su artículo 113º, prescribe que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección, al amparo de las causales contenidas en el Art. 19º de la Ley requieren, obligatoria- mente, un informe técnico-legal previo, emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la Entidad; el que conten- drá la justificación técnica y legal de la adquisición o con- tratación y de la necesidad de la exoneración y contempla- rá criterios de economía como los costos y la oportunidad; Que de conformidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolu- ción del Titular del Pliego de la Entidad y serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la copia de dicha Resolución y el informe que lo sustenta deberán remitirse a la Contraloría General de la República, bajo responsabi- lidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días ca- lendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, precisa que el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, podrá de- clarar de oficio la nulidad del proceso de selección por al- gunas de las causales establecidas en el artículo 57º del Texto Único de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do; Que con Hojas de Coordinación Interna Nº 968 y 1079- 2002-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto opina favora- blemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 1221-2002-ED; Que igualmente la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión a través del Informe Legal Nº 1543-2002-MED/SG- OAJ, sustentando jurídicamente la situación de urgencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 113º del Reglamen- to de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;Que la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 1637-2002-MED/SG-OAJ ha establecido que es necesario precisar la dependencia institucional que se en- cargará de las contrataciones a que se refiere la Resolu- ción Ministerial Nº 1221-2002-ED, así como señalar la fuen- te de financiamiento a afectarse para estas contrataciones; Que en consecuencia resulta necesaria la expedición de una Resolución Ministerial mediante la cual se aprueba la exoneración del proceso de selección correspondiente para la adquisición de 14’560,460 (Catorce Millones Qui- nientos Sesenta Mil Cuatrocientos Sesenta) textos para la educación primaria del Perú y la exoneración de la distri- bución de este material educativo en todo el territorio na- cional para contratar los servicios de transportes a través de la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, en tanto se proceda al total de la adquisición por el proceso de se- lección correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Su- premos Nº 51-95-ED, Nºs. 012-2001-PCM, 013-2001-PCM y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Declarar Nula la Resolución Ministerial Nº 1221-2002-ED, de fecha 21 de noviembre de 2002, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- Declarar Nula la Resolución Directoral Nº 1617-2002-ED, de fecha 21 de noviembre de 2002, me- diante la cual se designa al Comité Especial para llevar a cabo el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía a que se refería la Resolución Ministerial Nº 1221-2002-ED, de fecha 21 de noviembre de 2002. Artículo 3º.- Cancelar el Concurso Público Nº 008- 2002-ED-MECEP para la selección de una persona natu- ral y/o jurídica que realice el servicio de elaboración, dise- ño, diagramación e ilustración de prototipos de módulos educativos impresos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 4º .- Excluir del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Ministerio de Educación para el ejerci- cio presupuestal 2002, el proceso de selección a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 1221-2002-ED. Artículo 5º .- Incluir en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Ministerio de Educación para el ejerci- cio presupuestal 2002, las adquisiciones y las contratacio- nes a que se refiere la presente Resolución Ministerial y comunicar al Consejo Superior de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado – CONSUCODE, dentro de los diez días (10) hábiles de su aprobación. Artículo 6º .- Declarar en situación de Urgencia la ad- quisición de 14’560,460 (Catorce Millones Quinientos Se- senta Mil Cuatrocientos Sesenta) textos de educación pri- maria, para los niños y niñas de los centros educativos públicos del país; y la contratación de transporte para la distribución de aproximadamente 4’188,000 (Cuatro Millo- nes Ciento Ochentiocho Mil) kilos de material educativo materia de la presente resolución. Artículo 7º.- Exonerar al Ministerio de Educación del proceso de selección de Licitación Pública, y autorízar a contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me- nor Cuantía, la adquisición de 14’560,460 (Catorce Millo- nes Quinientos Sesenta Mil Cuatrocientos Sesenta) textos de educación primaria para los niños y niñas del país, has- ta por un monto referencial de S/ 46 416 472,16 (Cuarenti- séis Millones Cuatrocientos Setentidós y 16/100 Nuevos Soles). Artículo 8º.- Exonerar al Ministerio de Educación del proceso de selección de Concurso Público y autorizar a contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me- nor Cuantía, los servicios de transportes para la distribu- ción de material educativo materia de la presente Resolu- ción, hasta por un monto referencial de S/ 4 217 087,84 ( Cuatro Millones Doscientos Diecisiete Mil Ochentisiete y 84/100 Nuevos Soles). Artículo 9º.- Las contrataciones que se deriven de los procesos de selección que se efectúen en virtud de la pre- sente exoneración, se realizarán a través de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educación y de conformi-