Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2002 (05/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 5 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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se a la convocatoria de otro MORDAZA para el transporte y distribucion del material adquirido; por ser procesos que implican una sola actividad no podrian ser independientes ni llevarse a cabo paralelamente; poniendo en riesgo la distribucion oportuna de los textos escolares a los 100 000 ninos y ninas que, deben recibir dichos modulos escolares, considerado un servicio esencial del Sector Educacion; Que la distribucion de los 14'560,460 (Catorce Millones Quinientos Sesenta Mil Cuatrocientos Sesenta) textos a los estudiantes de educacion primaria de las escuelas publicas en todo el territorio nacional, que hacen un total de aproximadamente 4'188,000 (Cuatro Millones Ciento ochentiocho Mil) kilos de material educativo, con un monto referencial de S/. 4 217 087,84 (Cuatro Millones Doscientos Diecisiete Mil Ochentisiete y 84/100 Nuevos Soles) al que le corresponderia un MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, es de igual urgencia, ya que el retraso en la entrega final de este material educativo seria un obstaculo para lograr las metas establecidas por el Ministerio de Educacion; por cuanto, este servicio constituye la fase final de la adquisicion de textos materia de la presente Resolucion; Que el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que estan exoneradas de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia, declaradas de conformidad con la citada Ley; Que el numeral 2) del articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en concordancia con el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, consideran situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales; ademas la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida para adquirir o contratar lo indispensable para paliar la situacion, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su articulo 113º, prescribe que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º de la Ley requieren, obligatoriamente, un informe tecnico-legal previo, emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad; el que contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia como los costos y la oportunidad; Que de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que lo sustenta deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por algunas de las causales establecidas en el articulo 57º del Texto Unico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que con Hojas de Coordinacion Interna Nº 968 y 10792002-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 1221-2002-ED; Que igualmente la Oficina de Asesoria Juridica emitio opinion a traves del Informe Legal Nº 1543-2002-MED/SGOAJ, sustentando juridicamente la situacion de urgencia, conforme a lo dispuesto por el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;

Que la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Legal Nº 1637-2002-MED/SG-OAJ ha establecido que es necesario precisar la dependencia institucional que se encargara de las contrataciones a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 1221-2002-ED, asi como senalar la fuente de financiamiento a afectarse para estas contrataciones; Que en consecuencia resulta necesaria la expedicion de una Resolucion Ministerial mediante la cual se aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion de 14'560,460 (Catorce Millones Quinientos Sesenta Mil Cuatrocientos Sesenta) textos para la educacion primaria del Peru y la exoneracion de la distribucion de este material educativo en todo el territorio nacional para contratar los servicios de transportes a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, en tanto se proceda al total de la adquisicion por el MORDAZA de seleccion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nºs. 012-2001-PCM, 013-2001-PCM y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Nula la Resolucion Ministerial Nº 1221-2002-ED, de fecha 21 de noviembre de 2002, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarar Nula la Resolucion Directoral Nº 1617-2002-ED, de fecha 21 de noviembre de 2002, mediante la cual se designa al Comite Especial para llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia a que se referia la Resolucion Ministerial Nº 1221-2002-ED, de fecha 21 de noviembre de 2002. Articulo 3º.- Cancelar el Concurso Publico Nº 0082002-ED-MECEP para la seleccion de una persona natural y/o juridica que realice el servicio de elaboracion, diseno, diagramacion e ilustracion de prototipos de modulos educativos impresos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Excluir del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Ministerio de Educacion para el ejercicio presupuestal 2002, el MORDAZA de seleccion a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 1221-2002-ED. Articulo 5º.- Incluir en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Ministerio de Educacion para el ejercicio presupuestal 2002, las adquisiciones y las contrataciones a que se refiere la presente Resolucion Ministerial y comunicar al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez dias (10) habiles de su aprobacion. Articulo 6º.- Declarar en situacion de Urgencia la adquisicion de 14'560,460 (Catorce Millones Quinientos Sesenta Mil Cuatrocientos Sesenta) textos de educacion primaria, para los ninos y ninas de los centros educativos publicos del pais; y la contratacion de transporte para la distribucion de aproximadamente 4'188,000 (Cuatro Millones Ciento Ochentiocho Mil) kilos de material educativo materia de la presente resolucion. Articulo 7º.- Exonerar al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica, y autorizar a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, la adquisicion de 14'560,460 (Catorce Millones Quinientos Sesenta Mil Cuatrocientos Sesenta) textos de educacion primaria para los ninos y ninas del MORDAZA, hasta por un monto referencial de S/ 46 416 472,16 (Cuarentiseis Millones Cuatrocientos Setentidos y 16/100 Nuevos Soles). Articulo 8º.- Exonerar al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico y autorizar a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, los servicios de transportes para la distribucion de material educativo materia de la presente Resolucion, hasta por un monto referencial de S/ 4 217 087,84 ( Cuatro Millones Doscientos Diecisiete Mil Ochentisiete y 84/100 Nuevos Soles). Articulo 9º.- Las contrataciones que se deriven de los procesos de seleccion que se efectuen en virtud de la presente exoneracion, se realizaran a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion y de conformi-

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