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Pág. 234555 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de diciembre de 2002 Modifican resolución que otorgó permi- so de pesca a plazo determinado para ope- rar embarcación de bandera nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 108-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 19 de noviembre del 2002 Visto el escrito de registro Nº CE-00315002, del 4 de julio del 2002, presentado por GRUPO SINDICATO PES- QUERO DEL PERU S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 417-97-PE, del 23 de setiembre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros, a PESQUERA WALJORZU S.R.Ltda., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "CAPLINA 8" de matrícula CE-2466- PM, de 188 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extracción de recursos hidrobiológicos con destino al consu- mo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2 pulgadas (13 mm.); Que mediante Resolución Directoral Nº 204-2001-PE/ DNEPP, del 5 de setiembre del 2001 se aprobó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 417-97-PE a favor del GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., en los mismas condiciones y términos en que fue otorgado; Que a través del escrito del visto la recurrente solicita la modificación de las resoluciones autoritativas a que se refieren los considerandos anteriores, en el extremo referi- do a la denominación de puerto consignada en la matrícula de la embarcación pesquera "CAPLINA 8", correspondién- dole la matrícula Nº PT-2466-PM; Que de la evaluación efectuada a los documentos pre- sentados por la recurrente, se ha determinado que ha cum- plido con presentar los requisitos establecidos en el proce- dimiento Nº 19 del Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Pesquería (actualmente Minis- terio de la Producción), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que lo solicitado resulta procedente; Que por Resolución Viceministerial Nº 015-2002-PRODU- CE/DVM-PE, del 16 de octubre del 2002, se aceptó la absten- ción de la Ing. Flor María Alvarado Barriga, Directora Nacio- nal de Extracción y Procesamiento Pesquero, para conocer el presente procedimiento administrativo, de acuerdo a lo pres- crito en los artículos 88º, 89º y 90º de la Ley del Procedimien- to Administrativo General, Ley Nº 27444, a la vez que se de- signó a la bióloga Sulma Carrasco Barrera, como funcionaria encargada de proseguir la tramitación del mismo; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera mediante Informe Nº 335-2002-PE/DNE- PP-Dap, y con opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y por Resolu- ción Viceministerial Nº 015-2002-PRODUCE/DVM-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 417- 97-PE y la Resolución Directoral Nº 204-2001-PE/DNEPP, en el extremo referido a la denominación de puerto consig- nada en la matrícula de la embarcación "CAPLINA 8", correspondiéndole la matrícula Nº PT-2466-PM. Artículo 2º.- Incorporar la presente resolución y la nueva denominación de puerto consignada en la matrícula de la embarcación pesquera "CAPLINA 8" en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 136-2002-PE y en el literal A) Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 152-2002-PE. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pes- quería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SULMA CARRASCO BARRERA Directora Nacional de Medio Ambiente 21309Otorgan permiso de pesca a empresa para operar embarcación de bandera nacional en la extracción del recurso merluza RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 109-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 19 de noviembre del 2002 Visto los escritos con registro Nº CE-00705003 de fe- chas 18 de setiembre, 9 y 11 de octubre del 2002 presen- tados por la empresa INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido por el numeral 1 del literal c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25997 -Ley General de Pesca-, para el desarrollo de las actividades pesqueras las personas naturales y jurídicas requerirán de permiso de pesca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que por Resolución Ministerial Nº 570-97-PE del 15 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo de- terminado, entre otros a CONSORCIO PACIFICO SUR S.R.L., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “PILAR” con matrícula Nº PT-0939- CM, de 90.60 m3 de capacidad de bodega, con hielo en cajas como medio de preservación a bordo, equipada con red de arrastre de fondo con 90 mm. de longitud mínima de abertura de malla en el copo, para la extracción del recur- so hidrobiológico merluza con destino al consumo humano directo en el ámbito del litoral peruano; Que mediante Resolución Directoral Nº 262-2000-PE/DNE del 14 de noviembre del 2000, se otorgó a DESDEMONA EMPRESA COMERCIAL Y PESQUERA S.R.L., autorización de incremento de flota, vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarcación pesquera siniestrada denominada "PILAR" con matrícula Nº PT-0939-CM, para la construcción de una embarcación pesquera a denominarse "SANTA MONI- CA V", de 90.60 m3 de capacidad de bodega, con hielo en cajas como medio de preservación a bordo, equipada con red de arrastre de fondo con 110 mm. de longitud mínima de abertura de malla en el copo, para la extracción del recurso merluza con destino al consumo humano directo; Que mediante el escrito de fecha 18 de setiembre del 2002 referido en el visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "SANTA MONICA V" por cuanto en virtud a la Transferencia de Participaciones del Contrato de Asociación en Participación de fecha 18 de junio del 2002, celebrado con DESDEMONA EMPRESA COMER- CIAL Y PESQUERA S.R.L., la recurrente adquirió la totalidad de los derechos de la autorización de incremento de flota con- cedidos a la transferente a través de la Resolución Directoral Nº 262-2000-PE/DNE, acordando también en dicho contrato que la recurrente sería la futura titular del Permiso de Pesca de la citada embarcación pesquera; Estando a lo informado por la Dirección de Administración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesa- miento Pesquero del Ministerio de la Producción mediante Informe Nº 017-2002-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opi- nión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25997 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aproba- do por Decreto Supremo Nº 029-2001-PE y el procedimiento Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 262-2000-PE/DNE, el mismo que tendrá el siguiente texto: "Artículo 1º.- Autorizar a la empresa INDUSTRIAL PES- QUERA SANTA MONICA S.A., el incremento de flota, vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarca- ción pesquera siniestrada denominada "PILAR" con matrí-