Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2002 (05/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de diciembre de 2002

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de diciembre de 2002. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA VILLARAN DE LA FUENTE Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 21490

Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 21498

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban la "tarifa especial provisional de peaje" aplicable a la Red Vial Nacional administrada por PROVIAS NACIONAL
DECRETO SUPREMO Nº 047-2002-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Exceptuan al Ministerio de lo dispuesto en numeral del D.U. Nº 030-2002 para efectuar publicaciones en el MORDAZA de la XV Reunion Regional Americana de la OIT
RESOLUCION SUPREMA Nº 026-2002-TR MORDAZA, 4 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se aprobaron medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano fiscal 2002, en materia de viajes al exterior y dentro del MORDAZA en comision de servicios, telefonia movil, combustibles, publicaciones, adquisiciones de bienes y servicios, entre las mismas que son de obligatoria observancia para todas las entidades sujetas a la Ley de Presupuesto del Sector Publico del Ejercicio Fiscal 2002; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 033-2002, se establece que las excepciones para la aplicacion de las normas contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, seran aprobadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente; Que, mediante documento BIT/ILO RC-86-15-100, del 16 de agosto de 2002, la Organizacion Internacional del Trabajo - OIT remitio la invitacion al Peru para participar en la XV Reunion Regional Americana de este organismo, el mismo que se realizara en MORDAZA del 10 al 13 de diciembre de 2002; Que, las reuniones regionales americanas se realizan cada cuatro anos (4) y representan el evento mas importante de OIT en el hemisferio, pues congrega a las maximas autoridades de este organismo, a los Ministros de Trabajo y representantes de organizaciones de empleadores y trabajadores de los paises americanos; Que, a este evento se espera la asistencia de 36 ministros de trabajo y aproximadamente 400 personas que conforman las delegaciones participantes, ademas de medios de comunicacion de ambito internacional, lo que origina la necesidad de contar con publicaciones que promuevan e informen las actividades institucionales y de MORDAZA que en materia de trabajo y promocion del empleo se vienen realizando; Que por lo expuesto, y de manera unica y excepcional se requiere exonerar a la entidad de lo dispuesto en el articulo 3º numeral 3.4., a fin de publicar la informacion referida en el parrafo anterior; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 650, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto de Urgencia Nº 033-2002; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Exceptuese al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo de lo dispuesto en el numeral 3.4 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002 a fin de que efectue publicaciones en el MORDAZA de la XV Reunion Regional Americana de la Organizacion Internacional del Trabajo - OIT, a realizarse en MORDAZA del 10 al 13 de diciembre de 2002.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2002-MTC, se han establecido disposiciones para el cobro de peaje a vehiculos en la Red Vial Nacional administrada por el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL; Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2002-MTC se constituyo una Comision Multisectorial con el objeto de preparar y proponer los dispositivos, procedimientos y alternativas que MORDAZA necesarios para dar solucion a los problemas de caracter estructural que afronta el transporte de carga en camion y el transporte interprovincial de personas; Que, dentro del MORDAZA de esta Comision Multisectorial, se vienen trabajando dispositivos, que tienen directa relacion con el cobro del peaje, cuya finalidad es la de favorecer e impulsar la formalizacion de los operadores del servicio de transporte de carga en camion e interprovincial de pasajeros; Que, es necesario dictar medidas provisionales en tanto culmine el trabajo de esta Comision Multisectorial y se proceda a la implementacion de los dispositivos que surjan de la misma, a los que se ha hecho referencia en el parrafo anterior; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese, por unica vez, la "tarifa especial provisional de peaje" aplicable a la Red Vial Nacional administrada por el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL. Dicha tarifa especial sera otorgada unicamente a aquellos transportistas de carga que hubiesen cumplido con realizar el empadronamiento dispuesto por el Decreto Supremo Nº 020-2002-MTC; y a aquellas empresas de transporte interprovincial de pasajeros que cuenten con autorizacion vigente, para prestar dicho servicio, otorgada por la autoridad competente. Articulo 2º.- La "tarifa especial provisional de peaje", estara vigente unicamente hasta el 31 de enero del 2003, quedando fijada a partir de las 00.00 horas del dia siguiente a la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, conforme al siguiente detalle:
Sentido del MORDAZA MORDAZA hacia el norte, sur y este Vehiculos de transporte pesado de carga y pasajeros S/. 5.00 por eje Sentido del MORDAZA norte, sur y este hacia MORDAZA S/. 0.00 por eje

Articulo 3º.- Para acreditar el derecho a acceder a esta "tarifa especial provisional de peaje", los vehiculos de transporte pesado de carga deberan cumplir con exhibir, a su

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