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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (05/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 51

Pág. 234553 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de diciembre de 2002 Autorizan viaje de profesionales del ministerio a Ecuador para realizar ins- pecciones técnicas de embarcaciones de bandera extranjera RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 198-2002-PRODUCE Lima, 2 de diciembre de 2002 Visto los escritos Nºs. CE-02024003 y 02058003, del 25 y 27 de noviembre del 2002, presentado por la empresa INDUSTRIAL PESQUERA IBEROAMERICANA S.A. y BEACHTREE CORPORATION. CONSIDERANDO: Que el Texto Único de Procedimiento Administrativos - TUPA, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, contempla como requisito 8 del Procedimiento Nº 8, "Per- miso de pesca para embarcaciones de bandera extranje- ra", los servicios de inspección técnica sanitaria de la Di- rección Nacional Extracción y Procesamiento Pesquero - DNEPP y establece que, en caso que la inspección deba realizarse fuera de Lima y Callao, el interesado pagará además los gastos de traslado y que, en caso se realice fuera del país, los viáticos se calcularán de conformidad con la escala establecida; Que mediante los escritos del visto, INDUSTRIAL PES- QUERA IBEROAMERICANA S.A. solicita permiso de pes- ca para operar las embarcaciones pesqueras de bandera extranjera denominadas DOÑA ROGE y DON BARTOLO y, asimismo, BEACHTREE CORPORATION solicita per- miso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera extranjera denominada CHIARA y en cumplimien- to del requisito 8 del Procedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimiento Administrativos - TUPA antes citado, am- bas solicitan a la DNEPP, realizar las inspecciones técni- cas de las mencionadas embarcaciones, indicando que éstas deben realizarse en el Puerto de Manta - Ecuador, entre los días 3 y 5 de diciembre del 2002, para cuyo efec- to las citadas empresas manifiestan que asumirán el costo del traslado de los inspectores a Ecuador y han cumplido con abonar los viáticos correspondientes, de acuerdo a la escala establecida para viajes al exterior, conforme se des- prende de la copia de los Recibos de Ingreso Nºs. 0005591 y 0005725; Que la Dirección Nacional de Extracción y Proce- samiento Pesquero del Ministerio de la Producción ha de- signado a los Ingenieros Miguel Mejía Díaz y Pedro Saave- dra Tenemás, profesionales de esa Dirección para llevar a cabo las referidas inspecciones técnicas en el Puerto de Manta - Ecuador; Que el viaje de los mencionados profesionales tiene como finalidad cumplir la función de inspección asignada a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pes- quero prevista como requisito para el otorgamiento del per- miso de pesca para operar embarcaciones pesqueras y los gastos para su ejecución, tales como traslado y viáti- cos, han sido pagados al Ministerio por las empresas soli- citantes, por lo que corresponde autorizar el referido viaje de comisión de servicios al exterior; Que los pagos que las empresas recurrentes han reali- zado al Ministerio de la Producción, en cumplimiento del requisito 8 del Procedimiento 8 del TUPA aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, han ingresado al Pre- supuesto de este Ministerio, por lo que corresponde otor- gar los viáticos y tarifa CORPAC a los inspectores cuyo viaje se autoriza; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el TUPA aproba- do por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE y el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de comisión de servi- cios de los Ingenieros Miguel Hugo Mejía Díaz y Pedro Saavedra Tenemás, profesionales de la Dirección Nacio-nal de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministe- rio de la Producción, al Puerto de Manta - Ecuador, con la finalidad de realizar las inspecciones técnicas de las em- barcaciones de bandera extranjera denominadas DOÑA ROGE, DON BARTOLO y CHIARA, solicitadas por INDUS- TRIAL PESQUERA IBEROAMERICANA S.A. y BEACH- TREE CORPORATION, como requisito para el otorgamien- to de los permisos de pesca para operar las referidas embarcaciones, las que se desarrollarán del 3 al 5 de di- ciembre del 2002. Artículo 2º.- Los gastos por viáticos y tarifa CORPAC necesarios para el cumplimiento de la presente Resolu- ción, asumidos por INDUSTRIAL PESQUERA IBERO- AMERICANA S.A. y BEACHTREE CORPORATION, son los siguientes: - Ing. Miguel Mejía Díaz Viáticos :US$ 600.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 - Ing. Pedro Saavedra Tenemás Viáticos :US$ 600.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- Los gastos de desplazamiento de los men- cionados profesionales a Ecuador para las inspecciones requeridas serán asumidos por las empresas INDUSTRIAL PESQUERA IBEROAMERICANA S.A. y BEACHTREE CORPORATION. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión de servicios, el mencionado profesional deberá presentar un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos ante el Titular de la Entidad, al Despacho Viceministerial de Pes- quería, la Dirección Nacional de Extracción y Proce- samiento Pesquero y la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico del Ministerio de la Producción, conjuntamente con la rendición de cuentas que deberá efec- tuarse conforme a lo dispuesto en el artículo 6º del Decre- to Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 21338 Constituyen Comisión Especial de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios encargada del proceso disciplinario de ex funcionario del ex Ministerio de Pes- quería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 206-2002-PRODUCE Lima, 2 de diciembre de 2002 Visto el Informe Nº 013-2001-02-0055 emitido por la Oficina General de Auditoría Interna. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 165º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por De- creto Supremo Nº 005-90-PCM, para el proceso adminis- trativo disciplinario de funcionarios se constituirá una Co- misión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, la cual estará integrada por tres (3) miembros acordes con la jerarquía del procesado; Que los artículos 8º y 19º del Reglamento del Proceso Administrativo Disciplinario del Ministerio la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 128-2002-PRODU-