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Pág. 234546 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Nota REP Nº 194, la Embajada de la República Argentina en Lima, solicita la extradición del pro- cesado JORGE HECTOR PALACIOS REYES; Que, por Resolución de fecha 21 de mayo de 2002, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró improcedente la solicitud de ex- tradición pasiva formulada por el Tribunal Oral en lo Crimi- nal Nº 19, de Buenos Aires, República Argentina, del pro- cesado JORGE HECTOR PALACIOS REYES, petición derivada del proceso que se le sigue por el delito de robo en poblado y en banda, en el grado de tentativa, al consi- derar la mencionada Sala del máximo órgano jurisdiccio- nal de nuestro país, que no existen elementos de cargo que determinen la participación del encausado en los he- chos que se investigan en el país requirente, condición establecida en el artículo 17º, de la Ley Nº 24710 - Ley de Extradición y en el artículo 19º, del Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889; Que, de acuerdo al artículo 36º, de la Ley Nº 24710 - Ley de Extradición, cuando el dictamen del Poder Judicial, es contra la entrega, el Gobierno queda vinculado; Estando a lo dispuesto por el artículo 36º, de la Ley Nº 24710, y lo normado por el inciso 5), del artículo 34º, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi- cial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8), del artí- culo 118º, de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Denegar la solicitud de extradición pasiva formulada por las autoridades de la República Argentina, del encausado JORGE HECTOR PALACIOS REYES, pro- cesado por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 19, de Bue- nos Aires, República Argentina, por el delito de robo en poblado y en banda, en el grado de tentativa. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21497 Amplían autorización a procuradora a que se refiere la R.M. Nº 444-2002-JUS para iniciar proceso no contencioso de prueba anticipada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 462-2002-JUS Lima, 2 de diciembre de 2002 Visto el Oficio Nº 1758-2002-JUS/PPMJ, de fecha 8 de noviembre de 2002, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 444-2002-JUS, de fecha 22 de noviembre de 2002, se autoriza a la Procu-radora Pública del Ministerio de Justicia a iniciar acciones judiciales contra diversas personas por el perjuicio econó- mico y presunta comisión de delito en agravio de la Oficina Registral de la Región Nor Oriental del Marañón; Que, mediante el documento de visto se da cuenta del Oficio Nº 1495-2002-SUNARP-GL/SN, por el cual se soli- cita se inicie el proceso no contencioso de Prueba Antici- pada con la finalidad de poder identificar y determinar judi- cialmente las responsabilidades del caso y cuantificar la magnitud de los daños, con perspectiva de la indemniza- ción correspondiente sobre los hechos ocurridos en la cons- trucción de su local institucional; Que, estando a los hechos expuestos es procedente ampliar la autorización a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 444-2002-JUS; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Esta- do en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la autorización a la Procuradora Pú- blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justi- cia, a que se refiere el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 444-2002-JUS, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie un proceso no contencioso de Prueba Anticipada conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 21353 Designan representantes titular y alter- na del ministerio ante la comisión multisectorial creada mediante D.S. Nº 116-2002-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 463-2002-JUS Lima, 3 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 116-2002-PCM, se conforma la Comisión Multisectorial encargada de estu- diar la problemática de titulación, demarcación, linderamien- to, delimitación y registro, tanto de las Comunidades Nati- vas y Campesinas como de sus territorios, a fin de evitar enfrentamientos entre Comunidades y Colonos o entre las mismas Comunidades; Que, en el artículo 2º del referido Decreto Supremo se dis- pone que la mencionada Comisión se encuentra integrada, entre otros, por un representante del Ministro de Justicia; Que, asimismo, se señala que los representantes titu- lares y alternos integrantes de dicha Comisión Multisecto- rial, deberán ser designados mediante Resolución Minis- terial del sector; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley del Sector Justicia, y en el Decreto Supremo Nº 116-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como representante titular del Ministerio de Justicia a la señora CAROLINA ROULLÓN GALLESE, y como representante alterna a la señora GLO- RIA PFLUCKER VALVERDE, ante la Comisión Multisecto- rial encargada de estudiar la problemática de titulación,