TEXTO PAGINA: 37
Pág. 234627 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de diciembre de 2002 Nombran Comisión a efectos de llevar adelante concurso público para cubrir el cargo de Síndico Departamental de Quie- bras de Lima para el período 2003-2006 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 387-2002-P-CSJLI/PJ Lima, dos de diciembre del 2002 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 7566 -Ley Procesal de Quiebras- apli- cable para los procesos que se iniciaron bajo su vigen- cia, establece que la Sindicatura Departamental de Quie- bras es un organismo auxiliar del Poder Judicial que ad- ministra los bienes de las personas que caigan en falen- cia, liquidando y pagando las deudas, así como desem- peña las demás funciones que le encomienda la Ley; Conforme lo señala el Art. 122º de la citada Ley, los Síndicos Departamentales de Quiebras son elegidos por un período de cuatro años por las respectivas Cortes Su- periores de Justicia; Que, la vigencia del mandato de la actual Síndico de Quiebras de Lima concluye el presente año, siendo ne- cesario proceder a la elección respectiva para el próxi- mo período, en razón de que a la fecha aún continúan tramitándose ante los Juzgados Especializados compe- tentes de este Distrito Judicial, procesos de quiebras que se sustancian con arreglo a la referida Ley; Que, la Sala Plena, en sesión ordinaria de fecha 29 de noviembre del año en curso, acordó nombrar una Co- misión integrada por los señores Vocales Arnaldo Rive- ra Quispe, quien la presidirá, Roger Ferreyra Vildózola, Roxana Mac Rae Thays y Ana María Aranda Rodríguez, para efectos de llevar adelante el concurso público para cubrir el cargo de Síndico Departamental de Quiebras de Lima para el período 2003-2006, en un plazo de quin- ce días y encargar a la indicada Comisión efectúe la convocatoria, evaluación y propuesta de los candidatos hábiles ante el Pleno para la designación respectiva; Estando a lo expuesto y en cumplimiento a lo dis- puesto en el inciso 6) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR una Comisión integra- da por los señores Vocales ARNALDO RIVERA QUIS- PE, quien la presidirá, ROGER FERREYRA VILDÓZO- LA, ROXANA MAC RAE THAYS Y ANA MARÍA ARAN- DA RODRÍGUEZ, para efectos de llevar adelante el con- curso público para cubrir el cargo de Síndico Departa- mental de Quiebras de Lima para el período 2003-2006, en un plazo máximo de quince días. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Comisión indica- da la convocatoria, evaluación y propuesta de los candida- tos hábiles ante el Pleno para la designación respectiva. Artículo Tercero.- PONER la presente en conoci- miento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Geren- cia General, OCMA, ODICMA, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Imagen y a los Magistrados integran- tes de la Comisión, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 21506 Dictan disposiciones para el funciona- miento de diversos órganos jurisdiccio- nales ubicados en el distrito de San Juan de Lurigancho RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 388-2002-P-CSJLI/PJ Lima, cuatro de diciembre del 2002VISTAS: Las Resoluciones Administrativas Nº 167-2002-CE- PJ de fecha 8 de noviembre del año en curso, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de noviembre de 2002 y Resolución Administrativa Nº 374-2002-P-CSJLI/ PJ, publicada el 30 de noviembre de 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 140-2001- CE-PJ de fecha 28 de setiembre de 2001, se estableció en el artículo primero, la reconformación del Módulo Básico de Justicia del distrito de San Juan de Lurigancho, quedan- do constituido por un Juzgado Penal, un Juzgado Mixto y tres Juzgados de Paz Letrados, disponiéndose así mismo, en los artículos segundo y cuarto, que el Primero, Segundo y Tercer Juzgados de Paz Letrados serán reubicados con sus cargas procesales actuales y tendrán como instancia de apelación al Juzgado Penal y Mixto acotados, según corresponda, respectivamente, y en el artículo quinto de la misma, que el Cuarto y Quinto Juzgados de Paz Letrado ubicados fuera del local del Módulo Básico de Justicia, conti- nuarán ejerciendo sus funciones, con sus cargas procesa- les actuales y con la competencia territorial que en ésta se indica; Que, mediante las Resoluciones Administrativas de Vis- ta, se dispuso la conversión y reubicación de los órganos jurisdiccionales que funcionan en el Módulo Básico de Jus- ticia del distrito de San Juan de Lurigancho y fuera de éste, constituyéndose como segunda instancia del Cuarto y Quinto Juzgados de Paz Letrados, al Segundo y Tercer Juz- gados Mixtos del mencionado distrito, conforme a lo dis- puesto en el artículo segundo de la Resolución Adminis- trativa Nº 167-2002-CE-PJ, dictándose así mismo, medi- das para la aplicación inmediata de dicha Resolución Ad- ministrativa, en lo referido al destino de la carga procesal que los órganos jurisdiccionales materia de reubicación venían conociendo, en función a la competencia territorial que les corresponde, hasta el 1 de diciembre de 2002, fe- cha de entrada en vigencia de la Resolución Administrati- va Nº 140-2001-CE-PJ, de conformidad con lo dispuesto por el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ; Que, así mismo, por razones de seguridad y celeri- dad procesal, resulta conveniente que los procesos en trámite que hayan venido conociendo los órganos juris- diccionales aludidos por las Resoluciones Adminis- trativas glosadas precedentemente, hasta el 30 de no- viembre del año en curso, continúen bajo su conocimiento hasta su definitiva conclusión; Que, estando a lo expuesto precedentemente, resul- ta necesario que esta Presidencia adopte las medidas pertinentes a fin de viabilizar el cumplimiento de las Re- soluciones Administrativas mencionadas, coadyuvar para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdic- cionales aludidos y evitar perjuicios a los litigantes; Que, por las razones expuestas, y en uso de las fa- cultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que los órganos ju- risdiccionales que funcionen en el Módulo Básico de Justicia y fuera de éste, del distrito de San Juan de Luri- gancho, conocerán las demandas y denuncias en la materia que les corresponde y conforme a la competen- cia territorial establecida mediante las Resoluciones Administrativas Nº 167-2002-CE-PJ y Nº 140-2001-CE- PJ, a partir del 1 de diciembre del año en curso, fecha de entrada en vigencia de esta última, de conformidad con lo dispuesto por el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ. Artículo Segundo.- DISPONER que el Primer Juz- gado Penal del Módulo Básico de Justicia y el Segundo y Tercer Juzgado Mixto del distrito de San Juan de Luri- gancho, continuarán a cargo de los procesos judiciales que venían conociendo hasta el 30 de noviembre del año en curso, hasta su conclusión definitiva. Artículo Tercero.- DISPONER que el Primer, Segun- do y Tercer Juzgados de Paz Letrado del Módulo Básico