Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2002 (06/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 6 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES
VISTAS:

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Nombran Comision a efectos de llevar adelante concurso publico para cubrir el cargo de Sindico Departamental de Quiebras de MORDAZA para el periodo 2003-2006
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 387-2002-P-CSJLI/PJ MORDAZA, dos de diciembre del 2002 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 7566 -Ley Procesal de Quiebras- aplicable para los procesos que se iniciaron bajo su vigencia, establece que la Sindicatura Departamental de Quiebras es un organismo auxiliar del Poder Judicial que administra los bienes de las personas que caigan en falencia, liquidando y pagando las deudas, asi como desempena las demas funciones que le encomienda la Ley; Conforme lo senala el Art. 122º de la citada Ley, los Sindicos Departamentales de Quiebras son elegidos por un periodo de cuatro anos por las respectivas Cortes Superiores de Justicia; Que, la vigencia del mandato de la actual Sindico de Quiebras de MORDAZA concluye el presente ano, siendo necesario proceder a la eleccion respectiva para el proximo periodo, en razon de que a la fecha aun continuan tramitandose ante los Juzgados Especializados competentes de este Distrito Judicial, procesos de quiebras que se sustancian con arreglo a la referida Ley; Que, la Sala Plena, en sesion ordinaria de fecha 29 de noviembre del ano en curso, acordo nombrar una Comision integrada por los senores Vocales MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira, MORDAZA Ferreyra Vildozola, MORDAZA Mac Rae Thays y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para efectos de llevar adelante el concurso publico para cubrir el cargo de Sindico Departamental de Quiebras de MORDAZA para el periodo 2003-2006, en un plazo de quince dias y encargar a la indicada Comision efectue la convocatoria, evaluacion y propuesta de los candidatos habiles ante el Pleno para la designacion respectiva; Estando a lo expuesto y en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 6) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- NOMBRAR una Comision integrada por los senores Vocales MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira, MORDAZA FERREYRA VILDOZOLA, MORDAZA MAC RAE THAYS Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para efectos de llevar adelante el concurso publico para cubrir el cargo de Sindico Departamental de Quiebras de MORDAZA para el periodo 2003-2006, en un plazo MORDAZA de quince dias. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Comision indicada la convocatoria, evaluacion y propuesta de los candidatos habiles ante el Pleno para la designacion respectiva. Articulo Tercero.- PONER la presente en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, OCMA, ODICMA, Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Imagen y a los Magistrados integrantes de la Comision, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 21506

Las Resoluciones Administrativas Nº 167-2002-CEPJ de fecha 8 de noviembre del ano en curso, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de noviembre de 2002 y Resolucion Administrativa Nº 374-2002-P-CSJLI/ PJ, publicada el 30 de noviembre de 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 140-2001CE-PJ de fecha 28 de setiembre de 2001, se establecio en el articulo primero, la reconformacion del Modulo Basico de Justicia del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, quedando constituido por un Juzgado Penal, un Juzgado Mixto y tres Juzgados de Paz Letrados, disponiendose asi mismo, en los articulos MORDAZA y MORDAZA, que el Primero, MORDAZA y Tercer Juzgados de Paz Letrados seran reubicados con sus cargas procesales actuales y tendran como instancia de apelacion al Juzgado Penal y Mixto acotados, segun corresponda, respectivamente, y en el articulo MORDAZA de la misma, que el MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado ubicados fuera del local del Modulo Basico de Justicia, continuaran ejerciendo sus funciones, con sus cargas procesales actuales y con la competencia territorial que en esta se indica; Que, mediante las Resoluciones Administrativas de Vista, se dispuso la conversion y reubicacion de los organos jurisdiccionales que funcionan en el Modulo Basico de Justicia del distrito de San MORDAZA de Lurigancho y fuera de este, constituyendose como MORDAZA instancia del MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados, al MORDAZA y Tercer Juzgados Mixtos del mencionado distrito, conforme a lo dispuesto en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ, dictandose asi mismo, medidas para la aplicacion inmediata de dicha Resolucion Administrativa, en lo referido al destino de la carga procesal que los organos jurisdiccionales materia de reubicacion venian conociendo, en funcion a la competencia territorial que les corresponde, hasta el 1 de diciembre de 2002, fecha de entrada en vigencia de la Resolucion Administrativa Nº 140-2001-CE-PJ, de conformidad con lo dispuesto por el articulo primero de la Resolucion Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ; Que, asi mismo, por razones de seguridad y celeridad procesal, resulta conveniente que los procesos en tramite que hayan venido conociendo los organos jurisdiccionales aludidos por las Resoluciones Administrativas glosadas precedentemente, hasta el 30 de noviembre del ano en curso, continuen bajo su conocimiento hasta su definitiva conclusion; Que, estando a lo expuesto precedentemente, resulta necesario que esta Presidencia adopte las medidas pertinentes a fin de viabilizar el cumplimiento de las Resoluciones Administrativas mencionadas, coadyuvar para el adecuado funcionamiento de los organos jurisdiccionales aludidos y evitar perjuicios a los litigantes; Que, por las razones expuestas, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que los organos jurisdiccionales que funcionen en el Modulo Basico de Justicia y fuera de este, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, conoceran las demandas y denuncias en la materia que les corresponde y conforme a la competencia territorial establecida mediante las Resoluciones Administrativas Nº 167-2002-CE-PJ y Nº 140-2001-CEPJ, a partir del 1 de diciembre del ano en curso, fecha de entrada en vigencia de esta MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto por el articulo primero de la Resolucion Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ. Articulo Segundo.- DISPONER que el Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia y el MORDAZA y Tercer Juzgado Mixto del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, continuaran a cargo de los procesos judiciales que venian conociendo hasta el 30 de noviembre del ano en curso, hasta su conclusion definitiva. Articulo Tercero.- DISPONER que el Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados de Paz Letrado del Modulo Basico

Dictan disposiciones para el funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales ubicados en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 388-2002-P-CSJLI/PJ MORDAZA, cuatro de diciembre del 2002

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