Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2002 (06/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de diciembre de 2002

hasta el 31 de diciembre del 2002, plazo al cabo del cual la donacion sera definitiva, siempre que para esa fecha, el Gobierno de la Republica del Peru MORDAZA cumplido con su compromiso relativo al aporte de fondos de contrapartida nacional, pendientes de desembolsos. 5.Los recursos aludidos en el numeral 3 de esta clausula se destinaran a la ejecucion del Programa Fondemi segun lo descrito en el Anexo D de esta Acta, con el objeto de continuar prestando los servicios del "Programa Microempresa - Sector Informal". Plasmados en el Convenio de Financiacion ALA 91/ 27. La poblacion beneficiaria sera en MORDAZA la de las ciudades de MORDAZA Callao, MORDAZA y Chiclayo, y se extendera a otras zonas en funcion de la demanda. MORDAZA de concretar el destino definido en el Anexo I) para el Fondo Rotatorio, el Fondejov y el Fondequi, el MTPE evaluara las carteras vencidas de estos fondos y tomara las acciones necesarias para la disposicion de la cartera que se determine necesario, castigar o donar a instituciones de promocion u organizaciones vinculadas con la poblacion beneficiaria. 6.El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo se compromete a transferir al fondo aludido en el numeral 3.1 los recursos de contrapartida nacional aun pendientes de desembolso de conformidad con el Convenio de Financiacion. 7.El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo del Peru brindara todas las facilidades necesarias que permitan tanto a la Comision Europea como al Tribunal de Cuentas evaluar el funcionamiento y los logros alcanzados por el programa. 8.Los desembolsos que la Comision Europea hubiera autorizado y ejecutado para finiquitar el pago de los Gastos Operativos generados con posterioridad al 30 de junio 1998, afectaran los saldos presupuestados establecidos en el numeral 3 de la presente Acta. 9.Los desembolsos que a la fecha el Gobierno Peruano a traves del MITINCI hubiese autorizado y ejecutado con posterioridad al 30 de junio de 1998, con cargo al MORDAZA de cierre del "Programa Microempresa-Sector Informal", forman parte de la contrapartida nacional a que se refiere el numeral 8 de la presente Acta. 10. El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en un plazo no mayor de seis meses contados a partir de la fecha, comunicara a la Comision Europea, a traves de su Delegacion en MORDAZA, la implementacion de la presente Acta y, en particular, el cumplimiento de lo estipulado en el numeral 6 de la presente, aplicando las deducciones relativas a los desembolsos efectuados por el Gobierno Peruano indicados en el numeral 9°. Esta comunicacion ira acompanada de los documentos que la sustentan. En esa ocasion el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo proporcionara tambien la relacion de documentos otorgados que se senalan en la clausula 4º. 11. El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales crearan una Comision de Transferencia a fin de que, en un plazo no mayor a 60 dias, contados a partir de la fecha de suscripcion de la presente Acta, se proceda a la transferencia de los componentes y recursos senalados en el numeral 3. Ello incluira la conciliacion y actualizacion de los estados financieros y de los activos del `Programa Micro Empresas Sector Informal', sobre la base de los anexos a la presente Acta; asi como las auditorias necesarias. La Comision Europea, a traves de la Delegacion en MORDAZA, realizara las gestiones correspondientes (como cesion de poderes y firmas) para facilitar este proceso. SEGUNDA: Teniendo en cuenta lo senalado en los puntos precedentes, el Gobierno de la Republica del Peru y la Comision Europea proceden al cierre y transferencia del "Programa Microempresa-Sector Informal". TERCERA: Al cierre y transferencia "Programa MicroempresaSector Informal", la Comision Europea quedara exenta de cualquier responsabilidad referente a asuntos que surjan posteriormente al vencimiento del compromiso del convenio de Financiacion y sus Addenda:

CUARTA: Se toma nota y se dan por aceptados los documentos que, con posterioridad al 30 de junio de 1998 el MITINCI ha otorgado a fin de cautelar los fondos vigentes, conforme a las Resoluciones Supremas Nºs. 194-2000ITINCI y 033-2000-ITINCI QUINTA: La presente Acta entrara en MORDAZA en la fecha de su suscripcion. Dado en tres originales. MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2002 MORDAZA MORDAZA SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru Bruselas, 9 de MORDAZA de 2002 MORDAZA CARDESA MORDAZA Director de MORDAZA Latina Europe Ard Oficina de Cooperacion E 20962

Delegan facultades para suscribir el "IV Protocolo Ejecutivo del Convenio Cultural entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para los anos 2002 - 2006"
RESOLUCION SUPREMA Nº 386-2002-RE MORDAZA, 4 de diciembre de 2002 Visto el Memorandum (SEU-EUR-GTC) Nº 1110, de 3 de diciembre de 2002, de la Direccion de Europa; Debiendo suscribirse el "IV Protocolo Ejecutivo del Convenio Cultural entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para los anos 2002 2006", en el MORDAZA de la Visita Oficial del senor Presidente de la Republica a la Republica Italiana, el 4 de diciembre de 2002; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, las facultades suficientes para suscribir en representacion del Gobierno del Peru, el "IV Protocolo Ejecutivo del Convenio Cultural entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para los anos 2002 - 2006", en el MORDAZA de la Visita Oficial del senor Presidente de la Republica a la Republica Italiana, el 4 de diciembre de 2002. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 21556

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