Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2002 (06/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de diciembre de 2002

ciones tecnicas, permitiendo el uso de maquinaria de menor capacidad y por no haber efectuado las pruebas de control necesarias previstas en los terminos contractuales, ocasionando un perjuicio economico de S/. 69 934,37; que debe de resarcirse con arreglo a lo dispuesto por el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, igualmente la Comision Auditora ha establecido que en la obra "Remodelacion de Avenida MORDAZA MORDAZA Caceda" se contrato los servicios de una persona, para la fabricacion del MORDAZA, a precios elevados, sin contar con por lo menos tres cotizaciones; asi tambien, no se objeto la compra de articulos de consumo, como si fueran aplicables al presupuesto de la obra, generando un perjuicio economico de S/. 52 187,60; los cuales deben resarcirse de acuerdo al articulo 1321º del Codigo Civil; Que, asimismo la Comision Auditora ha evidenciado deficiencias en el expediente tecnico y la supervision de la obra "Pavimentacion de la MORDAZA Triunfo de la Cuadra 4 a la 15", al haberse propiciado la ejecucion informal de la obra, sin que se ejecute un apropiado control y supervision de los disenos y trabajos, permitiendo que se efectuen trabajos defectuosos y se omitan las pruebas de control de calidad, lo cual ha originado perjuicio economico de S/. 15 870,00; que debe resarcirse conforme lo establecido por el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, finalmente la Comision Auditora ha determinado que la Municipalidad Provincial de Chepen ha alquilado su maquinaria al contratista de la obra "Pavimentacion de MORDAZA San Sebastian", a precios inferiores a los contractuales, generando un ingreso de S/. 28 818,50, al cual se le ha dado una aplicacion distinta a la fijada por la ley y, ocasionando, un perjuicio de S/. 5 339,20; debiendo resarcirse de acuerdo a lo previsto por el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, en atencion a los hechos expuestos y habiendose acreditado, como consecuencia de la accion de control practicada, la existencia de dano economico y presuncion de ilicitos penales, en los que se encuentran involucrados autoridades, funcionarios y servidores de la Municipalidad Provincial de Chepen, que desempenan o han desempenado funcion publica en la misma; corresponde a la Contraloria General de la Republica proceder conforme a sus atribuciones; Que conforme a lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de MORDAZA del 2002, el MORDAZA integral de control iniciado MORDAZA de la entrada en MORDAZA de esta ley, se regira por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, de acuerdo, con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal; correspondiendo autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los que resulten responsables comprendidos en los Informes de Vistos; Que mediante Resolucion de Contraloria Nº 2582002-CGR de 23.NOV.2002, fue encargado el Despacho Contralor a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicecontralora General de la Republica, a partir del 23 de noviembre del presente, en tanto dure la ausencia del Titular del Organismo Superior de Control; y, De conformidad con el articulo. 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785 y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables

comprendidos en los Informes de Vistos, remitiendole para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General (e) 21431 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 273-2002-CG Mediante Oficio Nº 341-2002-CG/SG la Contraloria General de la Republica solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Contraloria Nº 273-2002-CG, publicada en la edicion del 4 de diciembre, en la pagina 234485. DICE: Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica DEBE DECIR: Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General de la Republica (e) 21421 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 276-2002-CG Mediante Oficio Nº 341-2002-CG/SG la Contraloria General de la Republica solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Contraloria Nº 276-2002-CG, publicada en la edicion del 4 de diciembre de 2002, en la pagina 234486. DICE:
Nº ENTIDADES PERIODO SOCIEDADES DE AUDITORIA GANADORAS MORDAZA MORDAZA CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL

16

SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL - SENATI

2002

DEBE DECIR:
Nº ENTIDADES PERIODO SOCIEDADES DE AUDITORIA GANADORAS MORDAZA MORDAZA CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL, EN ASOCIACION CON URIOL ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL

16 SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL - SENATI

2002

21422

JNE
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION Nº 804-2002-JNE MORDAZA, 29 de noviembre de 2002

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