Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2002 (06/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 6 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA Nº 426, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para ser utilizado como Sede Central del Seguro Integral de Salud. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo para el arrendamiento del inmueble ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 426 distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para la Sede Central del Seguro Integral de Salud, por ser el unico que cumple las condiciones y demas caracteristicas establecidas por la Entidad, autorizando que el mismo se realice a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un periodo de doce (12) meses, y por el valor referencial total de US$ 31,200.00 (TREINTIUN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), incluidos los impuestos de ley, por concepto de MORDAZA conductiva, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente resolucion, se realiza a traves de la Oficina de Administracion, de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 4º.- El egreso que irrogue la contratacion a que se refiere el articulo precedente, sera con cargo a las MORDAZA de financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados y/o Donaciones y Transferencias, del Pliego Presupuestal Seguro Integral de Salud. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias siguientes de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 21427

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Plan de Ordenamiento de los Balnearios del Sur de MORDAZA Metropolitana al Ano 2010
ORDENANZA Nº 418 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; En Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Provinciales en ejercicio de su competencia en materia de Zonificacion y Urbanismo, con arreglo a lo dispuesto en los Articulos 10º, 11º, 70º y 134º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, tienen a su cargo la elaboracion, aprobacion y ejecucion de los Planes Urbanos; Que, las Municipalidades conforme a los Articulos 72º y 73º de la misma Ley estan facultadas para establecer limitaciones y modalidades a la propiedad privada en MORDAZA con el interes social en sus respectivas jurisdicciones y dentro del ambito de su competencia, a traves de los planes y normas municipales; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 64º de la Ley Organica de Municipalidades, los planos urbanos delimitan, entre otras, las areas agricolas y expansion agrico-

la futura; las areas que seran dedicadas a parques, plazas, bosques y recreacion; las areas en que se ubicaran los diversos servicios con fines de abastecimientos, educacion, cultura, transportes y otros necesarios para la comunidad; las areas que se dedicaran a los distintos fines urbanos como residenciales, comerciales, industriales, recreacion y otros; las areas inhabitables o de seguridad por su demostrado peligro, solo dedicables a areas verdes o forestales; Que, segun el mismo articulo, las municipalidades supervisan y controlan el uso de las tierras con sujecion a este articulo, quienquiera que fuera el propietario. En caso de incumplimiento, son infractores los propietarios y usuarios siendo ambos pasibles de las sanciones municipales de Ley; Que, el Plan de Desarrollo Metropolitano de MORDAZA - Callao 1990 - 2010, aprobado por el Concejo Metropolitano mediante Acuerdo Nº 287 de fecha 21 de diciembre de 1989 y puesto en vigencia mediante Decreto de Alcaldia Nº 127 de fecha 13 de agosto de 1992 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en su propuesta de Acondicionamiento Territorial Metropolitano, ha considerado los Balnearios del Sur como Area de Recreacion Metropolitana; Que, el Instituto Metropolitano de Planificacion, de acuerdo con su Estatuto aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 089 de fecha 17 de MORDAZA de 1998, tiene entre sus funciones formular y evaluar los distintos Planes Urbanos establecidos en la Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, en coordinacion con las Municipalidades Distritales, los Organismos pertinentes de la Administracion Publica y las organizaciones de la sociedad civil; Que, en cumplimiento de dicha funcion, el Instituto Metropolitano de Planificacion, ha elaborado el Plan de Ordenamiento de los Balnearios del Sur de MORDAZA Metropolitana, con la finalidad de constituirse en un instrumento promotor de las inversiones publicas y privadas, como un instrumento normativo que oriente la localizacion de las actividades urbanas en el territorio, como un instrumento de concertacion y gestion para las municipalidades provincial y distritales y como instrumento facilitador de la participacion organizada de los vecinos e instituciones publicas y privadas para la gestion del Plan; Que, el Plan de Ordenamiento comprende los distritos de Punta MORDAZA, Punta Negra, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Pucusana, entre la Autopista Panamericana Sur y el mar; Que, en cumplimiento de los procedimientos establecidos en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC, y la Ordenanza Nº 134-MML, el Plan de Ordenamiento MORDAZA de los Balnearios del Sur ha sido exhibido, difundido y expuesto ante las Municipalidades Distritales, instituciones publicas y privadas y la comunidad en general, a traves de reuniones desarrolladas en cada uno de los distritos conformantes del Area, durante un periodo de 75 dias correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre del ano 2001; Que, las observaciones y recomendaciones recibidas en dicho periodo, han sido procesadas e incorporadas, previa evaluacion, en la propuesta definitiva del Plan de Ordenamiento de los Balnearios del Sur; Que, la Comision de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Dictamen Nº 0252002-MML-CDU de fecha 05 de marzo de 2002, ha emitido opinion respecto a la aprobacion de dicha propuesta; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 134º incisos 2º y 4º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los Articulos 24º y 30º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00785-VC y la Ordenanza Nº 134-MML; Aprobo la siguiente: ORDENANZA SOBRE APROBACION DEL PLAN DE ORDENAMIENTO DE LOS BALNEARIOS DEL SUR DE MORDAZA METROPOLITANA AL ANO 2010 Articulo Primero.- Apruebese el Plan de Ordenamiento de los Balnearios del Sur de MORDAZA Metropolitana

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