Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2002 (06/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 6 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Visto el Oficio Nº 361-2002-PPSE/JNE-ONPE de 5 de noviembre de 2002 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del MORDAZA Nacional de Elecciones, informando sobre la denuncia realizada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Egusquiza; CONSIDERANDO: Que el ciudadano MORDAZA MORDAZA Egusquiza ha acudido a este organismo electoral portando MORDAZA de una resolucion supuestamente expedida por esta instancia electoral que declaraba fundado un recurso de nulidad en un expediente sobre inscripcion de lista de candidatos en la provincia de Casma para participar en las elecciones municipales del ano en curso, documento que no ha sido emitido por este MORDAZA, determinandose la falsedad del mismo, tanto en su forma como en su contenido; Que el referido ciudadano ha comunicado que dicho documento le fue proporcionado por una persona de nombre MORDAZA Penagos MORDAZA, que funge de personero legal del Partido Accion Popular, quien a cambio de dicha entrega le habria pedido la suma de setecientos dolares americanos (US$ 700,00), supuestamente para ser entregados a diversos funcionarios de esta institucion; Que los hechos descritos configuran el ilicito penal Contra La Fe Publica, contemplado en nuestro ordenamiento juridico penal vigente; por lo que, se hace necesario ejercitar las acciones legales correspondientes a fin de cautelar los derechos de participacion politica de los ciudadanos y para encontrar a los responsables de los actos denunciados que agravian a la institucion; De conformidad con lo establecido por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con los articulos 1º y 2º de la Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado (Decreto Ley Nº 17537), modificado por el Decreto Ley Nº 17667; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del MORDAZA Nacional de Elecciones que interponga las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables de los hechos descritos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 21432

error material presentado en el acta de eleccion regional Nº 201178, originado por la diferencia que de la suma de votos obtenidos por las organizaciones politicas participantes, mas los nulos, MORDAZA e impugnados se obtiene 139, y el total de ciudadanos que votaron es 140; Que del acta de garantia correspondiente a este supremo organo electoral se aprecia las mismas cantidades en el acta observada y la correspondiente al citado Jurado; por lo tanto, si el numero de votantes que aparece en el acta es mayor a la cifra obtenida de la suma de votos a favor de las organizaciones politicas, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados, se suma a los votos nulos el resultado de la diferencia entre votantes y suma de votos obtenidos; en aplicacion del numeral 2), literal A, disposicion II, articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 693-2002-JNE, Reglamento de Procedimiento Aplicable a las Actas con Errores Materiales para las Elecciones Regionales y Municipales 2002; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del Partido Peru Posible acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 015-2002-JEERM-AERO del 22 de noviembre de 2002 expedida por el citado Jurado. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA y de la parte interesada el contenido de la presente resolucion; devolviendose los autos al MORDAZA de origen. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 21433 RESOLUCION Nº 807-2002-JNE Exp. Nº 1641-2002 MORDAZA, 29 de noviembre de 2002 Visto, en sesion publica, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del Partido Peru Posible acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 018-2002-JEERM-AERO del 22 de noviembre de 2002 expedida por el citado Jurado; CONSIDERANDO: Que la Resolucion de vista del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA, respecto al posible error material que presenta el Acta de Escrutinio Regional Nº 169706, ha sido dictada de acuerdo a lo previsto en el articulo 315º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 y el Reglamento aplicable a las actas con errores materiales aprobado por Resolucion Nº 693-2002-JNE; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del Partido Peru Posible acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de Mendoza; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 018-2002-JEERM-AERO del 22 de noviembre de 2002 expedida por el citado Jurado. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA y de

Confirman resoluciones del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA sobre correccion de errores materiales en actas de elecciones regionales
RESOLUCION Nº 806-2002-JNE Exp. Nº 1647-2002 MORDAZA, 29 de noviembre de 2002 Visto, en sesion publica, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del Partido Peru Posible acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 015-2002-JEERM-AERO del 22 de noviembre de 2002 expedida por el citado Jurado; CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion del visto, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA de MORDAZA corrigio el

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