Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2002 (14/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de diciembre de 2002

la Policia Nacional del Peru, los actuados del caso para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 21210

la Policia Nacional del Peru, los actuados del caso para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 21211

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra representante legal de empresa por incumplimiento de garantia para la reparacion de equipo afecto a hospital de la PNP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2172-2002-IN/PNP
MORDAZA, 28 de noviembre del 2002 Visto, el Informe Nº 15-DIRLOG-PNP/INSP/INV.2 de 30MAY2002 formulado por la Inspectoria de la Direccion de Logistica de la PNP, con relacion a irregularidades en la reparacion de un equipo Autoclave MORDAZA HIRAYAMA, Modelo MCD-3 Serie Nº 5580 afectado al Hospital PNP MORDAZA B. MORDAZA del MORDAZA y al incumplimiento de garantia, estando dentro del tiempo otorgado por la Empresa "H & R MEDIC SRL"; CONSIDERANDO: Que, mediante O/S. Nº 1876 de fecha 13JUL2000, la Empresa "H & R MEDIC SRL" se comprometio ante la Direccion de Logistica de la Policia Nacional del Peru para la reparacion y mantenimiento de un equipo Autoclave MORDAZA HIRAYAMA Modelo MCD-3 Serie Nº 5580 afectado al Hospital PNP MORDAZA B. MORDAZA, cuya descripcion y especificaciones tecnicas consta en dicha Orden por un costo de S/. 8,850.00 nuevos soles, cifra que fue cobrada en su totalidad ante la Direccion de Economia de la Policia Nacional del Peru; Que, la Empresa "H & R MEDIC SRL" realizo el servicio de reparacion segun el Acta de Conformidad Nº 047-00-DIRSAN/PNP/H.ABL.OFAD-USG del 7SET2000, fecha en la cual se inicia el periodo de garantia con vencimiento al 7MAR2001; posteriormente, al detectarse fallas en el normal funcionamiento del equipo Autoclave en el mes de NOV2000, se requirio al representante de la firma hasta en cuatro oportunidades la subsanacion de las deficiencias, por encontrarse dentro del periodo de garantia, responsabilidad que no fue reconocida, dando lugar a que se contrate a la Empresa MULSER EIRL para la reparacion y subsanacion de los desperfectos; Que, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante legal de la Empresa "H & R MEDIC SRL" de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Division de Abastecimientos, en el Informe Legal Nº 012002-DIRLOG-PNP/DA-OAL de 3JUL2002; y, Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante legal de la Empresa "H & R MEDIC SRL", por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a

Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales a presuntos responsables de realizar cobros indebidos de haberes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2173-2002-IN/PNP MORDAZA, 28 de noviembre del 2002 VISTO, el Expediente Administrativo Nº 253304 de la SO2 PNP (R) MORDAZA RUBIO MORDAZA, tramitado para autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru; para que interponga las acciones legales por cobros indebidos de haberes correspondientes a los meses de JUL95 y AGO95; CONSIDERANDO: Que, mediante RR. Nº 256-95-VIIRPNP/EM-R1.OR de 21JUN95, la SO2 PNP MORDAZA RUBIO MORDAZA, paso de la Situacion de Actividad a la de Disponibilidad por Medida Disciplinaria con fecha 21JUN95; posteriormente segun R.D. Nº 2802-98-DGPNP/DIPER de 19AGO98, paso a la Situacion de Retiro por Limite de Permanencia en la Situacion de Disponibilidad con fecha 21JUN97; y, segun Computo General de Tiempo de Servicios Nº 0144-2001-DIPERDIPENS/DEPSO-SRTS de 31ENE2001, acredito haber prestado DOS (2) ANOS, OCHO (8) MESES Y VEINTIUN (21) DIAS de servicios reales y efectivos al Estado, en la Policia Nacional del Peru; Que, segun Liquidacion de Haberes Nº 223-2000-DIPER-DIPENS/DEPSO-SLH de 19FEB2001, esta demostrado que la referida Suboficial ha seguido efectuando cobros de haberes durante los meses de JUL95 y AGO95; Que, la SO2 PNP (R) MORDAZA RUBIO MORDAZA, ha incurrido en cobros indebidos de haberes del mes de JUL95 y AGO95 ascendente a UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 78/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,385.78), debiendose autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru; para que interponga las acciones legales correspondientes; Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Personal de la Policia Nacional del Peru; en su Dictamen Nº 11012-2002-DIRPER-PNP/OAL-5 de 5JUL2002; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que interponga las acciones judiciales correspondientes contra la SO2 PNP (R) MORDAZA RUBIO MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, los antecedentes y actuados del caso, para los fines a que se contrae el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 21212

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