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Pág. 235080 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de diciembre de 2002 la Policía Nacional del Perú, los actuados del caso para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 21210 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra representante legal de empresa por incumplimiento de garan- tía para la reparación de equipo afecto a hospital de la PNP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2172-2002-IN/PNP Lima, 28 de noviembre del 2002 Visto, el Informe Nº 15-DIRLOG-PNP/INSP/INV.2 de 30MAY2002 formulado por la Inspectoría de la Dirección de Logística de la PNP, con relación a irregularidades en la reparación de un equipo Autoclave marca HIRAYAMA, Modelo MCD-3 Serie Nº 5580 afectado al Hospital PNP Augusto B. Leguía del Rímac y al incumplimiento de ga- rantía, estando dentro del tiempo otorgado por la Empresa "H & R MEDIC SRL"; CONSIDERANDO: Que, mediante O/S. Nº 1876 de fecha 13JUL2000, la Empresa "H & R MEDIC SRL" se comprometió ante la Di- rección de Logística de la Policía Nacional del Perú para la reparación y mantenimiento de un equipo Autoclave marca HIRAYAMA Modelo MCD-3 Serie Nº 5580 afectado al Hos- pital PNP Augusto B. Leguía, cuya descripción y especifi- caciones técnicas consta en dicha Orden por un costo de S/. 8,850.00 nuevos soles, cifra que fue cobrada en su to- talidad ante la Dirección de Economía de la Policía Nacio- nal del Perú; Que, la Empresa "H & R MEDIC SRL" realizó el ser- vicio de reparación según el Acta de Conformidad Nº 047-00-DIRSAN/PNP/H.ABL.OFAD-USG del 7SET2000, fecha en la cual se inicia el período de garantía con vencimiento al 7MAR2001; posteriormente, al detectarse fallas en el normal funcionamiento del equipo Autoclave en el mes de NOV2000, se requirió al representante de la firma hasta en cuatro oportunida- des la subsanación de las deficiencias, por encontrar- se dentro del período de garantía, responsabilidad que no fue reconocida, dando lugar a que se contrate a la Empresa MULSER EIRL para la reparación y subsa- nación de los desperfectos; Que, es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Inte- rior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que interponga las acciones legales pertinentes contra Her- nán RIMACHI MORENO, representante legal de la Empresa "H & R MEDIC SRL" de conformidad a lo es- tablecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y Decreto Ley Nº 17537, modificado por De- creto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la División de Abastecimientos, en el Informe Legal Nº 01- 2002-DIRLOG-PNP/DA-OAL de 3JUL2002; y, Lo propuesto por el General Director de Logística de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones lega- les pertinentes contra Hernán RIMACHI MORENO, repre- sentante legal de la Empresa "H & R MEDIC SRL", por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos ala Policía Nacional del Perú, los actuados del caso para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 21211 Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales a presuntos responsables de realizar cobros indebidos de haberes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2173-2002-IN/PNP Lima, 28 de noviembre del 2002 VISTO, el Expediente Administrativo Nº 253304 de la SO2 PNP (R) Mirna RUBIO HERMOZA, tramitado para autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú; para que interponga las acciones lega- les por cobros indebidos de haberes correspondientes a los meses de JUL95 y AGO95; CONSIDERANDO: Que, mediante RR. Nº 256-95-VIIRPNP/EM-R1.OR de 21JUN95, la SO2 PNP Mirna RUBIO HERMOZA, pasó de la Situación de Actividad a la de Disponibilidad por Medida Disciplinaria con fecha 21JUN95; posteriormente según R.D. Nº 2802-98-DGPNP/DIPER de 19AGO98, pasó a la Situación de Retiro por Límite de Permanencia en la Situa- ción de Disponibilidad con fecha 21JUN97; y, según Cóm- puto General de Tiempo de Servicios Nº 0144-2001-DIPER- DIPENS/DEPSO-SRTS de 31ENE2001, acreditó haber prestado DOS (2) AÑOS, OCHO (8) MESES Y VEINTIÚN (21) DÍAS de servicios reales y efectivos al Estado, en la Policía Nacional del Perú; Que, según Liquidación de Haberes Nº 223-2000-DI- PER-DIPENS/DEPSO-SLH de 19FEB2001, está demos- trado que la referida Suboficial ha seguido efectuando co- bros de haberes durante los meses de JUL95 y AGO95; Que, la SO2 PNP (R) Mirna RUBIO HERMOZA, ha in- currido en cobros indebidos de haberes del mes de JUL95 y AGO95 ascendente a UN MIL TRESCIENTOS OCHEN- TA Y CINCO CON 78/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,385.78), debiéndose autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú; para que interponga las accio- nes legales correspondientes; Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección de Personal de la Policía Nacional del Perú; en su Dictamen Nº 11012-2002-DIRPER-PNP/OAL-5 de 5JUL2002; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, para que interponga las acciones judiciales correspondientes contra la SO2 PNP (R) Mirna RUBIO HERMOZA, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, los antecedentes y actuados del caso, para los fines a que se contrae el artículo ante- rior. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 21212