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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (14/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 235093 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de diciembre de 2002 que por la complejidad de sus funciones y la delicada labor que les toca desempeñar resulta indispensable la desig- nación de un nuevo Comité Especial, a fin de garantizar la obtención de bienes y servicios de la calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos adecuados; Que, respecto a los adquirentes de bases de la Segun- da Convocatoria de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 004-2002-CEP-CSJLI/PJ se deberá reintegrar el pago efec- tuado al adquirir las bases, previa notificación y presenta- ción de sus boletas, en un plazo prudencial; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º de la Ley, artículo 26º de su Reglamento, con la visación de la Jefatura de Asesoría Legal y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Administrativa Nº 083-2001- P-PJ, del 8 de agosto del 2001, concordante con el inciso d) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aproba- do por Resolución Administrativa Nº 161-2001-CE-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar de Oficio la Nulidad de la Adju- dicación Directa Selectiva Nº 004-2002-CEP-CSJLI/PJ - Se- gunda Convocatoria - para la adquisición de 120 rollos de eti- quetas de papel de 3 x 2 cm, de 15,000 unidades cada rollo y 72 cintas ribbon de cera para etiquetas de papel de 4,33 pulgadas y 450 m destinadas a la Oficina Central de Notificaciones, retro- trayéndose el proceso hasta la etapa de convocatoria previa reformulación de las bases y designación de Comité Especial. Artículo Segundo.- Declarar de Oficio la Nulidad de la Ad- judicación de Menor Cuantía Nº 019-2002-CEP-CSJLI-GG/PJ, para la adquisición de 20 rollos de etiquetas de papel de 3 x 2 cm, de 15,000 unidades cada rollo, para la Oficina Central de Notificaciones de dicha Corte Superior, debiéndose retrotraer el proceso de selección hasta la etapa de convocatoria previa reformulación de bases y designación de Comité Especial. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Perso- nal adopte las medidas necesarias a efectos de determi- nar la responsabilidad en que hubiesen incurrido los miem- bros del Comité Especial Permanente de la Corte Superior de Lima e imponer las sanciones a que hubiere lugar. Artículo Cuarto.- Remitir los antecedentes al Comité Especial Permanente de la Corte Superior de Lima, a fin que proceda a convocar el correspondiente proceso de selección, con arreglo al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina de Admi- nistración de la Corte Superior de Lima, notifique a los Adquirentes de bases de la segunda convocatoria de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 004-2002-CEP-CSJLI/ PJ, para que se apersonen a la oficina de Tesorería dentro de los 5 días de notificados, para la devolución del pago efectuado al adquirir las bases. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presen- te resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO KEIL ROJAS Gerente General 22073 CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban la "Cartilla de Instrucciones para el llenado del Boletín de Condenas" del Registro Nacional de Condenas RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 192-2002-CE-PJ Lima, 11 de diciembre del 2002 VISTO: El Oficio Nº 1441-2002-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, mediante el cual eleva la pro- puesta presentada por la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, relacionada al procedimiento para el llena- do de los Boletines de Condenas; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Condenas, registra las sen- tencias condenatorias consentidas y/o ejecutoriadas que ex-piden las Salas y Juzgados Penales o Mixtos de la Repúbli- ca, y en función de esta información emite los Certificados Judiciales de Antecedentes Penales que se requiera; Que, las sentencias condenatorias deben ser ingresadas por los órganos jurisdiccionales al Boletín de Condenas, en forma adecuada y oportuna, con el objetivo de contar con la información correcta de las sentencias condenatorias; Que, los Boletines de Condenas elaborados y sus res- pectivos testimonios de condena, deben ser remitidos den- tro del plazo establecido al Registro Nacional de Conde- nas, para su inscripción; Que, es necesario implementar mecanismos que per- mitan una elaboración correcta de los referidos boletines, a fin de evitar retrasos en la inscripción de condenas, de- mora en la atención de los pedidos de información efectua- dos por los usuarios (público y órganos jurisdiccionales) y dificultades para mantener información oportuna y veraz en la Base de Datos del Registro Nacional de Condenas; Que, la Cartilla de Instrucciones para el llenado del Boletín de Condenas, facilitará a los órganos jurisdiccionales el correc- to llenado de los Boletines de Condenas, por lo que es pertinen- te dictar las medidas adecuadas que permitan al Registro Na- cional de Condenas obtener la información veraz de las senten- cias condenatorias emitidas por los órganos jurisdiccionales; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero Jorge Calderón Castillo, sin la intervención del se- ñor Consejero Walter Vásquez Vejarano, por encontrarse de viaje en Comisión de Servicios, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la "Cartilla de Instruccio- nes para el llenado del Boletín de Condenas" del Registro Na- cional de Condenas de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judi- cial, la difusión del contenido y alcance de la mencionada Cartilla. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente Resolución Administrativa a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 22060 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Autorizan contratar servicios de traduc- tora del idioma español al japonés de cuaderno de extradición de ex Presiden- te de la República mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 216-2002-P-PJ Lima, 13 de diciembre del 2002 VISTO: El Informe Legal Nº 146-2002-OAL-GG/PJ, y el Informe Técnico Nº 012-2002-GAF-GG/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 129-2002-P- PJ, de fecha 17 de julio del año en curso, se exoneró del proce- so de selección de Adjudicación Directa Pública, la contratación de los Servicios Personalísimos del señor Juan Alberto Matsu- moto como traductor del idioma español al japonés del Cuader- no de Extradición del ex Presidente de la República, ingeniero Alberto Fujimori Fujimori, de aproximadamente 700 hojas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 118º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, antes de la suscripción del contrato, el adjudicatario debe- rá presentar la constancia de no estar inhabilitado para con- tratar con el Estado expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;