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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2002 (23/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 216188 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de enero de 2002 que contienen los insumos químicos, utilizados en la ela- boración de drogas que se encuentran inmovilizados y bajo custodia del DAD DIRANDRO - PNP - PUERTO MALDO- NADO - MADRE DE DIOS; CONSIDERANDO: Que, el DAD - DIRANDRO - PNP - PUERTO MALDO- NADO - MADRE DE DIOS, tiene bajo custodia: cincuenta kilogramos (50,000 kg) de Sulfato de Sodio, veinte kilogra- mos (20,000 kg) de Hidróxido de Sodio (soda cáustica), trescientos seis kilogramos (306,000 kg) de Acetona, ha- ciendo un total de trescientos setenta y seis kilogramos (376,000 kg) de insumos químicos decomisados por tráfi- co ilícito de drogas que se encuentran hidratados y/o almacenados inadecuadamente por la naturaleza de los insumos y tiempo transcurrido de su comiso y condiciones climáticas de la zona, representando un peligro para la sa- lud e integridad del personal que labora en dicha depen- dencia policial; De conformidad a lo establecido en los Artículos 66º y 79º Inc. d) de la Ley General de Drogas aprobada por De- creto Ley Nº 22095, Artículo 1º de la Ley de Control y Fis- calización de Productos e Insumos Químicos que directa o indirectamente se utilizan en la elaboración de Pasta Bási- ca de Cocaína y otros aprobada por Decreto Ley Nº 25623; y Artículo 44º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI de 28.MAY.93; y, Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Con- trol de Drogas - OFECOD; y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar de baja trescientos setenta y seis ki- logramos (376,000 kg) de insumos químicos diversos que se detallan en la parte considerativa de la presente Reso- lución, decomisados por tráfico ilícito de drogas, que se encuentran inmovilizados y bajo custodia del DAD - DIRAN- DRO - PNP - PUERTO MALDONADO - MADRE DE DIOS, procediéndose a su Neutralización, Dilución y/o Elimina- ción, Destrucción e Inutilización de los envases que con- tienen los insumos químicos. Artículo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Control de Dro- gas - OFECOD ejecutará la Neutralización, Dilución y/o Eliminación, Destrucción e Inutilización de los envases que contienen los insumos químicos, con presencia de representantes del Ministerio Público, Ministerio de Sa- lud, Ministerio de Agricultura, Policía Nacional del Perú y Peritos Químicos, debiendo levantarse el Acta respec- tiva, la que será debidamente firmada por los represen- tantes mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 1561 Aprueban el Plan General de Reducción del Ámbito Cocalero en el Perú 2002 del Proyecto Especial "CORAH" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0072-2002-IN-1101 Lima, 21 de enero del 2002 Visto, el Informe Nº 20-2002-IN/1108 de fecha 14 de enero del 2002, con el que el Director General de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior - OFECOD solicita la aprobación del PLAN GENERAL DE REDUCCIÓN DEL ÁMBITO COCALERO EN EL PERU 2002, formulado por la Dirección Ejecutivo del Proyecto Especial Control y Reducción del Cultivo de Coca en el Alto Huallaga - CORAH.CONSIDERANDO: Que, el Artículo 31º del Decreto Ley Nº 22095 - Ley General de Drogas, promulgado el 21 de febrero de 1978 prescribe que queda terminantemente prohibido el cultivo de coca y almácigo en nuevas áreas del territorio nacional; prohibición que incluye renovaciones y recalces; Que, por Decreto Supremo Nº 043-82-AG del 22 de abril de 1982 se creó el Organismo Ejecutivo del Proyecto Es- pecial Control y Reducción del Cultivo de Coca en el Alto Huallaga - CORAH, como entidad responsable de proyec- tar, ejecutar y controlar las medidas y acciones de reduc- ción del cultivo de coca; Que, por Decreto Supremo Nº 082-94-PCM del 27 de setiembre de 1994 se aprobó el Plan Nacional de Preven- ción y Control de Drogas, el mismo que prevé las acciones contra la producción de cultivos ilícitos, el tráfico de drogas y sus delitos conexos, y el uso indebido de las mismas; Que, dentro de las políticas de acción el Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas, establece la reducción gradual de la superficie cultivada de la hoja de coca, en forma concertada con el agricultor cocalero, definiendo para ello las áreas geográficas del país que sean objeto del Pro- grama de Desarrollo Alternativo, por su gravitación en la producción de hoja de coca con fines ilícitos, determinan- do cualitativa y cuantitativamente el proceso de reducción, hasta la que sea necesaria para el uso tradicional e indus- trial, en estricta observancia de la Ley, de los derechos humanos, convenios y declaraciones internacionales; Que, el citado Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas dispone la participación del Proyecto Especial CORAH en el planeamiento y programación de cinco de sus nueve programas derivados; Que, por Resolución Ministerial Nº 0889-94-IN- 011100000000 del 27 de diciembre de 1994 se amplió el accionar del Proyecto Especial CORAH al ámbito nacional que exigen los alcances del Plan Nacional de Prevención y Control de Drogas, y la participación del referido Proyecto Especial en sus programas derivados; Que, por Resolución Ministerial Nº 0228-2001-IN/1101 del 27 de febrero del 2001 se aprobó el Plan General de Reducción del Ambito Cocalero en el Perú para el año 2001, del Proyecto Especial CORAH, siendo necesario aprobar el formulado por dicho Proyecto Especial para el período operativo 2002; Que, habiéndose solicitado la opinión del Consejero Presidencial de Alto Nivel para la Lucha Contra el Tráfico de Drogas respecto al Plan General de Reducción del Ambito Cocalero en el Perú 2002, formulado por el Proyec- to Especial CORAH, con carta de fecha 3 de enero del 2002 expresó su conformidad con la elaboración del Plan; destacó la capacidad, mística y experiencia de funciona- rios y trabajadores del mencionado Proyecto Especial, con- sideró que debe continuarse las tareas de disminución manual y concertada de los cultivos excedentes de coca; y, formuló recomendaciones respecto a lugares y crono- grama de actividades para la ejecución del Plan; Que, con el Informe Nº 20-2002-IN/1108 del 14 de ene- ro del 2002, la Dirección General de la OFECOD comuni- ca que sobre la base de las recomendaciones del Conse- jero Presidencial de Alto Nivel para la Lucha Contra el Trá- fico de Drogas el Proyecto Especial CORAH ha reformula- do el Cronograma de Actividades considerado en el Resu- men Ejecutivo y Descripción del Plan correspondiente al Plan General de Reducción del Ambito Cocalero en el Perú 2002; Que la reducción gradual concertada se aplica a aque- llos cultivos de coca que tienen existencia legítima por ha- ber sido empadronados ante la ENACO oportunamente en 1978 y continúan produciendo hasta la fecha, y que las actividades de erradicación de cultivos en nuevas áreas del territorio nacional constituyen una obligación ineludible del Estado en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, en cuyo marco tiene que exigir el estricto cumplimiento de la prohibición prescrita en el Artículo 31º del Decreto Ley Nº 22095 - Ley General de Drogas, principalmente en las áreas protegidas por el Estado; Estando a lo propuesto por la Dirección General de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a la opinado por