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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (15/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 217357 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de febrero de 2002 2.2 Documentación fehaciente que acredite la fecha de adquisición y el costo del bien o del derecho para su explotación, respecto de los programas de juego reemplazantes; 2.3 Diskette de 3.5 de densidad, conteniendo la información indicada en el Anexo “F”, del Decreto Supremo Nº001-2000-ITINCI correspondiente a todos los programas de juego que se encontrarían en la sala de juegos; 2.4 Constancia de pago por derecho de trámite. 23 Modificación de las instalaciones y/o - Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de 5,00 % UIT 15 Días Oficina de Director Viceministro distribución de las salas de juego Turismo indicando sus generales de ley y Trámite Nacional de Turismo adjuntando: Documentario de Turismo 1.- Plano de distribución en el que conste la y Archivo Base Legal: propuesta de distribución de las mesas de Ley 27153 Art. 7º del 09/07/1999 juegos de casino, así como de los demás D.S. 001-2000-ITINCI Art.5º del ambientes e instalaciones que formen parte 07/01/2000 de la sala de juego, principalmente las salas de caja, de conteo, bóveda, instalaciones sa- nitarias, salidas de emergencia y sala de videos. El plano se preparará a escala e in- dicará claramente los límites del área que ocupa la sala de juego, dentro del estableci- miento legalmente apto en donde se instará, deberá estar suscrito por arquitecto o inge- niero civil colegiado; 2.- Fotocopia simple del Informe Técnico emiti- do por el Instituto Nacional de Defensa Civil indicando que la modificación de las instala- ciones y/o distribución de los ambientes físi- cos, donde se pretende explotar la sala de juegos, cumplen con las condiciones de se- guridad requeridas; así como, el número máximo de personas que pueden permane- cer en estos al mismo tiempo; 3.- Constancia de pago por derecho de trámite. 24 Autorización y Registro de modalida- - Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de 30,00% UIT 60 Días Oficina de Director Viceministro des de juegos de casino Turismo indicando sus generales de ley y Trámite Nacional de Turismo adjuntando: Documentario de Turismo 1. Descripción de las características del juego, y Archivo incluyendo los materiales de juego a ser ; Base Legal: empleados Ley 27153 Art.11º del 09/07/1999 2. Estudio sobre el porcentaje de retorno al D.S.001-2000-ITINCI Art. 8º público; del 07/01/2000 3. Constancia de pago por derecho de trámite. 25 Autorización registro de modelos de - Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de 30,00% UIT 30 Días Oficina de Director Viceministro máquinas tragamonedas Turismo indicando sus generales de ley y Trámite Nacional de de Turismo adjuntando: Documentario Turismo 1. Indicación del nombre comercial y el código y Archivo Base Legal: que identifica el modelo, así como el nombre Ley 27153 Art. 11º del 09/07/1999 y nacionalidad del fabricante y los criterios D.S. 001-2000-ITINCI Art.10º emplea dos para la codificación del modelo; del 07/01/2000 2. Indicación de la altura, longitud y ancho del R.D. N° 016-2000-MITINCI-VMT-DNT modelo en centímetros; del 29-05-00 3. Fotografías nítidas y el color de una máquina tragamonedas que corresponda al modelo y de la placa exterior de la misma; 4. Legajo que describa las características técni- cas, de funcionamiento y de mantenimiento del modelo de las máquinas tragamonedas, los cuales deben incluir por lo menos el dia- grama de componentes, la lista de los mismos así como su identificación, diagramas esque- máticos de todos los circuitos, diagramas de conexiones. Asimismo, que indique en detalle el cumplimiento de los estándares técnicos aprobados por la DNT; 5. Cantidad de memorias de sólo lectura que constituyen el programa de juego que puede instalarse en el modelo, indicándose la des- cripción de sus funciones y los códigos asig- nados por el fabricante de las memorias; 6. Relación de los nombres de los juegos que pueden ser operados en el modelo; 7. Certificado de Cumplimiento expedido por una entidad autorizada por la DNT de acuerdo a lo señalado en el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; y 8. Constancia de pago por derecho de trámite. 26 Autorización y registro de programas - Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de 30,00% UIT 60 Días Oficina de Director Viceministro de juego Turismo indicando sus generales de ley y Trámite Nacional de Turismo adjuntando: Documentario de Turismo 1. Identificación de todos los códigos, según el y Archivo Base Legal: fabricante, de las memorias de sólo lectura Ley 27153 Art. 11º del 09/07/1999 que forman parte del programa de juego; D.S.001-2000-ITINCI del 07/01/2000 2. Un ejemplar de las memorias de sólo lectura en las que se almacena el programa de juego; 3. Indicación de cada una de las funciones que realizan las memorias de sólo lectura; 4. Indicación del nombre comercial del juego o juegos en que pueden incluirse las memorias de sólo lectura; 5. Indicación del código identificatorio del mode- EVALUACION PREVIA Nº DENOMINACION DEL DERECHO Con Con Dependencia Autoridad Autoridad que PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE Aplicación Aplicación donde se que Resuelve PAGO Automático Silen.Adm. Silen.Adm. Inicia el aprueba el Recurso Positivo Negativo Trámite el trámite Administrativo