Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2002 (15/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de febrero de 2002

asi como las gestiones administrativas que resulten necesarias para la realizacion del Censo autorizado por Decreto Supremo Nº 030-2001-ITINCI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 3039

INTERIOR
Sancionan con cese temporal sin goce de remuneraciones a servidores civiles de la PNP por faltas disciplinarias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0170-2002-IN/PNP
MORDAZA, 4 de febrero del 2002 VISTO, el Acta Nº 82-2001-COPEPROAD-PNP de 25.JUL.2001, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado a los EE CC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA PISCOYA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTILLO. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 6303-DIRPER PNP del 28.JUN.2001, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a los EE CC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA PISCOYA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de incumplimiento de normas y actos de inmoralidad, al haberse determinado que el EC PD PNP (LAB. CLIN.) MORDAZA MORDAZA MORDAZA PISCOYA, quien prestaba servicios en el Hospital PNP "AUGUSTO B. LEGUIA", y laborando ademas como empleado de la Empresa LUFAMAR INVERSIONES SRL, el 5.ABR.2000 interno (85) Tubos MORDAZA en el Almacen General de Medicamentos y Aparatos Quirurgicos de Sanidad PNP procedentes de dicha empresa, verificandose que estos eran falsos, reciclados y usados (con etiquetas de dudosa procedencia y restos de insumos), retirandolos el 11.MAY.2000 al ser observados por la Tnte. Farm. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA TAMBO, Oficial de Control de Calidad del HCPNP, pretendiendo el mencionado servidor, conjuntamente con el EC PB PNP (BIOLOGO) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien prestaba servicios en el HPNP "AUGUSTO B. LEGUIA", y laboraba ademas como representante de ventas de la empresa LUFAMAR INVERSIONES SRL, y que como tal habia ofertado dicho insumo, influenciar en la Oficial PNP mencionada para que levante las observaciones efectuadas, determinandose, en la ampliacion de las I/A/D que la empresa LUFAMAR INVERSIONES SRL, representada por su Gerente General MORDAZA MORDAZA MORDAZA PISCOYA, trato de comercializar a la Direccion de Sanidad PNP (85) tubos MORDAZA Lowenstein DIFCOUSA, los cuales no eran originales, a un precio muy superior al del MORDAZA, (28) veces mas MORDAZA, con la finalidad de obtener un provecho economico ilicito, hecho que no se llego a consumar al ser observados dichos productos, manifestando que el pretendido cobro sobrevaluado por la venta de los (85) Tubos MORDAZA, estaba plenamente justificado por el pago de comisiones que se efectuaba a funcionarios policiales que laboran en la DIRLOG-PNP; teniendo conocimiento de todos estos hechos los EE CC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA PISCOYA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de trabajadores de la empresa en mencion, encontrandose involucrados, ademas, en estos hechos, el MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA ANGELATS MORDAZA, Jefe de Abastecimiento de la DIRLOG-PNP, Cmdte. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Control de Precios, y el Cmdte. PNP MORDAZA MORDAZA CARRERAS BARREDO, Jefe de Adquisiciones del HPNP "ABL"; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, los procesados presentaron su descargo escrito y efectuaron su

informe oral ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, sin desvirtuar los cargos imputados; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra los referidos servidores, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que las acciones realizadas constituyen faltas disciplinarias graves; sin embargo, considerando sus antecedentes, que obran como atenuante, acordaron por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial imponerles la sancion de CUARENTA Y CINCO (45) dias de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. c) y 28º Incs. a), h) y j) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. c) de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 82-2001COPEPROAD-PNP de 25.JUL.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a los EE CC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA PISCOYA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con CUARENTA Y CINCO (45) dias de Cese Temporal sin goce de remuneraciones; por Faltas Disciplinarias (Incumplimiento de normas, uso de la funcion con fines de lucro y actos de inmoralidad). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a los interesados, a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 2580

Sancionan con destitucion a servidor civil PNP por falta disciplinaria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0171-2002-IN/PNP
MORDAZA, 4 de febrero del 2002 VISTO, el Acta Nº 118-2001-COPEPROAD-PNP de 4.DIC.2001, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al EC TC PNP (OPERADOR PAD I) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (38) CIP Nº 70031874; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 10291-DIRPER-PNP del 20.NOV.2001, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al EC TC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de incumplimiento de normas, uso de la funcion con fines de lucro, actos de inmoralidad y abandono de cargo, al determinarse que aprovechando que prestaba servicios como OPERADOR PAD I en la Division de Informacion de la DIRTEL-PNP y actuando organizadamente con los ET2 PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CHAVIL MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PORTILLO MORDAZA y el E1 PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sustrajeron dinero sistematicamente de diferentes cuentas de ahorros Multired del Banco de la Nacion correspondientes a sueldos y pensiones de Personal PNP en retiro y/o fallecidos, falsificando para el efecto documentacion personal, reteniendo indebidamente tarjetas Multired y fraguando relaciones de

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