Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2002 (19/02/2002)
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TEXTO DE LA PÁGINA 34
N° de orden Automatico de la Ley Nº 26702)
Pag. 217740
DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO
REQUISITOS
Derecho de Pago y Forma
CALIFICACION Evaluacion Previa Positivo Negativo
Dependencia donde se inicia el tramite
Autoridad Competente para Aprobacion
Recursos Administrativos
Banca y Seguros, adjuntando lo siguiente: 1. MORDAZA certificada, expedida por el administrador o gerente, de la parte pertinente del acuerdo de Directorio u organo social correspondiente. 2. Perfil de Factibilidad Economica, firmado por economista colegiado, con el siguiente contenido minimo: 2.1 Area de influencia geografica y economica de la oficina propuesta. 2.2 Poblacion total y poblacion economicamente activa de la MORDAZA de operacion. 2.3 Evolucion del MORDAZA de dinero y ahorro durante los ultimos dos (2) anos, asi como una estimacion de la participacion de la oficina propuesta en dicho mercado. Para el caso de empresas de seguros, estudio del desarrollo del MORDAZA de seguros en la MORDAZA a ubicarse, con una retrospectiva de dos (2) anos. 2.4 Operaciones y servicios que se pretende realizar asi como la indicacion de los sistemas electronicos de datos a utilizarse. 2.5 Organigrama funcional y cuadro de necesidades de personal, indicando la dependencia organica de la oficina en mencion, asi como las oficinas bajo su responsabilidad de ser el caso. 2.6 Proyeccion de estados financieros y punto de equilibrio por un periodo no menor de dos (2) anos. La resolucion autoritativa sera emitida por esta Superintendencia en un plazo no mayor a quince (15) dias calendario, luego de recibida la informacion completa.
NORMAS LEGALES
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Autorizacion de traslado de oficinas de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
Inafecto
X
Tramite Documentario
Superintendente de Banca y Seguros X
No aplicable
Base Legal: Numerales 2.1, 2.2 y 2.7 de la Circular Nº B-1996-97, F-399-97, S-569-97, EAF-163-97, CM-184-97, CR-060-97, EDPYME-013-97, publicada el 02/10/1997. Articulo 30º de la Ley Nº 26702, publicada el 9/12/1996. Articulo 41º y MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 27444, publicada el 11/04/2001. I. Las empresas clasificadas en categoria de riesgo A o B, comunicaran, previamente, el traslado a la Superintendencia. Las correspondientes resoluciones autoritativas seran emitidas en un plazo no mayor de cinco (5) dias calendario de recibida la referida comunicacion. II. Las empresas clasificadas en categorias de riesgo distintas a la A o B deberan presentar solicitud dirigida al Superintendente de Banca y Seguros, adjuntando MORDAZA certificada, expedida por el administrador o gerente, de la parte pertinente del acuerdo de Directorio u organo social correspondiente. La resolucion autoritativa sera emitida por esta Superintendencia en un plazo no mayor a quince (15) dias calendario, luego de recibida la informacion completa.
No aplicable (Articulo 30º de la Ley Nº 26702)
El traslado de oficinas que no brinden atencion al publico solo debera ponerse en conocimiento de la Superintendencia, con las justificaciones del caso, con una anticipacion no menor de quince (15) dias calendario de comenzar a realizarse.
MORDAZA, martes 19 de febrero de 2002
Base Legal: Numerales 2.1, 2.2 y 2.7 de la Circular Nº B-1996-97, F-399-97, S-569-97, EAF-163-97, CM-184-97, CR-060-97, EDPYME-013-97, publicada el 02/10/1997.