Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2002 (21/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2002

Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27643, Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y el Decreto Supremo Nº 0482001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0532001-PCM; y, el literal d) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 058-2001-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA ALOSILLA, Director Ejecutivo de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica, del 20 al 22 de febrero de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran cubiertos con cargo a los fondos de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, cuenta PNUD - Implementacion PROMPYME, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 735.72 Viaticos : US$ 660.00 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuese su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 3448

hechos anteriores a la fecha en que esta obtuvo la autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, senala que el recurso de apelacion se interpone cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, que de los fundamentos expuestos por el impugnante, no enerva los fundamentos de la resolucion apelada; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Servicios y Concesiones Postales, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y en uso de las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 441-95-MTC/15.01; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declara infundado el recurso de apelacion, interpuesto por la Empresa de SERVICIOS MULTIPLES MANTARO E.I.R.L., contra la Resolucion Directoral Nº 0622001-MTC/15.20, quedando agotada la via administrativa. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 3426

Declaran resuelto contrato de concesion postal suscrito con Mail Express S.A.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 1133-2001-MTC/15.03
MORDAZA, 27 de diciembre de 2001

MTC
Declaran infundada apelacion interpuesta contra resolucion referida a sancion de multa impuesta a empresa por prestar servicio postal sin autorizacion
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 821-2001-MTC/15.03
MORDAZA, 24 de setiembre de 2001 Visto, el recurso de apelacion, interpuesto por la empresa de SERVICIOS MULTIPLES MANTARO E.I.R.L., contra la Resolucion Directoral Nº 062-2001-MTC/15.20; CONSIDERANDO: Que, la empresa Servicios Multiples Mantaro E.I.R.L., interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 062-2001-MTC/15.20 de fecha 10 de MORDAZA de 2001, que declara infundado el recurso impugnativo de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 033-2001-MTC/15.20 que sanciono a la empresa apelante, con una multa equivalente a diez (10) Unidades Impositivas Tributarias, por prestar servicio postal sin tener la autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, fundamentandola, en que cumplieron con todos los requisitos para desarrollar sus actividades, habiendo inclusive obtenido la autorizacion del Ministerio para brindar el servicio postal a partir del 18 de enero de 2001, asimismo senala, que resulta inaudita la Resolucion impugnada, puesto que posterior a su licencia y permiso se le impone una multa por no contar con autorizacion para brindar el servicio postal; Que, conforme se acredita con el acta de supervision y control del 3 de noviembre de 2000 y con la MORDAZA de la Factura 001 Nº 00628, el apelante venia prestando el servicio postal sin contar con autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, toda vez que a esa fecha esta no contaba con autorizacion expresa de este Ministerio, habiendola recien obtenido con Resolucion Viceministerial Nº 021-2001-MTC/15.03 del 17 de enero de 2001, por lo que la sancion esta referida a

Vista la carta, presentada por la empresa MAIL EXPRESS S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 013-97MTC/15.04, de fecha 28 de enero de 1997, se otorgo a la empresa MAIL EXPRESS S.A., concesion del servicio postal de ambito nacional por el plazo de cinco (5) anos suscribiendose el correspondiente Contrato de Concesion Postal Nº 016-98-MTC/15.20 el 24 de febrero de 1998; Que, el representante legal de la empresa MAIL EXPRESS S.A., mediante carta del visto comunica a la Direccion General de Correos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el cese de sus actividades como concesionaria postal, segun acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas, del 26 de febrero de 2001, renunciando a la concesion postal obtenida mediante Resolucion Viceministerial Nº 013-97-MTC/15.04; Que, la Direccion de Normas y Supervision Postal de la Direccion General de Correos ha expedido el Informe Nº 687-2001-MTC/15.20.03 emitiendo pronunciamiento favorable respecto de la renuncia de la concesion postal presentada por la empresa MAIL EXPRESS S.A.; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolucion Ministerial Nº 143-97-MTC/15.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar resuelto el Contrato de Concesion Postal Nº 016-98-MTC/15.20 suscrito con la empresa MAIL EXPRESS S.A., para prestar servicio postal en el ambito nacional por el plazo de cinco (5) anos, en consecuencia, dejar sin efecto la Resolucion Viceministerial Nº 013-97-MTC/15.04, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Direccion General de Correos queda encargada del cumplimiento de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 3427

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