Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2002 (23/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 218161

B) RESOLUCION Nº 005-2002/CDS-INDECOPI Las importaciones de medidores de agua de chorro multiple de 1/2 y 3/4 pulgada, originarios y/o procedentes de la Republica Popular China (Codigo CN) comprendidos en la subpartida nacional 9028.20.10.00, estan afectas al pago de derechos antidumping definitivos Ad valorem FOB, como sigue:
Medida del Diametro 1/2 pulgada 3/4 pulgada (*) Codigo Antidumping CPROD (*) 1 2 Derecho Antidumping 30,25% 30,00%

2. DETERMINACION DE LA BASE IMPONIBLE La base imponible para la aplicacion de los derechos antidumping Ad valorem FOB, se obtendra del Valor FOB consignado en la Factura Comercial, expresado en dolares americanos. 3. LIQUIDACION Y PAGO Los derechos antidumping se liquidaran en dolares americanos y seran cancelados conjuntamente con los derechos de aduana y demas tributos de importacion, en moneda nacional utilizando el MORDAZA de cambio venta vigente a la fecha de pago de la deuda. 4. VIGENCIA Los derechos antidumping definitivos establecidos en las Resoluciones Nºs. 004-2002/CDS-INDECOPI y 0052002/CDS-INDECOPI, se aplicaran a las Declaraciones numeradas a partir del 19.FEB.2002 que corresponde al dia de la MORDAZA publicacion de, de acuerdo a lo comunicado por el INDECOPI mediante Oficios Nºs. 012-2002/ CDS-INDECOPI del 12.FEB.2002 y 013-2002/CDS-INDECOPI del 13.FEB.2002. Lo dispuesto en la presente Circular deja sin efecto a la Circular Nº INTA-CR.049-2001 publicada el 28.AGO.2001 y el literal B.2 del Rubro VII del Procedimiento Especifico INTA-PE.01.08 (Version 1). Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 3740 Habiendo expedido la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios la Resolucion Nº 003-2002/CDS-INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano los dias 11 y 12 de febrero del 2002, mediante la cual se mantiene los Derechos Antidumping Definitivos sobre las importaciones de tejidos de algodon y mixtos originarios y/o procedentes de China; en uso de las facultades conferidas por Resolucion de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 01322 del 16.DIC.1999, sirvase tener en cuenta lo previsto en la presente Circular, en tanto se efectue la respectiva adecuacion del Procedimiento Especifico INTA-PE.01.08 (Version 1): 1. MORDAZA DE APLICACION 1.1 Las importaciones de tejidos de algodon y mixtos originarios y/o procedentes de China (Codigo CN), comprendidas en las subpartidas nacionales 5209.42.00.00, 5513.31.00.00, 5513.41.00.00, 5515.11.00.00 y 5515.12.00.00, estan afectas al pago de derechos antidumping definitivos Ad valorem FOB, como sigue:
Precio FOB (US $/kilo) menor a 4,33 Precio FOB (US $/kilo) mayor o igual 3,43 Derecho Precio FOB (US $/kilo) menor a 3,43 Derecho

En la transmision electronica de la Declaracion Unica de Aduanas o Simplificada de Importacion, el Despachador de Aduana debera indicar en cada serie sujeta a la aplicacion de derechos antidumping, lo siguiente: a) En el MORDAZA FOB-FACTU del archivo DUAADUADET1.TXT o DSI-IMPDET01.TXT el valor FOB segun Factura Comercial, en dolares americanos. b) En el MORDAZA CPROD del archivo DUAADUADET1.TXT o DSI-IMPDET01.TXT el codigo antidumping definitivo. En la Declaracion Unica de Aduanas o Simplificada de Importacion, el Despachador de Aduana debera consignar en cada serie sujeta a derechos antidumping, lo siguiente: a) En la MORDAZA 7.36 o 6.1 extremo inferior respectivamente, el Valor FOB segun Factura Comercial, expresado en dolares americanos. b) En la MORDAZA 7.37 o 6.2 extremo inferior respectivamente, el codigo antidumping definitivo.

Aprueban circular referida a la aplicacion de derechos antidumping definitivos Ad Valorem FOB a importaciones de tejidos de algodon y mixtos originarios y/o procedentes de China
CIRCULAR Nº INTA-CR.016 -2002
Callao, 21 de febrero de 2002 Senor Intendente de la Aduana Presente.Asunto Referencia : Aplicacion de Derechos Antidumping Definitivos : Procedimiento Especifico de "Aplicacion de Tributos, Derechos Antidumping y Compensatorios" INTA-PE.01.08 (Version 1)
Productos Precio FOB (US $/kilo) mayor o igual 4,33 Derecho

Tejidos de mezclilla ("denim") de algodon, superior o igual al 85%, mas de 200g/m2 Tejidos de ligamento tafetan, de fibras discontinuas de poliester, inferior al 85%, mezcladas con algodon, inferior o igual al 85%, mezcladas con algodon, inferior o igual a 170g/m2, hilados distintos MORDAZA Tejidos de ligamento tafetan, de fibras discontinuas de poliester, inferior al 85%, mezcladas con algodon, inferior o igual a 170g/m2, estampados Tejidos de fibras discontinuas de poliester mezcladas con fibras discontinuas rayon viscosa n.e.p. distintos MORDAZA Tejidos de fibras discontinuas de poliester mezcladas con filamentos sinteticos o artificiales, n.e.p.

10,00%

22,80%

39,03%

3,84

41,26%

3,84

2,2

79,50%

2,20

146,09%

4,23

30,74%

3,81

3,71

39,30%

3,71

49,08%

2,89

50,97%

2,89

1,74

88,60%

1,74

151,08%

4,56

33,15%

4,56

4,17

39,10%

4,17

45,61%

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