Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2002 (04/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Visto, el Informe Nº 371-2001-DIRLOG-PNP/DIVINFRA-DPO.SED de 2.JUL.2001 emitido por el Cmdte. S, PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre cambio de opcion tarifaria del suministro Nº 551255 perteneciente a la Central de Operaciones de Investigacion Policial "CAP. PNP MORDAZA MORDAZA HURTADO"; CONSIDERANDO: Que, personal de la DIVINFRA-DIRLOG.PNP ha realizado coordinaciones con la Oficina Corporativa de la Empresa Luz del Sur, en relacion al cambio de opcion tarifaria de suministro de energia electrica Nº 551255 perteneciente a la Central de Operaciones de Investigacion Policial "CAP. PNP MORDAZA MORDAZA HURTADO", en respuesta la Empresa "LUZ DEL SUR" ha elaborado MORDAZA Comparativos para tres tipos de opcion tarifaria, de lo cual se concluye que lo mas conveniente para la Policia Nacional del Peru es la opcion "MT3" que generara un ahorro del 50% mensual en la facturacion por consumo de energia electrica; Que, es conveniente autorizar al General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru delegue a los Directores de las MORDAZA Unidades PNP y Jefes de Region, suscriban contratos con las empresas de Energia Electrica para el suministro de energia, asi como los contratos de cambio de opcion tarifaria a favor de la PNP, para todas las dependencias policiales que utilizan la tarifa "MT2" en el consumo de energia electrica por la tarifa "MT3", con la modalidad de "Potencia Variable" y Medicion de Consumo "Domingos y Feriados Fuera de Punta", lo que originaria un ahorro aproximado de 50% mensual, en el pago por consumo de energia electrica; accion que debe extenderse a nivel nacional por intermedio de las Direcciones y Jefaturas de Region PNP; Que, el Art. 6º de la Ley Nº 27238, Ley Organica de la Policia Nacional del Peru establece que la PNP puede suscribir contratos de prestacion de servicios previa autorizacion del Titular del Sector; y el Art. 8.3 de su Reglamento establece que el Director General PNP podra delegar esta facultad cuando las circunstancias lo requieran; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion General PNP, mediante Dictamen Nº 77662001-DGPNP/AJ de fecha 28.DIC.2001, en ampliacion del Dictamen Nº 7248-2001-DGPNP/AJ de fecha 7.DIC.2001; Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo Uno.- Autorizar al Director General de la Policia Nacional del Peru, delegue facultades a los Directores de las MORDAZA Unidades PNP, Jefes de Region y Jefes de Subregion segun sea el caso, para que en nombre y representacion del Estado - PNP, suscriban contratos con las Empresas Electricas a nivel nacional por suministro de energia electrica y cambio de la opcion tarifaria "MT2" por la tarifa "MT3", conforme se indica en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion y que en todos los casos representen reduccion de costos en el consumo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 11095

VISTO, el Parte Nº 026-2000-DIPER-PNP-INSP/U.INV. de 31.MAR.2000 y demas actuados, instruidos contra el Comandante Contador PNP MORDAZA ORIONDO MORDAZA, por la comision de faltas Contra la Moral y la Disciplina; CONSIDERANDO: Que, de las investigaciones practicadas se ha establecido que, el mencionado Oficial Superior de Servicios nacio el 20.OCT.42 y por tal razon debio pasar a la Situacion de Retiro por Limite de Edad en el Grado con fecha 20.OCT.99, cuando ostentaba el grado de Mayor; sin embargo, al haber obtenido en el ano 1999, del 2do. Juzgado de Paz Letrado del MORDAZA - MORDAZA, un fallo judicial sobre rectificacion de apellido MORDAZA y fecha de su nacimiento al 20.OCT.46, dio lugar a que el Comando Institucional no resuelva en su oportunidad su pase a la Situacion de Retiro por Limite de Edad en el Grado y ascienda al grado que actualmente ostenta a partir del 1.ENE.2000; Que, ante tales hechos resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones judiciales pertinentes, tendientes a retirarle el grado de Comandante al referido Oficial Superior y restituya al Estado - PNP lo indebidamente cobrado por concepto de remuneracion diferencial entre el grado de MORDAZA a Comandante a partir del 20.OCT.99 a la fecha; Que, de conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y a lo establecido en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, relativos a la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones judiciales pertinentes contra el Comandante Contador PNP MORDAZA ORIONDO MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de los actuados y de la presente Resolucion al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 11096

JUSTICIA
Autorizan a asociaciones el funcionamiento de Centros de Conciliacion con sede en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 150-2002-JUS MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 9484, de fecha 4 de MORDAZA de 2002, de la asociacion denominada CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL SAN JOSE; CONSIDERANDO: Que la asociacion denominada CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL SAN MORDAZA, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion Extra-

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra oficial PNP con el fin de retirarle grado y hacer que restituya montos indebidamente cobrados como remuneracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1111-2002-IN/PNP MORDAZA, 19 de junio del 2002

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