Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2002 (19/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de MORDAZA de 2002

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 459-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2002 Vistos; la Resolucion de Gerencia General Nº 0212002-GG/RENIEC y el Informe Administrativo Nº 001/ 2002-UD-GG-RENIEC; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandums Nºs. 601, 610, 611, 622, 623-02-GO/DCP, la Jefa de la Division Central de Procesos informo la ocurrencia de adulteraciones en las Inscr ipciones Nºs. 09486290, 10819755, 27681341, 08048096, 09170761, respectivamente, en lo referido a los datos que obran en el archivo magnetico del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, habiendose dispuesto que el Area de Dactiloscopia y Grafotecnia realice la indagacion correspondiente; Que, de conformidad con el Informe Administrativo Nº 001/2002-UD-GG-RENIEC, las Partidas de Inscripcion Electoral, asi como las matrices de las referidas inscripciones no presentan indicio de adulteracion alguno, ni en cuanto a los datos ni imagenes que en ellos obran; habiendose afectado solamente los datos que figuran en el archivo magnetico del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, la adulteracion de los datos del archivo magnetico de las Inscripciones Nºs. 09486290, 27681341, 08048096, 09170761, correspondientes a los ciudadanos Boittano Anicama MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, MORDAZA A., respectivamente, ha sido realizada presuntamente por Yudi MORDAZA MORDAZA Gutierrez; Que, este hecho, afecta la seguridad juridica de este Registro, constituyendo indicio razonable de la presunta comision de delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad propia e ideologica, previsto y sancionado en los Articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en ese MORDAZA, resulta necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado; y, Conforme lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en representacion de los intereses del Estado, interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra Yudi MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra quienes resulten responsables por la presunta comision del delito contra la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase todo lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese.

Disponen cierre de inscripciones para efectos de elaboracion del padron electoral a partir del 20 de MORDAZA de 2002
RESOLUCION JEFATURAL Nº 462-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relacionados a su capacidad y estado civil; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2002-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de marzo ultimo, se convoco a Elecciones Regionales y Municipales para el MORDAZA 17 de noviembre del presente ano: Que, para ese efecto, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, el Padron Electoral a emplearse en los comicios referidos, conforme a lo establecido por el inciso d) del Articulo 7º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y Articulo 196º de la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones; Que, conforme lo dispuesto por el Art. 1º de la Ley Nº 27764, el padron electoral se cierra ciento veinte dias MORDAZA de la realizacion de cualquier MORDAZA electoral, fecha a partir de la cual no es posible efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro MORDAZA que altere la informacion contenida en el referido padron; Que, de acuerdo a lo previsto por la MORDAZA acotada, una vez cerrado el padron electoral continuaran desarrollandose las inscripciones de los nuevos ciudadanos con el objeto de emitirseles el respectivo Documento Nacional de Identidad; quienes podran ejercer el derecho al sufragio a partir del MORDAZA electoral siguiente al ya convocado, en el MORDAZA de lo dispuesto por la MORDAZA referida; y, Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y Ley Nº 26859, Organica de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer el cierre de las inscripciones para efectos de la elaboracion del padron electoral, a partir del 20 de MORDAZA de 2002, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 27764. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 12873

SBS
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito MORDAZA S.A. la apertura de oficina temporal en el distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 626-2002 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 12872

La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito MORDAZA S.A., para que se le autorice la apertura de una Oficina Temporal en la "XXXIII Feria Regio-

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