TEXTO PAGINA: 35
Pág. 227165 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de julio de 2002 SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la re- nuncia formulada por la señora abogada María Lila Iwasaki Cauti, al cargo de Secretaria General del Ministerio de Justicia, dándosele las gracias por los importantes servi- cios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 13438 P R E S Transfieren diversos órganos del Minis- terio de la Presidencia al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento DECRETO SUPREMO Nº 017-2002-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27783 se ha dictado la Ley de Bases de Descentralización, la misma que en la Cuarta Disposición Transitoria dispone como fecha máxima de desactivación del Ministerio de la Presidencia el 31 de julio de 2002, para lo cual, mediante Decreto Supremo, procederá a transferir a las entidades del gobierno nacio- nal, a los Consejos Transitorios de Administración Regio- nal, las municipalidades, y el Consejo Nacional de Des- centralización, los programas y organismos del Sector; Que, sin perjuicio de la desactivación del Ministerio de la Presidencia debe darse continuidad a las acciones de desarrollo que éste conduce y transferirse al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento las direcciones, pro- gramas y proyectos que corresponden a sus funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-99-PRES, se aprobó el Programa de Equipamiento Básico Munici- pal; Que, mediante Ley Orgánica Nº 27779, se modificó el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y se creó, entre otros, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, la Ley Nº 27779 y por el Decreto de Urgencia Nº 036- 2002; DECRETA: Artículo 1º.- Transferencias 1.1. Transfiéranse al Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento, los siguientes órganos del Mi- nisterio de la Presidencia: a) El Viceministerio de Infraestructura; b) El Programa de Equipamiento Básico Municipal; y, c) Los órganos de apoyo, control, defensa judicial y asesoría. 1.2. En un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente norma, el Viceministerio de Infraestructura, el Programa de Equipa- miento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control, defensa judicial y asesoría transfieren los recursos huma- nos, financieros, materiales, patrimoniales, el acervo do- cumentario, así como los procesos judiciales, arbitrales y administrativos referidos a los órganos antes mencionados, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2º.- Subrogación El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamien- to, asume, según corresponda, las competencias, funcio- nes, atribuciones, los derechos y obligaciones del Vicemi- nisterio de Infraestructura, del Programa Básico de Equi- pamiento Municipal y de los órganos de apoyo, control,defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presiden- cia que se desactiva. Artículo 3º.- Normas complementarias Mediante Resolución Ministerial del Ministro de Vivien- da, Construcción y Saneamiento se dictarán las normas ampliatorias, reglamentarias y complementarias que sean necesarias para la ejecución de lo dispuesto en el pre- sente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento encargado de la Cartera del Ministerio de la Presi- dencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticin- co días del mes de julio del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado de la cartera del Ministerio de la Presidencia 13426 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Archivo Regional del CTAR Moquegua RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2002-PRES Lima, 24 de julio de 2002 Visto el Oficio Nº 1207-2002-CTAR.MOQUEGUA/P, del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional - CTAR Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Regional Nº 252-99-CTAR/MOQUEGUA del 9 de julio de 1999, se aprobó, entre otros, el Cuadro de Asignación de Perso- nal del Archivo Regional Moquegua del Consejo Transito- rio de Administración Regional - CTAR Moquegua; Que, el Artículo 31º de la Ley Nº 27573 - Ley de Pre- supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, establece que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP se aprueba mediante Resolución Suprema, refren- dada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 26922, Ley Nº 27573 y el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Archivo Regional Moquegua del Con- sejo Transitorio de Administración Regional Moquegua, conforme el Anexo que se adjunta y que forma parte de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargado de la Cartera del Ministerio de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado de la Cartera del Ministerio de la Presidencia