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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2002 (26/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 227148 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de julio de 2002 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido, a partir de la fecha, el encargo efectuado al Lic. Edilberto Vargas Hernández en el cargo de Director de la Dirección Regional Agraria Junín. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Ma- rio Raúl Melgar Hinostroza en el cargo de Director de la Dirección Regional Agraria Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 13354 Excluyen Sector La Pampa del Bosque de Producción Permanente de Madre de Dios creado por R.M. Nº 1351-2001-AG RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0700-2002-AG Lima, 23 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º numeral 3.3 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre dada por Ley Nº 27308 establece que el Ministerio de Agricultura es el órgano normativo y promo- tor del uso sostenible y conservación de los recursos fo- restales y de fauna silvestre; Que, el inciso 1.a) del Artículo 8º de la mencionada Ley establece que el ordenamiento forestal dentro del Patrimo- nio Forestal Nacional comprende a los Bosques de Produc- ción Permanente que son áreas con bosques naturales pri- marios que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Agricultura se pondrán a disposición de particulares para el aprovechamiento preferentemente de la madera y de otros recursos forestales y de fauna silvestre a propuesta del Ins- tituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, en base al Mapa Forestal Nacional elaborado por el INRENA, por Resolución Ministerial Nº 1351-2001-AG se creó el Bosque de Producción Permanente de Madre de Dios, comprendido dentro del Patrimonio Forestal del departamento, exceptuándose del ámbito geográfico del mismo, las superficies de las áreas naturales protegidas, de las comunidades nativas y campesinas, las áreas de propiedad privada y superficies con otras formas de uso reconocidas por la autoridad competente; Que, en el departamento de Madre de Dios, provincia de Tambopata, distritos de Laberinto y Tambopata en el área y coordenadas especificadas por la Memoria Descriptiva y Plano que como Anexo forma parte integrante de la presen- te resolución se encuentra ubicado, el sector denominado La Pampa, que fue comprendido en el Bosque de Produc- ción Permanente de Madre de Dios, siendo que sus caracte- rísticas no necesariamente le otorgan esta condición; Que, se está conformando una Comisión integrada por miembros del PETT, del INRENA y pobladores de la zona a fin de detallar las zonas con derechos de privados, las zonas en proceso de titulación, aquellas con aptitud agrí- cola y las zonas forestales; Que, en ese sentido es preciso excluir las áreas del Sector La Pampa del Bosque de Producción Permanente de Madre de Dios; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo Único.- Excluir del Bosque de Producción Permanente de Madre de Dios, creado por Resolución Ministerial Nº 1351-2001-AG, el área del denominado Sector La Pampa, ubicado en el departamento de Madre de Dios, provincia de Tambopata, distritos de Laberinto y Tambopata, cuyo plano y memoria descriptiva figuran como Anexo de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de AgriculturaANEXO MEMORIA DESCRIPTIVA DEL SECTOR LA PAMPA DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS I. UBICACIÓN POLÍTICA Departamento: Madre de Dios Provincia :Tambopata Distrito :Inambari, Laberinto. II. SUPERFICIE El área del Sector La Pampa está delimitada por la margen derecha de la carretera Puerto Maldonado – Puno y la margen derecha de los ríos Inambari y Madre de Dios, en el departamento de Madre de Dios con un área de 124 058 ha. III. LÍMITES Partiendo del PP (Punto de Partida) , ubicado en las coordenadas UTM 476 569 E y 8 608 702 N, en la inter- sección de la margen derecha del río Madre de Dios, con la carretera Puerto Maldonado - Puno se prosigue por esta misma en dirección Suroeste hasta llegar al PR1. Del PR 1 ubicado en las coordenadas UTM 438 795 E y 8 589 223 N, en la intersección de la vía de acceso a la carretera Puerto Maldonado - Puno con la zona de Amor- tiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata, siguien- do en dirección Suroeste por la carretera Puerto Maldo- nado - Puno hasta llegar al PR2. Del PR2, ubicado en las coordenadas UTM 351 822 E y 8 551 436 N, en la intersección de la Vía de acceso a la carretera Puerto Maldonado - Puno con la zona de Amor- tiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata, se conti- núa en dirección Suroeste por la carretera Puerto Maldo- nado – Puno hasta llegar al PR3. Del PR3, ubicado en las coordenadas UTM 350 187 E y 8 549 581 N, en la intersección de la Carretera Puerto Maldonado – Puno con el límite departamental Madre de Dios - Puno, se sigue en dirección Noroeste por el mismo límite hasta llegar al PR4. Del PR4, ubicado en las coordenadas UTM, 348 332 E y 8 550 212 N, en la instersección del límite departa- mental Madre de Dios - Puno con la margen derecha del río Inambari, se sigue en dirección Noreste hasta llegar al PR5. Del PR5, ubicado en las coordenadas UTM, 353 086 E y 8 560 320 N, en la intersección del río Inambari con el límite Sur de la Comunidad Nativa Arasaire, bordeando por el límite de dicha comunidad nativa hasta llegar al PR6. Del PR6, ubicado en las coordenadas UTM, 353 217 E y 8 563 314 N, en la intersección del límite Norte de la Comunidad Nativa Arasaire y el río Inambari, se sigue en dirección Noreste hasta llegar al PR7. Del PR7, ubicado en las coordenadas UTM, 411 921 E y 8 589 385 N, en la intersección del río Inambari con el límite Noroeste de la comunidad nativa Boca de Inambari, bordeando el límite de la comunidad nativa Boca de Inam- bari hasta llegar al PR8. Del PR8, ubicado en las coordenadas UTM 420 140 E y 8 594 167 N, en la intersercción del río Madre de Dios con el límite Noreste de la comunidad nativa Boca de Inam- bari, siguiendo aguas abajo por el río Madre de Dios has- ta llegar al PR9. Del PR9, ubicado en las coordenadas UTM, 446 578 E y 8 602 377 N, en la intersección del límite Sur de la comunidad nativa San Jacinto y el río Madre de Dios, se sigue bordeando por los límites Sur de las comunidades nativas San Jacinto y Tres Islas hasta llegar al PR10. Del PR10, ubicado en las coordenadas UTM, 462 363 E y 8 609 534 N, en la intersección del límite Este de la comunidad nativa Tres Islas y el río Madre de Dios, se sigue por la margen derecha del río Madre de Dios hasta llegar al PP, cerrando el área de Sector La Pampa. Nota: Las coordenadas UTM, corresponden a la Zona 19 y al Datum WGS 84 La información cartográfica en formato digital de lo descrito en la presente Memoria, obra en los archivos del Proyecto CIEF-DGFFS-INRENA.