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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2002 (30/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 227399 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de julio de 2002 cen que la auto rización es la facultad que otorga el Esta- do a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facul- tad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radio- comunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifu- sión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación au- torizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la corres- pondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 198-2002-MTC/ 15.19.03.2 y 248-2002-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Ase- soría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud formulada por doña MARGARITA DEL ROCÍO FLO- RES RAMOS, cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la re- ferida persona la autorización y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomu- nicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a doña MARGARITA DEL RO- CÍO FLORES RAMOS, autorización y permiso de insta- lación por el plazo de diez (10) años, que incluye un pe- ríodo de instalación y prueba de doce (12) meses impro- rrogable, para operar una estación del servicio de radio- difusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, de acuerdo a las siguientes características téc- nicas: Estación :BC-FM Frecuencia :91.5 MHz Indicativo :OBR-1K Potencia :250 w. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y la Planta :Avenida F-18, distrito de Pari- ñas, provincia de Talara, de- partamento de Piura. Coordenadas: L.O. 81° 16' 35.6" L.S. 04° 35' 01" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artí- culo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (1 2) meses, dentro del cual y hastaantes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, la titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Doña MARGARITA DEL ROCÍO FLO- RES RAMOS está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente reso- lución, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones le- gales y reglamentarias vigentes que regulan el servi- cio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan so- bre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ TÁVARA MARTÍN Viceministro de Comunicaciones 13631 M T C Aprueban Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 110 Mercancías Peligrosas y Transporte de Animales Vivos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 099-2002-MTC/15.16 Lima, 10 de mayo del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 028-2002- MTC/15.16 publicada el 25 de febrero de 2002, la Direc- ción General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción apro- bó la difusión de la Regulación Aeronáutica del Perú Nº 110 sobre Mercancías Peligrosas y Transporte de Ani- males Vivos; Que, la mencionada resolución otorgó un plazo de quince días calendario para que los interesados formula- ran las sugerencias que creyeran convenientes, a fin de ser incorporadas previa evaluación, en el texto de la men- cionada regulación, plazo que a la fecha se encuentra vencido; Que, el Artículo 9º literal c) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el Artículo 2º del regla- mento de la misma, aprobado mediante D.S. Nº 050-2001- MTC facultan a la Dirección General de Aeronáutica Civil a regular los aspectos de orden técnico y operativo de la actividad aeronáutica civil y a aprobar las regulaciones aeronáuticas del Perú; De conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, el Artículo 7º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 050-2001-MTC y estando a lo opinado por la Direc- ción de Seguridad Aérea y la Oficina de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la incorporación a las Re- gulaciones Aeronáuticas del Perú de la siguiente Regu- lación, cuyo texto, en anexo adjunto, forma parte inte- grante de la presente resolución. NÚMERO DENOMINA CIÓN 110 MERCANCÍAS PELIGROSAS Y TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN KUAN-VENG Director General de Aeronáutica Civil