Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2002 (27/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 27 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 -Ley Organica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion- y el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar resuelto el contrato de concesion suscrito con la empresa CONSULTORIA Y GESTION DE TELECOMUNICACIONES S.A. para la prestacion del servicio portador local, en el area de cobertura que comprende la MORDAZA de MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, en consecuencia sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 149-2000-MTC/15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 11331

las MORDAZA Transitorias Civil, Penal, y de Derecho Constitucional y Social, de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a los Presidentes de las MORDAZA Permanentes y Transitorias Civil, Penal, y de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Fiscal de la Nacion, al Ministerio de Justicia, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA 11392

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan funcionamiento de las MORDAZA Transitorias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 082-2002-CE-PJ
MORDAZA, 25 de junio del 2002 VISTOS: Los Oficios Nºs. 69-02-SCT-CS-PJ, 420-2002-P-SPT-CS y 143-2002-SDCST-CS remitidos por los senores Presidentes de las MORDAZA Transitorias Civil, Penal, y de Derecho Constitucional y Social, de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 034-2002-CE-PJ, su fecha 27 de marzo del 2002, se prorrogo por un periodo de tres (3) meses, a partir del 1 de MORDAZA del 2002, el funcionamiento de las MORDAZA Transitorias Civil, Penal, y de Derecho Constitucional y Social, de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; Que, los Presidentes de las MORDAZA Transitorias Civil, Penal, y de Derecho Constitucional y Social, del Supremo Tribunal, han solicitado que se disponga la prorroga por el termino de ley del funcionamiento de las citadas MORDAZA Transitorias, a fin de continuar con la descarga procesal en cada una de ellas; Que, de los informes estadisticos remitidos por las MORDAZA MORDAZA citadas, aparece que aun queda un elevado numero de causas pendientes de resolucion, siendo necesario prorrogar el funcionamiento de las mencionadas MORDAZA Supremas Transitorias, por el termino de tres meses, a partir del 1 de MORDAZA del 2002; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en el Articulo 82º, incisos 18) y 26) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley Nº 27465, en sesion extraordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA Ordonez MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por el termino de tres (3) meses, a partir del 1 de MORDAZA del 2002, el funcionamiento de

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan juezas suplentes de juzgados laboral y de paz letrado del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 104-2002-P-CSJCL/PJ
Callao, 21 de junio del 2002 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 335-2002-CNM, se resolvio nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de Lima; Que, por lo anterior, esta Presidencia mediante Resolucion Administrativa Nº 103-2002-P-CSJCL/PJ acepto la renuncia del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Juez Suplente del Tercer Juzgado Laboral del Callao, a partir de la fecha; Que, mediante Resoluciones Administrativas Nºs. 0542001-P-CSJCL/PJ y 076-2001-P-CSJCL/PJ de fechas 12 de marzo y 6 de MORDAZA del 2001, la anterior gestion de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, designo y prorrogo la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del Callao, a partir del 5 de marzo del 2001 y hasta que se dicte disposicion en contrario; Que, estando a lo expuesto en los Considerandos que anteceden, esta Presidencia como MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, dentro de las facultades administrativa, jurisdiccional y disciplinaria, tiene la facultad de dictar las medidas que a su consideracion MORDAZA necesarias, designando a los Magistrados Provisionales y Suplentes, a fin de no entorpecer el normal funcionamiento de los Organos Jurisdiccionales que se ubican dentro de su jurisdiccion; Que, en el presente caso, resulta necesario designar al abogado que se haga cargo del Tercer Juzgado Laboral del Callao, para lo cual esta Presidencia ha considerado designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado, quien reune los requisitos establecidos en el Articulo ciento ochenta del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, y asimismo, designar al abogado que se haga cargo del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado, para lo cual esta Presidencia ha considerado designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asistente de Juez del MORDAZA Juzgado Laboral, quien reune los requisitos establecidos en el Articulo ciento ochentidos del Cuerpo Legal acotado, siendo ademas discente de la Academia de la Magistratura;

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