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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2002 (16/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 223092 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de mayo de 2002 tración del aporte Suizo al proyecto. Para tal fin, otorga al proyecto, a través de INTERCOOPERATION, una contribu- ción no reembolsable de hasta USD 1'683,030 (UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TREINTA Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) , que en ningún momento so- brepasará el monto máximo de CHF 2'777,000 (DOS MI- LLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL Y 00/100 FRANCOS SUIZOS). Adicionalmente, COSUDE cubrirá los honorarios de un Asesor Técnico Internacional, los gastos de evaluación externa, así como los gastos de gestión de INTERCOOPERATION. El Gobierno de la República del Perú estará represen- tado por el Ministerio de Agricultura . El Ministerio de Agri- cultura y COSUDE manifiestan su voluntad de manejar el proyecto MASAL en el sentido de un espacio innovador y flexible, promoviendo de esta manera dinámicas concerta- das a nivel local que favorecen el desarrollo rural sosteni- ble e iniciativas descentralizadoras en camino. 3. La contribución de COSUDE se hará efectiva a través de INTERCOOPERATION, de acuerdo a los procedimien- tos estipulados en el Contrato de Ejecución del proyecto, suscrito en Suiza entre COSUDE e INTERCOOPERATION y según las previsiones estipuladas en el Plan Rector de la Segunda Fase y los Planes Operativos Anuales. Asimismo, el proyecto se ejecutará en el Perú, según la Legislación peruana relativa a la devolución de impuestos pagados en las compras de bienes y servicios efectuadas con financiación de donaciones y cooperación técnica in- ternacional no reembolsable. El objetivo del proyecto para esta fase será mejorar la gestión de los recursos productivos, mediante propuestas concertadas por parte de los gobiernos municipales, orga- nizaciones vinculadas a cadenas productivas y a la gestión de microcuenca, así como entidades de servicio, que han fortalecido sus capacidades. Los objetivos específicos, resultados esperados y acti- vidades previstas a nivel regional, están detallados en el documento denominado Proyecto MASAL - "Plan Rector de la Segunda Fase", Cusco, noviembre del 2001 que es parte integrante del presente Convenio. 4. La estructura del proyecto MASAL estará conformada por las siguientes instancias: a) Un Consejo Directivo conformado por: - Un/a representante de COSUDE. - Un/a representante de INTERCOOPERATION. - Un/a representante de la Dirección Regional del Cus- co del Ministerio de Agricultura. - Un/a representante de la Dirección Regional de Apurí- mac del Ministerio de Agricultura. - Un/a representante del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos (PRO- NAMACHCS). - Un/a representante del Instituto de Manejo de Agua y Medioambiente (IMA). - Dos representantes de Organizaciones No Guberna- mentales (ONGs) con sede en Cusco y Apurímac y vincula- das al proyecto MASAL. b) La Dirección Ejecutiva del proyecto estará confor- mada por un Director Nacional y un Asesor Técnico Inter- nacional, ambos seleccionados con base en concursos públicos y ratificados por COSUDE/INTERCOOPERATION y el Ministerio de Agricultura. c) Una Instancia de Diálogo para abordar situaciones y consideraciones extraordinarias, conformada por el Vice- ministro de Agricultura, un/a representante de COSUDE y/ o un/a representante de INTERCOOPERATION. Esta ins- tancia únicamente será convocada a pedido de alguna de las partes que la conforman. d) La Dirección Ejecutiva del proyecto fomentará en cada región, en el curso del año 2002, la formación de un Con- sejo Consultivo Regional cuya composición será ratificada por el Consejo Directivo hasta fines del año 2002. 5. En caso de existir la necesidad de adquirir en el exte- rior material, equipos o vehículos para el proyecto, la im- portación se realizará a través de la Embajada de Suiza en el Perú. Para estos casos, el Gobierno del Perú se compromete a dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo Octavo del Convenio Marco suscrito entre los Gobiernos del Perú y la Confederación Suiza el 9 de setiembre de 1964, que hace referencia a la liberación de impuestos de importación. Los bienes adquiridos con fondos de COSUDE, inclusive los vehículos, serán de propiedad de COSUDE. Asimismo, deberán ser inventariados y se utilizarán exclusivamente para el propósito y las finalidades estipuladas en este Convenio. Altérmino del proyecto, COSUDE, basándose en una propuesta elaborada por la Dirección Ejecutiva del proyecto y después de consultar con el Ministerio de Agricultura, decidirá sobre la liquidación y transferencia de los bienes y vehículos. Asimismo, el Gobierno peruano se compromete a con- ceder los privilegios acordados para los expertos de los organismos de cooperación técnica internacional, al perso- nal extranjero que haya sido aceptado por el Gobierno de la República del Perú para asesorar el proyecto objeto de este Convenio, durante el tiempo de su permanencia en el país, conforme a lo estipulado en el Acuerdo de Coopera- ción Técnica firmado el 9 de setiembre de 1964 entre los Gobiernos de Perú y Suiza. 6. El Consejo Directivo será presidido anualmente por COSUDE o por el Ministerio de Agricultura en forma alterna; establecerá derechos de voz y voto de sus integrantes y asi- mismo, podrá decidir la incorporación de nuevos integrantes a dicho Consejo (instituciones y sus representantes). En su primera sesión, el Consejo Directivo aprobará sus estatutos, las bases para un reglamento, y si lo considera pertinente, la delegación de atribuciones y deberes. Serán atribuciones y deberes del Consejo Directivo: a) Participar en la elaboración y aprobación de las polí- ticas y estrategias del proyecto; b) Evaluar y aprobar los Informes de avance del proyec- to; c) Revisar y aprobar los Planes Operativos Anuales, los Presupuestos y los Informes Financieros; d) Proponer la realización de evaluaciones y tomar las decisiones pertinentes, basados en las conclusiones y re- comendaciones hechas; e) Proceder a la supervisión de las actividades del pro- yecto, cuándo y dónde lo estime conveniente. El Consejo Directivo se reunirá ordinariamente al inicio de cada semestre calendario y extraordinariamente a soli- citud de las partes y/o de la Dirección Ejecutiva del proyec- to. 7. COSUDE a través de INTERCOOPERATION, se com- promete sobre la base de los Planes Operativos aprobados por el Comité Directivo a lo siguiente: a) Responsabilizarse de la ejecución y administración del aporte suizo al proyecto. b) Poner a disposición del proyecto, personal, equipos y la infraestructura indispensable, a requerimiento de la Di- rección Ejecutiva del proyecto según los Planes Operativos aprobados. c) Seleccionar por concurso público al Asesor Técnico Internacional y financiar sus honorarios. 8. El Ministerio de Agricultura se compromete a lo si- guiente: a) Facilitar la ejecución del proyecto MASAL, en el mar- co de las estrategias y políticas del sector y teniendo como documento orientador y base de trabajo al " Plan Rector de la Segunda Fase - Cusco, noviembre del 2001 ", del Pro- yecto de Manejo Sostenible de Suelos y Aguas en La- deras (MASAL) . b) Seleccionar al Director Nacional por concurso Públi- co y financiar sus honorarios. 9. La Dirección Ejecutiva del proyecto tendrá las atri- buciones siguientes: a) Gerenciar el proyecto en coordinación con las orga- nizaciones gubernamentales y privadas peruanas vincula- das al desarrollo del sector materia del presente Convenio. b) Suscribir convenios específicos con las instituciones beneficiarias. En estos acuerdos se especificarán las con- tribuciones correspondientes. c) Elaborar el Plan Operativo Anual del proyecto para su aprobación por el Consejo Directivo. d) Elaborar informes periódicos sobre el avance de las actividades del proyecto. 10. Los Consejos Consultivos Regionales tendrán las atribuciones siguientes: a) Elaborar su reglamento interno, el cual será aproba- do por el Comité Directivo. b) Apoyar y orientar al Comité Directivo y a la Dirección Ejecutiva del proyecto para asegurar la pertinencia y fo- mentar la buena marcha de las actividades programadas. 11. Se llevará a cabo una evaluación de media fase en el segundo semestre del año 2003. Dicha evaluación enfa-