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Pág. 232621 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de noviembre de 2002 Nº 3 del Contrato de Concesión, así como rieles y acceso- rios correspondientes a 22 kilómetros de la vía férrea re- novada, señalados en el Anexo Nº 2 de dicho contrato, a que hace referencia la Cláusula 3.11 del Contrato; Que, para tal efecto se ha considerado necesario la modificación de la Cláusula 3.11 del Contrato de Conce- sión a fin de establecer un mecanismo que posibilite la de- volución de los bienes objeto de la Concesión; Que, mediante Oficio Nº 556-2002-GG-OSITRAN de fecha 29 de octubre de 2002, OSITRAN remite al Minis- terio de Transportes y Comunicaciones copia del Acuerdo Nº 308-102-02-CD-OSITRAN, tomado en la sesión de Con- sejo Directivo de fecha 22 de octubre de 2002, respecto a la modificación de la Cláusula 3.11 del Contrato de Conce- sión del Ferrocarril del Centro; Que, resulta necesario designar al funcionario que fir- mará en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Addenda modificatoria al Contrato de Concesión del Ferrocarril del Centro, así como los demás documentos correspondientes; De conformidad con la Ley Nº 27791 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Dr. Alberto Marcelo Sa- nabria Ortiz, Viceministro de Transportes, para que en re- presentación del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, suscriba la Addenda modificatoria de la Cláusula 3.11 del Contrato de Concesión del Ferrocarril del Centro con la empresa Ferrovías Central Andina S.A.; así mismo para suscribir los Acuerdos de devolución de bienes en aplica- ción de la referida Addenda, y demás documentos que sean necesarios para formalizar el acto jurídico, incluido la Es- critura Pública correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19408 Otorgan concesión a SITEL S.A. para la prestación de servicios portadores de larga distancia nacional e interna- cional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 663-2002-MTC/03 Lima, 30 de octubre de 2002 VISTA, la solicitud formulada por la empresa SITEL S.A. para que se le otorgue concesión para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e interna- cional, en la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgar con- cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públicos portado- res se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites es- tablecidos en la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento General, que se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios portadores se encuentran los servicios portadores de lar- ga distancia nacional e internacional;Que, mediante Informe Nº 337-2002-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomuni- caciones señala que habiéndose verificado el cumplimien- to de los requisitos que establece la legislación para otor- gar la concesión solicitada para los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, es procedente la solicitud formulada por la empresa SITEL S.A.; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, el TUPA del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Comuni- caciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a SITEL S.A. concesión para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional por el plazo de veinte (20) años, en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con SITEL S.A. para la prestación de los servicios públicos a que se refiere el artículo precedente, el cual cons- ta de veintiséis (26) cláusulas y un (1) anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprue- ba en el artículo anterior. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de con- cesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19410 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Destituyen a magistrado por su actua- ción como Juez del Segundo Juzgado Civil de Huaura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 098-2002-PCNM P.D. Nº 021-2002-CNM San Isidro, 14 de octubre de 2002 VISTO: El Proceso Disciplinario número 021-2002-CNM, segui- do contra el doctor César Luis Serra Sandoval, por su ac- tuación como Juez del Segundo Juzgado Civil de Huaura, y el pedido de destitución efectuado por el señor Presiden- te de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Que, por resolución Nº 036-2002-PCNM, de 3 de mayo de 2002, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, abrió proceso disciplinario al doctor César Luis Serra San- doval, por su actuación como Juez del Segundo Juzgado Civil de Huaura;