Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (04/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 232623 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de noviembre de 2002 nes, modifica y precisa Leyes Nº 25868 y Ley Nº 26122 y al Decreto Legislativo Nº 701, el INDECOPI ha celebrado Convenios de Delegación de Funciones con entidades de reconocido prestigio ubicadas en diferentes lugares del te- rritorio nacional, a fin de establecer Oficinas Descentrali- zadas del INDECOPI -ODI- en sus respectivas jurisdiccio- nes, las que en virtud a dicha delegación, ejercen algunas de las facultades que corresponden a los órganos funcio- nales del INDECOPI; Que, el 25 de junio del 2001, INDECOPI celebró con el Consejo Transitorio de Administración Regional La Liber- tad y con la Cámara de Comercio y Producción de dicha localidad, el Convenio de Delegación de Funciones Nº 009- 2001/CC, en virtud del cual se estableció una Oficina Des- centralizada en el departamento de La Libertad (ODI - La Libertad), encontrándose entre las facultades generales delegadas a dicha Oficina Descentralizada, las de recibir solicitudes de registro, así como todos aquellos actos que deban inscribirse y que correspondan a la Oficina de Sig- nos Distintivos, habiéndose previsto además en dicho con- venio que la ODI - La Libertad podrá realizar otras funcio- nes que le sean delegadas por los órganos funcionales del INDECOPI; Que, se ha considerado necesario descentralizar las funciones de la Oficina de Signos Distintivos referidas al examen de forma de las solicitudes de registro de marcas, nombres comerciales y lemas comerciales que se presen- ten ante las Oficinas Descentralizadas del INDECOPI, a fin de facilitar el acceso y dinamizar los procedimientos de registro de tales signos distintivos; Que, en virtud del Acuerdo de Directorio de fecha 31 de enero del año 2002 se aprobó la propuesta de Descen- tralización de Funciones de la Oficina de Signos Distinti- vos y, teniendo en consideración lo dispuesto en las nor- mas legales antes citadas; SE RESUELVE: Primero.- Delegar en la Oficina Descentralizada del Ins- tituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Pro- tección de la Propiedad Intelectual con sede en el departa- mento de La Libertad (ODI - La Libertad), las funciones referidas al examen de forma de las solicitudes de registro de marcas de producto, marcas de servicio, nombres co- merciales y lemas comerciales que se presenten ante la Oficina mencionada, facultándola a emitir las notificacio- nes y órdenes de publicación que correspondan como re- sultado de la evaluación formal de dichas solicitudes de registro, de acuerdo a lo establecido en los artículos 144º y 145º de la Decisión 486. Segundo.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. TERESA MERA GÓMEZ Jefa de la Oficina de Signos Distintivos 19368 OSIPTEL Confirman resolución que sancionó con multa de 151 UIT a Telefónica Multi- media S.A.C. RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 336-2002-GG/OSIPTEL Lima, 5 de setiembre de 2002 VISTOS el (i) el Informe de la Gerencia de Fiscaliza- ción contenido en el Memorándum Nº 168-GFS/2002 y (ii) el Informe Nº 118-GL/2002 de la Gerencia Legal de OSIP- TEL, por medio de los cuales se informa a esta Gerencia General respecto del procedimiento previo de determina- ción de sanción iniciado a la empresa Telefónica Multime-más de 30 días consecutivos sin autorización del concejo e inconcurrencia injustificada a sesiones ordinarias, pre- vistas en los numerales 2) y 5) del artículo 26º de la ley acotada; Que a fojas 8 consta el cargo de notificación del acuer- do de vacancia, recibido personalmente por la interesada, sin que haya interpuesto recurso de revisión contra él; Que habiendo quedado firme el acuerdo de vacancia del cargo de regidor que ejercía doña Cristina Eufracia Vil- ca de Cabana, es aplicable el numeral 2) del artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que dis- pone que reemplazan a los regidores, los suplentes de sus respectivas listas, debiéndose convocar a la candidata no proclamada de la lista independiente Calidad, Desarrollo y Trabajo, doña Lucía Titto Cayllahua, para completar el pe- ríodo de gobierno municipal 1999 - 2002, de acuerdo a la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Espe- cial de Lampa con motivo de las Elecciones Municipales de 1998; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a la ciudadana Lucía Titto Cayllahua, candidata no proclamada de la lista indepen- diente Calidad, Desarrollo y Trabajo, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Paratia, provincia de Lampa, departamento de Puno, en el período de gobier- no municipal 1999 - 2002. Otorgándosele la credencial co- rrespondiente. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que requiera el cumplimien- to de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 19373 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INDECOPI Delegan a la ODI - La Libertad las funciones referidas al examen de for- ma de las solicitudes de registro de marcas de producto y de servicio, nom- bres y lemas comerciales RESOLUCIÓN Nº 012210-2002/OSD-INDECOPI Lima, 30 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 33º del Decreto Ley Nº 25868, la Oficina de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI- es la autoridad na- cional encargada de administrar el registro de marcas, nom- bres comerciales, lemas y denominaciones de origen o geográficas, así como de proteger los derechos derivados de dicho registro. Dichas facultades son ejercidas en aplica- ción de las disposiciones de la Decisión 486, Régimen Co- mún sobre Propiedad Industrial y del Decreto Legislativo Nº 823, Ley de Propiedad Industrial; Que, en aplicación del Decreto Legislativo Nº 788, Ley de Reorganización del INDECOPI - Delegación de Funcio-