Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2002 (10/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 10 de noviembre de 2002

segun Certificado de Donacion de fecha 13 de agosto de 2002 y un peso aproximado de 4 536 kgs. segun Conocimiento de Embarque Nº N1171 de Navigation Network. Dicha donacion sera distribuida gratuitamente en los proyectos para ayuda humanitaria dentro del ambito donde la Asociacion World Vision International interviene como son puestos y centros de salud, hospitales y proyectos de desarrollo. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 19797

Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 19798

Aprueban donaciones efectuadas por institucion bancaria a favor del Instituto Nacional de Cultura
RESOLUCION SUPREMA Nº 296-2002-EF MORDAZA, 8 de noviembre de 2002

RESOLUCION SUPREMA Nº 295-2002-EF
MORDAZA, 8 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, World Vision Canada ha efectuado una donacion a favor de la Asociacion World Vision International consistente en diversos bienes que seran destinados a los programas regulares donde la citada Asociacion interviene en MORDAZA, MORDAZA y Ayacucho; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y Aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por World Vision Canada a favor de la Asociacion World Vision International consistente en 20 bultos conteniendo productos medicos con un valor aproximado de US$ 1 000,00 (Mil y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Certificado de Donacion de fecha 21 de MORDAZA de 2002 y un peso aproximado de 5 579 kgs. segun Conocimiento de Embarque Nº MSCUTM226092 de Mediterranean Shipping Company S.A., Geneva. Dicha donacion sera destinada a los programas regulares donde la Asociacion World Vision International interviene, en MORDAZA, MORDAZA y Ayacucho. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion

CONSIDERANDO: Que, el Banco de Credito del Peru y el Instituto Nacional de Cultura suscribieron un Convenio de Cooperacion con fecha 30 de MORDAZA de 2000 que tiene como objeto que la citada entidad bancaria brinde apoyo financiero hasta por la suma de US$ 30 481,00 (Treinta Mil Cuatrocientos Ochenta y Uno y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) que sera entregado mediante un cronograma, para destinarla a la restauracion de diez lienzos de la serie de la MORDAZA de San MORDAZA de propiedad del Convento de San MORDAZA de MORDAZA, pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, en el MORDAZA del referido Convenio, el Banco de Credito del Peru ha efectuado donaciones por la suma total de S/. 17 700,00 (Diecisiete Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles) a favor del Instituto Nacional de Cultura, correspondientes a la setima y novena cuota; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del inciso d) del articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, las donaciones efectuadas por el Banco de Credito del Peru a favor del Instituto Nacional de Cultura, ascendente a la suma total de S/. 17 700,00 (Diecisiete Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles) correspondientes a la setima y novena cuota, segun constan en los Cheques de Gerencia Nºs. 01537487 y 01602161 del Banco de Credito del Peru que fueron depositados en la Cuenta Corriente Nº 000-3553906 que el Instituto Nacional de Cultura tiene en el Banco Wiese Sudameris, de conformidad con las Boletas de Depositos Nºs. 050.003.0027 U4860.U4860 y 050.003.0042 C7440.C7440. Dichas donaciones son destinadas a la restauracion de diez lienzos de la serie de la MORDAZA de San MORDAZA de propiedad del Convento de San MORDAZA de MORDAZA, pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 2º.- Comprendase a las donaciones citadas en el articulo anterior dentro de los alcances del numeral 1) del inciso d) del articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas.

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