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Pág. 232921 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de noviembre de 2002 activación y desmontaje de productos pirotécnicos en es- pectáculos. Que además debe contar con certificación de capacitación en medidas de seguridad otorgada por DICS- CAMEC. De la clasificación de productos pirotécnicos según el lugar de sus efectos. 6. Producto pirotécnico de gran altura.- Es todo pro- ducto aéreo que cuenta con carga de propulsión o de tiro y desarrolla sus efectos generalmente sobre los 100 metros de altura. Ejemplo: Bombardas, cohetes, artículos meteo- rológicos, de salvamento y otros similares. 7. Producto pirotécnico de mediana altura.- Es todo producto aéreo que cuenta con carga de propulsión y de- sarrolla sus efectos generalmente entre 20 y 100 metros de altura. Ejemplo: Volcanes, candelas y otros similares. 8. Producto pirotécnico terrestre.- Es todo producto que no cuenta con carga de propulsión y desarrolla sus efectos desde un punto fijo o móvil sustentado sobre el piso o suelo. Ejemplo: Castillo, vaca loca, bengalas, cascadas, giratorios y otros. 9. Producto pirotécnico terrestre fijo.- Es todo pro- ducto terrestre que desarrolla sus efectos desde un punto fijo sin llegar a desplazarse. Ejemplo: Castillo, cascadas, fontanas, y otros. 10. Producto pirotécnico terrestre móvil.- Es todo producto terrestre que desarrolla sus efectos desde un punto fijo y puede llegar a desplazarse. Ejemplo: vaca loca, gira- torios, etc. De los principales productos pirotécnicos usados en espectáculos. 11. Avellana .- Artefacto pirotécnico de mediana altura de efectos luminosos y sonoro, de forma cilíndrica, confina- do en cartón o caña. Su diámetro alcanza hasta tres (3) cm. y su longitud hasta 14 cm. 12. Bombarda .- Artefacto pirotécnico de gran altura de efectos luminosos o sonoros, de forma esférica o cilíndrica, confinado en material no metálico. Su diámetro varía entre 2 pulgadas a 20 pulgadas. Se denomina también "Bomba". 13. Cascadas .- Artefacto pirotécnico terrestre, de efec- tos luminosos hacia abajo, simula una lluvia de fuego. 14. Candelas. - Artefacto pirotécnico de mediana altura de efectos luminosos, compuesto pirotécnico confinado en cartón en forma cilíndrica. 15. Castillo.- Estructura de caña o carrizo, armado tri- dimensionalmente en tamaños que pueden llegar hasta 5m. de lado, denominados "pisos" y éstas son colocadas uno sobre otros llegando a alcanzar varios metros de altura. Pueden ser complementados con artículos pirotécnicos como giratorios, bengalas, avellanas entre otros. 16. Cohete.- Artefacto pirotécnico de gran altura de efec- tos luminosos y sonoro, de forma cilíndrica, confinado en cartón o plástico. Su diámetro alcanza hasta doce (12) cm. y su longitud hasta veinte (20) cm. Se denomina también “rockets” 17. Giratorio.- Armazón de caña o carrizo armado en forma circular o poligonal complementado con artículos pi- rotécnicos deflagrantes, que lo hacen girar sobre su eje por determinado tiempo. También es denominado chispero. 18. Tortas. - Artefacto pirotécnico terrestre, confinado en caja de cartón de forma rectangular, poligonal o cilíndrica, contienen tubos de variados diámetros que emiten en el aire efectos luminosos o sonoros. 19. Vaca loca.- Armazón de caña o carrizo armado zo- omorfamente, en forma de vaca o similar, complementado con artículos pirotécnicos deflagrantes. Es transportado por una o dos personas desde el inicio hasta el final de sus efectos. También es denominado “Toro loco” 20. Volcán.- Artefacto pirotécnico, confinado en cartón de forma cónico, producen chorros de luces a colores que llegan alcanzar hasta diez (10) metros de altura. Si su for- ma es cilíndrica se le conoce como “fontana”. De los lugares de fabricación. 21. Taller de pirotecnia.- Es el lugar donde se realiza actividades de fabricación de productos pirotécnicos en for- ma manual. 22. Fábrica de pirotecnia.- Es el lugar donde se reali- za actividades de fabricación de productos pirotécnicos uti- lizando equipos mecanizados, automatizados o semiauto- matizados.De la seguridad en la fabricación y en espectácu- los. 23. Radio de seguridad en espectáculo.- Es la dis- tancia que forma el área libre circundante comprendida entre el límite del área de montaje de productos pirotécnicos co- lindante con el inicio del área de ubicación de los especta- dores. En esta área se prevé que caerán los residuos de los productos pirotécnicos, así como, el área donde alcan- zarán los efectos de la onda expansiva o propagación del fuego en caso de algún siniestro pirotécnico, evitando el daño a los espectadores. 24. Radio de seguridad en fabricación.- Es el área libre, circundante al taller o fábrica destinado a evitar que los efectos de una explosión o propagación del fuego al- cance a dañar a personas o bienes materiales. 19915 Autorizan a procurador iniciar accio- nes judiciales contra presunto respon- sable de realizar cobros indebidos de haberes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2015-2002-IN/PNP Lima, 31 de octubre del 2002 VISTO, el Expediente Administrativo Nº 240076 del SO1 PNP (R) Víctor Hugo RUIZ FARÍAS, tramitado para autori- zar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú; para que interponga las acciones legales por cobros indebidos de haberes correspondientes a los meses de OCT.92 a DIC.92; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 992-94-DGPNP/DIPER de 7.JUN.94, el SO1 PNP VÍCTOR Hugo RUIZ FARÍAS pasó de la Situación de Actividad a la de Retiro por Medida Dis- ciplinaria, con fecha 14.SET.92; y, según Cómputo General de Tiempo de Servicios Nº 1421-2001-DIPER-DIPENS/ DEPSO-SRTS del 12.SET.2001, acreditó haber prestado SEIS (6) AÑOS, NUEVE (9) MESES Y CATORCE (14) DÍAS de servicios reales y efectivos al Estado, en la Policía Na- cional del Perú; Que, según Liquidación de Haberes Nº 1421-2001-DI- PER-DIPENS/DEPSO-SLH de 13.SET.2001, está demos- trado que el referido Suboficial ha seguido efectuando co- bros de haberes durante los meses de OCT.92 a DIC.92; Que, el SO1 PNP (R) Víctor Hugo RUIZ FARÍAS, ha in- currido en cobros indebidos de haberes del mes de OCT.92 a DIC.92 ascendente a DOS MIL SETENTA CON 31/100 NUEVOS SOLES (S/. 2.070.31), debiéndose autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú; para que interponga las acciones legales correspondien- tes; Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección de Personal de la Policía Nacional del Perú, en su Dictamen Nº 11014-2002-DIRPER-PNP/OAL-5 del 5.JUL.2002; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inter- ponga las acciones judiciales correspondientes contra el SO1 PNP (R) Víctor Hugo RUIZ FARÍAS, por los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a