Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2002 (10/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 10 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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activacion y desmontaje de productos pirotecnicos en espectaculos. Que ademas debe contar con certificacion de capacitacion en medidas de seguridad otorgada por DICSCAMEC. De la clasificacion de productos pirotecnicos segun el lugar de sus efectos. 6. Producto pirotecnico de gran altura.- Es todo producto aereo que cuenta con carga de propulsion o de tiro y desarrolla sus efectos generalmente sobre los 100 metros de altura. Ejemplo: Bombardas, cohetes, articulos meteorologicos, de salvamento y otros similares. 7. Producto pirotecnico de mediana altura.- Es todo producto aereo que cuenta con carga de propulsion y desarrolla sus efectos generalmente entre 20 y 100 metros de altura. Ejemplo: Volcanes, candelas y otros similares. 8. Producto pirotecnico terrestre.- Es todo producto que no cuenta con carga de propulsion y desarrolla sus efectos desde un punto fijo o movil sustentado sobre el piso o suelo. Ejemplo: MORDAZA, vaca loca, bengalas, cascadas, giratorios y otros. 9. Producto pirotecnico terrestre fijo.- Es todo producto terrestre que desarrolla sus efectos desde un punto fijo sin llegar a desplazarse. Ejemplo: MORDAZA, cascadas, fontanas, y otros. 10. Producto pirotecnico terrestre movil.- Es todo producto terrestre que desarrolla sus efectos desde un punto fijo y puede llegar a desplazarse. Ejemplo: vaca loca, giratorios, etc. De los principales productos pirotecnicos usados en espectaculos. 11. Avellana.- Artefacto pirotecnico de mediana altura de efectos luminosos y sonoro, de forma cilindrica, confinado en carton o cana. Su diametro alcanza hasta tres (3) cm. y su longitud hasta 14 cm. 12. Bombarda.- Artefacto pirotecnico de gran altura de efectos luminosos o sonoros, de forma esferica o cilindrica, confinado en material no metalico. Su diametro varia entre 2 pulgadas a 20 pulgadas. Se denomina tambien "Bomba". 13. Cascadas.- Artefacto pirotecnico terrestre, de efectos luminosos hacia abajo, simula una lluvia de fuego. 14. Candelas.- Artefacto pirotecnico de mediana altura de efectos luminosos, compuesto pirotecnico confinado en carton en forma cilindrica. 15. Castillo.- Estructura de cana o carrizo, armado tridimensionalmente en tamanos que pueden llegar hasta 5m. de lado, denominados "pisos" y estas son colocadas uno sobre otros llegando a alcanzar varios metros de altura. Pueden ser complementados con articulos pirotecnicos como giratorios, bengalas, avellanas entre otros. 16. Cohete.- Artefacto pirotecnico de gran altura de efectos luminosos y sonoro, de forma cilindrica, confinado en carton o plastico. Su diametro alcanza hasta doce (12) cm. y su longitud hasta veinte (20) cm. Se denomina tambien "rockets" 17. Giratorio.- Armazon de cana o carrizo armado en forma circular o poligonal complementado con articulos pirotecnicos deflagrantes, que lo hacen girar sobre su eje por determinado tiempo. Tambien es denominado chispero. 18. Tortas.- Artefacto pirotecnico terrestre, confinado en MORDAZA de carton de forma rectangular, poligonal o cilindrica, contienen tubos de variados diametros que emiten en el aire efectos luminosos o sonoros. 19. Vaca loca.- Armazon de cana o carrizo armado zoomorfamente, en forma de vaca o similar, complementado con articulos pirotecnicos deflagrantes. Es transportado por una o dos personas desde el inicio hasta el final de sus efectos. Tambien es denominado "Toro loco" 20. Volcan.- Artefacto pirotecnico, confinado en carton de forma conico, producen chorros de luces a MORDAZA que llegan alcanzar hasta diez (10) metros de altura. Si su forma es cilindrica se le conoce como "fontana". De los lugares de fabricacion. 21. Taller de pirotecnia.- Es el lugar donde se realiza actividades de fabricacion de productos pirotecnicos en forma manual. 22. Fabrica de pirotecnia.- Es el lugar donde se realiza actividades de fabricacion de productos pirotecnicos utilizando equipos mecanizados, automatizados o semiautomatizados.

De la seguridad en la fabricacion y en espectaculos. 23. Radio de seguridad en espectaculo.- Es la distancia que forma el area libre circundante comprendida entre el limite del area de montaje de productos pirotecnicos colindante con el inicio del area de ubicacion de los espectadores. En esta area se preve que caeran los residuos de los productos pirotecnicos, asi como, el area donde alcanzaran los efectos de la onda expansiva o propagacion del fuego en caso de algun siniestro pirotecnico, evitando el dano a los espectadores. 24. Radio de seguridad en fabricacion.- Es el area libre, circundante al taller o fabrica destinado a evitar que los efectos de una explosion o propagacion del fuego alcance a danar a personas o bienes materiales. 19915

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presunto responsable de realizar cobros indebidos de haberes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2015-2002-IN/PNP
MORDAZA, 31 de octubre del 2002 VISTO, el Expediente Administrativo Nº 240076 del SO1 PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tramitado para autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru; para que interponga las acciones legales por cobros indebidos de haberes correspondientes a los meses de OCT.92 a DIC.92; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 992-94-DGPNP/DIPER de 7.JUN.94, el SO1 PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA paso de la Situacion de Actividad a la de Retiro por Medida Disciplinaria, con fecha 14.SET.92; y, segun Computo General de Tiempo de Servicios Nº 1421-2001-DIPER-DIPENS/ DEPSO-SRTS del 12.SET.2001, acredito haber prestado SEIS (6) ANOS, NUEVE (9) MESES Y CATORCE (14) DIAS de servicios reales y efectivos al Estado, en la Policia Nacional del Peru; Que, segun Liquidacion de Haberes Nº 1421-2001-DIPER-DIPENS/DEPSO-SLH de 13.SET.2001, esta demostrado que el referido Suboficial ha seguido efectuando cobros de haberes durante los meses de OCT.92 a DIC.92; Que, el SO1 PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en cobros indebidos de haberes del mes de OCT.92 a DIC.92 ascendente a DOS MIL SETENTA CON 31/100 NUEVOS SOLES (S/. 2.070.31), debiendose autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru; para que interponga las acciones legales correspondientes; Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Personal de la Policia Nacional del Peru, en su Dictamen Nº 11014-2002-DIRPER-PNP/OAL-5 del 5.JUL.2002; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que interponga las acciones judiciales correspondientes contra el SO1 PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a

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