Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2002 (10/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 10 de noviembre de 2002

Articulo 9º.- De los registros a cargo de la DICSCAMEC La DICSCAMEC llevara los registros de productos pirotecnicos autorizados y prohibidos; asi como de las personas naturales o juridicas que se dediquen a las diferentes actividades de pirotecnia. Articulo 10º.- De la capacitacion de las personas en medidas de seguridad Las personas dedicadas a la fabricacion, importacion, exportacion, transporte, comercializacion, deposito y uso de productos pirotecnicos, requeriran de una capacitacion especializada en medidas de seguridad, con el fin de prevenir y reducir los riesgos o accidentes que involucren danos a las personas, la propiedad publica o privada y el medio ambiente, de conformidad con la Directiva que normara los contenidos y lineamientos de cada actividad de la pirotecnia de acuerdo a su especializacion. Dicha capacitacion sera impartida por la DICSCAMEC. Articulo 11º.- Obligatoriedad de la poliza de seguro Toda persona natural o juridica que se dedique a la realizacion de actividades relacionadas con la fabricacion, importacion, exportacion, transporte, comercializacion, deposito y uso de productos pirotecnicos detonantes, debera contar con una Poliza de Seguro obligatoria contra accidentes para sus trabajadores, terceras personas y danos a la propiedad.

- Area minima de tamano de Planta de produccion: 1000 metros cuadrados. - Capacidad de almacenamiento de insumos: Hasta 100 Kg. - Capacidad de almacenamiento de productos terminado: 200 Kg. - Radio minimo de seguridad alrededor de la Planta: 23 metros. El incremento de la capacidad de almacenamiento tanto de insumos y productos terminados estara en funcion directa con el radio de seguridad, para lo cual se establece la aplicacion de la sgte. Formula : D = 3 ( 3 W/2)1/3 D : Distancia de seguridad alrededor de la Planta. W : Peso de la Polvora negra b) La fabricacion de productos pirotecnicos detonantes se realizara en locales que segun el procedimiento de produccion y capacidad de almacenamiento se clasifican en Taller o Fabrica, los cuales deben cumplir los siguientes criterios tecnicos: Para talleres y fabricas: - Area minima de tamano de Planta de produccion: 3000 metros cuadrados. - Capacidad de almacenamiento de insumos, por deposito: Hasta 1000 Kg. - Capacidad de almacenamiento de productos terminado, por deposito: 5000 Kg. - El radio minimo de seguridad es de: 62.40 metros Los Talleres o Fabricas deberan tener como minimo la siguiente distribucion: 1. Area de almacen de materia prima y/o insumos. 2. Area de Operacion (molienda, mezclado, armado, secado, etiquetado-empaque) 3. Area de almacen de productos intermedios. 4. Area de equipos auxiliares 5. Area de pruebas. (ubicado lo mas distante del almacen) 6. Area de almacen de productos terminados Articulo 16º.- De los Requisitos de los talleres o fabricas de productos pirotecnicos Los Talleres o Fabricas de productos pirotecnicos, para su instalacion deberan cumplir con los siguientes requisitos: a. Estaran ubicados en zonas exclusivas permanentes donde se realicen actividades compatibles, debiendo acreditarlo con la MORDAZA correspondiente expedida por la Municipalidad competente. b. Presentar el Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) Colectivo para el caso de Talleres que se encuentren en un mismo MORDAZA Industrial o MORDAZA Exclusiva; y en el caso de Fabrica, un Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.). c. Presentar la relacion de los productos pirotecnicos que se van a fabricar y que se encuentren registrados en la DICSCAMEC. d. Presentar el Plan de Seguridad y de Contingencia de cada una de las etapas de fabricacion. Articulo 17º.- De la obligatoriedad de la capacitacion Todo el personal que trabaje en la fabricacion de productos pirotecnicos debera estar capacitado por la DICSCAMEC en medidas de seguridad relacionadas con el area de su especialidad. Articulo 18º.- De la capacitacion en medidas de seguridad La capacitacion en medidas de seguridad a los fabricantes de productos pirotecnicos, estara destinada a la ensenanza de una adecuada manipulacion de los insumos o productos pirotecnicos, durante los procesos de produccion dentro del Taller o Fabrica, con el fin de minimizar accidentes durante el proceso. Articulo 19º.- Del Personal responsable del taller o fabrica Cuando se trate de Taller, las operaciones de fabricacion estaran a cargo por lo menos de un Tecnico en Piro-

TITULO II DE LA FABRICACION Y DEPOSITO CAPITULO I DE LA FABRICACION
Articulo 12º.- Definicion de fabricacion La fabricacion de productos pirotecnicos es una actividad basada en la aplicacion de tecnicas que implica el conocimiento de las propiedades de las sustancias quimicas para conseguir efectos luminosos, sonoros, fumigenos y dinamicos. Articulo 13º.- Ubicacion de los lugares de fabricacion La ubicacion de los lugares destinados a la fabricacion de productos pirotecnicos sera en zonas exclusivas y permanentes, determinadas por la Municipalidad competente. Articulo 14º.- De los locales donde se fabricaran productos pirotecnicos La fabricacion de productos pirotecnicos se realizara en locales convenientemente acondicionados y seguros, con procedimientos estandarizados que eviten los riesgos a la MORDAZA, integridad fisica y salud de las personas, o afecten a la propiedad publica o privada o al medio ambiente. La cantidad de produccion de productos pirotecnicos sera regulada por el Ministerio del Interior a traves de la DICSCAMEC en funcion a la demanda de productos pirotecnicos a utilizarse en los diferentes eventos previstos por el usuario. Esta prohibida la fabricacion de productos pirotecnicos en MORDAZA habitacion o local comercial en MORDAZA urbana. Articulo 15º.- Del area de planta y capacidad de almacenamiento de talleres y fabricas a) La fabricacion de productos pirotecnicos deflagrantes se realizara en locales que segun el procedimiento de produccion y capacidad de almacenamiento se clasifican en Taller o Fabrica, los cuales deben cumplir los siguientes criterios tecnicos: Para talleres: - Area minima de tamano de Planta de produccion: 800 metros cuadrados. - Capacidad de almacenamiento de insumos: Hasta 100 Kg. - Capacidad de almacenamiento de productos terminado: 200 Kg. - Radio minimo de seguridad alrededor de la Planta: 23 metros. Para Fabricas:

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