Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2002 (17/11/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, MORDAZA 17 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 233485

ficiencia constructiva o de la alteracion del proyecto sin la correspondiente aprobacion por la Municipalidad correspondiente. TITULO III DISPOSICIONES TECNICAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 23º.- Programacion Anual de Ejecucion de Obras en las Areas de uso Publico: Las empresas de servicios publicos y cualquier otra persona natural o juridica que realicen obras de magnitud en las areas de uso publico; tienen la obligacion de presentar a las respectivas municipalidades hasta el 31 de octubre de cada ano la Programacion Anual de Ejecucion de Obras en Areas de Uso Publico para el ano siguiente. La programacion comprendera las obras de mantenimiento, ampliacion o construccion de sus redes, presentando los planos integrales de las mismas incluyendo redes existentes y senalando la oportunidad y plazos propuestos para las intervenciones programadas. La programacion de ejecucion de obras en las areas de uso publico sera actualizada trimestralmente. Cualquier modificacion de la programacion debera ser comunicada con una anticipacion no menor de treinta (30) dias. Articulo 24º.- Obras de Emergencia: Por la naturaleza de las obras de emergencia en la via publica, por motivo de un desperfecto que ponga en grave situacion de riesgo la atencion del servicio publico, el dano a las instalaciones o infraestructuras MORDAZA, asi como la seguridad de los vecinos; estas no estan comprendidas en la programacion MORDAZA senalada, procediendo su autorizacion de acuerdo con lo que se establece en la presente ordenanza. Articulo 25º.- Consolidacion de la programacion anual de obras en la via publica: La Municipalidad Distrital recepcionara y coordinara con las empresas de servicios publicos o a las personas naturales o juridicas que corresponda, la integracion y consolidacion de la programacion anual de ejecucion de obras en areas de uso publico, dentro de la respectiva jurisdiccion municipal; armonizandola y concordandola con la programacion de la ejecucion de obras publicas que efectuara cada Municipalidad. Articulo 26º.- Planos Generales del Distrito: La Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, pondra a disposicion de las empresas de servicios publicos el Plano General Base del Distrito, con el fin de que cada una de ellas disene y programe sus rutas de manera adecuada y ordenada en el conjunto de la infraestructura urbana. CAPITULO II PLAZOS DE EJECUCION DE OBRA Articulo 27º.- Plazos de ejecucion de la obra: Los plazos de ejecucion de obra seran previstos de acuerdo con la caracteristica de la misma, debiendo ajustarse al minimo posible, evitando que la reposicion del pavimento se prolongue innecesariamente para no causar perjuicios al MORDAZA de vehiculos de peatones. Para determinar el plazo de ejecucion de la obra, debera considerarse jornadas de trabajo de dos o tres turnos por dia, incluyendo domingos y feriados, a fin de reducir al minimo el perjuicio al libre MORDAZA de peatones o vehiculos. Las obras que por su dimension requieran de un periodo de ejecucion mayor a cuatro (4) dias, deberan programarse y ejecutarse por tramos o secciones, en los que el plazo de culminacion de la obra, incluyendo la reposicion de pavimentos, veredas o mobiliario MORDAZA en cada uno de ellos no sera mayor de cuatro (04) dias. Articulo 28º.- Plazo en los casos de construcciones de concreto armado: En los casos en que la obra requiere de construccion con concreto armado (camaras subterraneas y otros), el plazo de reposicion podra ser MORDAZA de acuerdo con las caracteristicas de los trabajos, debiendo ser tratados de manera independiente a los trabajos de canalizacion u otros, debe indicarse en la Solicitud de Autorizacion los plazos requeridos. CAPITULO III ROTURA DEL PAVIMENTO Y VEREDAS Articulo 29º.- Formas de la rotura del pavimento: La rotura del pavimento debe realizarse teniendo especial cui-

dado en adoptar formas geometricas regulares, con angulos rectos y evitando formar angulos agudos. Los bordes deben ser perpendiculares a la superficie. Articulo 30º.- Corte del pavimento y veredas: Para el corte, se exigira el uso de MORDAZA, diamantina o equipo rompe pavimento. El trabajo de corte, no debe afectar la resistencia del pavimento en buen estado. Es prohibido el empleo de comba para la rotura o corte de pavimentos. El corte en las veredas debera efectuarse tomando panos completos siguiendo las lineas de las brunas, debiendo tener especial cuidado de no afectar los panos adyacentes los que en caso de quedar comprometidos en la rotura, deberan eliminarse y reponerse por completo. Articulo 31º.- Retiro de los cascotes: Los cascotes provenientes de la rotura del pavimento o de las veredas, deberan ser retirados de la MORDAZA de trabajo MORDAZA de proceder a la excavacion de la zanja. CAPITULO IV EXCAVACION DE LA ZANJA Articulo 32º.- Forma de excavacion: La excavacion debe ejecutarse a mano o con equipo mecanico y en el ancho y profundidad necesaria para efectuar la instalacion que corresponda. En los caos que sea necesario debera reforzarse las MORDAZA de la zanja para evitar que cedan. Articulo 33º.- Limpieza de la MORDAZA de excavacion: El trabajo de excavacion debera realizarse manteniendo la mayor limpieza posible, evitando que el material de excavacion se desparrame o se extienda en la parte de la calzada que debe seguir siendo usada por el MORDAZA de vehiculos o de peatones. Una vez concluida la obra o un tramo de esta, debera realizarse la limpieza o eliminacion del material excedente en un plazo MORDAZA de 24 horas. CAPITULO V RELLENO DE ZANJA Y COMPACTACION Articulo 34º.- Material del relleno: El relleno debera realizarse con el material de excavacion y de prestamo, extrayendose y eliminandose previamente todo MORDAZA de desperdicios organicos e inorganicos, asi como piedras que por su tamano impidan una adecuada compactacion. Es prohibido el uso de residuos de pavimento o veredas demolidos para el relleno de la zanja. En el caso de instalacion de tuberias de desague, se empleara una MORDAZA de MORDAZA fina seca, de diez centimetros (10 cm.) de espesor. Articulo 35º.- Compactacion del relleno: El material de relleno sera colocado en capas no mayores de treinta centimetros (30 cm.) de espesor y humedecidos uniformemente, para luego ser compactados mediante planchas vibratorias hasta alcanzar una densidad no menor al noventa y cinco por ciento (95%) de la determinada por el metodo Proctor. Articulo 36º.- Afirmado del relleno: En la parte superior del relleno se colocara una MORDAZA de afirmado granular de veinte centimetros (20 cm.) de espesor compactada al cien por cien (100%). La inspeccion exigira de acuerdo al caso, la certificacion respectiva (pruebas de compactacion del terreno). En los ensayos de compactacion de la base granular; el porcentaje de compactacion debe ser igual o mayor al cien por cien (100%). Articulo 37º.- Pruebas de compactacion del terreno: Obligatoriamente se debe extraer una muestra del terreno compactado a partir de los primeros diez metros (10 m.) lineales de compactacion por cada cincuenta metros (50 m.) lineales. Si la obra excediese de los cincuenta metros (50 m.) lineales, se debera extraer una muestra para cada tramo entre cincuenta metros (50 m.) lineales o menos y muestras adicionales a exigencia de la supervision municipal. CAPITULO VI REPOSICION DEL PAVIMENTO Y DE LAS VEREDAS Articulo 38º.- Materiales de reposicion del pavimento y de las veredas: La reposicion debe efectuarse con un material de las mismas caracteristicas del pavimento original, debe emplearse concreto donde la calzada sea de concreto y asfalto en caliente donde la calzada sea de asfalto. Articulo 39º.- Superficie del parche: Debera cuidarse que la superficie del parche quede perfectamente enrasa-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.