Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2002 (17/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, MORDAZA 17 de noviembre de 2002 DEBE DECIR: ...

NORMAS LEGALES

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Visto, el Informe Nº 009-2002-CG/CE-SOA del 25 de octubre del 2002, sobre Designacion de una Sociedad de Auditoria para examinar los estados financieros, periodo 2002, de la MORDAZA Metropolitana; 20284

notificacion, cumpla con subsanar las deficiencias observadas presentando nuevamente la informacion corregida. 6. Sanciones Las infracciones a la presente Circular seran sancionadas con la aplicacion del Reglamento pertinente emitido por esta Superintendencia. 7. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Atentamente,

SBS
Establecen disposiciones para la MORDAZA de informacion de las Comisiones u Honorarios de las Personas Naturales, aplicables a intermediarios y auxiliares de seguros
CIRCULAR Nº CS-005-2002 AS-005-2002 MORDAZA, 14 de noviembre de 2002 ------------------------------------------------------------Ref.: MORDAZA de Informacion de las Comisiones u Honorarios de las Personas Naturales . -----------------------------------------------------------Senor(a): Sirvase tomar nota que esta Superintendencia, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 335º de La Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, y lo establecido por los articulos 20º y 31º de la Resolucion SBS Nº 105899, que aprueba el Reglamento del Registros del Sistema de Seguros, ha dispuesto lo siguiente: 1. Alcance La presente Circular es de aplicacion a los intermediarios y auxiliares de seguros personas naturales a que aluden los articulos 337º, 343º y 344º de la Ley General. 2.Informacion sobre comisiones u honorarios de los intermediarios y auxiliares Los intermediaros y auxiliares de seguros, personas naturales, deberan presentar a esta Superintendencia la siguiente informacion: a) Comisiones u honorarios percibidos de las empresas de seguros. b) Ingresos por asesoramientos y/o servicios prestados a terceros. Dichos reportes se presentaran dentro de los treinta (30) dias calendario posteriores al cierre de cada ejercicio, por medios impresos y por medios magneticos. 3. Remision de la informacion en medios magneticos Para efectos de la remision de la informacion por medios magneticos, a que se refiere la presente Circular, los intermediarios y auxiliares se sujetaran a las instrucciones que se encuentran en el sitio FTP de la SBS en Internet, en la siguiente direccion: ftp://ftp.sbs.gob.pe, con el User. IAPN, y el Password: IAPNDOS7, accediendo a la Carpeta: IAPN, para descargar el archivo: IAPNAN23.xls o, alternativamente, mediante su entrega en el Departamento de Analisis y Supervision de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de este organismo de control. 4. Remision de la informacion en medios impresos La informacion impresa sera generada e impresa mediante opciones contenidas en las instrucciones mencionadas anteriormente, debiendo ser firmada y remitida de acuerdo con las normas establecidas por esta Superintendencia. 5. Validacion de la informacion La informacion sera validada por esta Superintendencia y si tuviera errores sera considerada como no presentada, para que en el termino de 05 dias utiles posteriores a su

MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 20270

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
ESSALUD
Cancelan MORDAZA de adjudicacion directa publica convocado para la adquisicion de medicamentos
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 481-GG-HNERM-ESSALUD-2002 MORDAZA, 7 de noviembre del 2002 VISTA: La Carta Circular Nº 097-GCS-ESSALUD-2002, de fecha 23 de octubre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que conforme a sus necesidades y para poder atender el requerimiento de insumos necesarios para la atencion de sus asegurados; con fecha 23 de octubre del 2002, la Gerencia de Logistica y Servicios del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins convoco la Adjudicacion Directa Publica Nº 0207C000681 para la adquisicion de medicamentos - IOPAMIDOL 370 MG. YODO/ML x 50 ml minimo, para un periodo de dos meses. Que con fecha 29 de octubre del 2002, la Gerencia de Logistica y Servicios del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins fue notificada con la Carta Circular Nº 097-GCS-ESSALUD-2002 de fecha 23 de octubre del 2002, la cual pone en conocimiento de los diferentes Departamentos del Seguro Social de Salud la entrada en vigencia del MORDAZA petitorio farmacologico de la Institucion y su Normatividad de Uso, el mismo que fuera aprobado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 666-GG-ESSALUD-2002 y modificado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 785-GG-ESSALUD-2002. Que la MORDAZA mencionada Carta Circular senala que con la entrada en vigencia del MORDAZA petitorio farmacologico de la Institucion, los medicamentos que han sido retirados del mismo podran ser consumidos hasta agotar el stock existente, pero no podran ser comprados nuevamente sin autorizacion. Como se puede apreciar del listado anexo a dicha Carta Circular, el medicamento IOPAMIDOL 370 mg yodo/ml x 50, queda indicado en su uso para radiologia, neuroradiologia y cardiologia; incorporandose el uso de medicamento IOBITRIDOL 350 mg yodo x 100 ml para Tac Helicoidal Cabe recordar en este extremo que el proposito de la convocatoria del MORDAZA de seleccion Nº 0207C00681, por el cual se solicito la compra del medicamento IOPAMIDOL 370 mg yodo/ml x 50, era para que este fuera utilizado en el servicio de TAC Helicoidal. Sin embargo, mediante Carta Nº 344-STC Y R.M. HNERM. ESSALUD. 2002 de fecha 5 de noviembre el Jefe de Servicio Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA comunica a la Gerencia de Logistica del HNERM que por las razones expuestas anteriormente ha desaparecido la necesidad perentoria de continuar con el MORDAZA, siendo la etapa de MORDAZA de propuestas para el 8 de noviembre del 2002. En tal sentido es de aplicacion lo dispuesto por el articulo 34º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,

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