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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (22/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

Pág. 233736 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de noviembre de 2002 modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los artículos 428º y 438° del Código Penal; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quien resulte responsable; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable, por pre- sunto delito contra la fe pública, en las modalidades de fal- sedad ideológica y genérica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20660 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 772 -2002-JEF/RENIEC Lima, 18 de noviembre de 2002 Visto el Memorándum Nº 293-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 275-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 1100 - 2002-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 31 de octubre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del in- forme de visto se desprende que los ciudadanos por Ana Berta Gutiérrez Cárdenas, Augusto Miguel Velásquez Pérez, Ceci- lia Raquel Vargas Campos, Leonidas Barrenechea Ramos, Eddy Moisés Rabanal Mostacero, Carmen Rosa Ruiz Cama- cho, Irma Olga Bujaico Romero, Erika Madeleine Mendoza Vásquez, Rosemarie Sheyla Ali Herrera, Carlos Gustavo Ri- vadeneyra Carranza y Arturo López Shiroma, quienes dicen llamarse Bertha Lourdes Padilla Cárdenas, José Antonio Pé- rez Robles, Gabriela Niita Campos, José Leonardo Hinico Huallas, Eddy Moisés Rabanal Endo, Carmen Rosa Cama- cho Castillo, Irma Quiroz Yamashiro, Erika Taba Torres, Em- peratriz Josefina Ayala Herrera, Carlos Gustavo Matsuda Carranza y Kame Arturo Shikina Olarte, respectivamente, han inducido a error a servidor público al hacer insertar en instru- mento público declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sanciona- do en el Artículo 428º del Código Penal; Que, en atención al considerando precedente resulta ne- cesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asun- tos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que corres- pondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra Ana Berta Gutiérrez Cárdenas, Augusto Miguel Velásquez Pérez, Ceci- lia Raquel Vargas Campos, Leonidas Barrenechea Ramos, Eddy Moisés Rabanal Mostacero, Carmen Rosa Ruiz Cama- cho, Irma Olga Bujaico Romero, Erika Madeleine Mendoza Vásquez, Rosemarie Sheyla Ali Herrera, Carlos Gustavo Ri- vadeneyra Carranza y Arturo López Shiroma; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra Ana Berta Gutiérrez Cárdenas, Augus- to Miguel Velásquez Pérez, Cecilia Raquel Vargas Campos, Leonidas Barrenechea Ramos, Eddy Moisés Rabanal Mos- tacero, Carmen Rosa Ruiz Camacho, Irma Olga Bujaico Ro- mero, Erika Madeleine Mendoza Vásquez, Rosemarie She- yla Ali Herrera, Carlos Gustavo Rivadeneyra Carranza y Ar- turo López Shiroma, por presunto delito contra la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2.- Remítase los actuados al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20661 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 773 -2002-JEF/RENIEC Lima, 18 de Noviembre de 2002 Visto el Memorándum Nº 483-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 004, 007, 015, 029, 013, 014, 021-2001/OHC/ DCP/GO y el Informe Nº 1103 -2002-GAJ/RENIEC, emiti- do por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 31de octubre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del in- forme de visto se desprende que los ciudadanos por Rosario Romualda Reyes Armas, Nader Rida Zik Chavez, Teodora Gonzales Carrasco, Hector Orlando Marquez Blas, Jhonny Larry Soles Ruiz, Luis Alberto Bazan Flores y Froilan Ortega Curi, quienes dicen llamarse Rosario Kokubum Reyes, Na- der Rida Zik Del Vecchio, Ana Maria Huayta Gonzales, Luis Ikuo Murakami Torres, Juan Carlos Rojas Fujiki, Henry Gui- llermo Huemura Mora y Rene Moreano Acuri, respectivamen- te, han inducido a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sanciona- do en el artículo 428º del Código Penal; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra Rosario Romualda Reyes Armas, Nader Rida Zik Chávez, Teodora Gonzáles Carrasco, Héctor Orlando Már- quez Blas, Jhonny Larry Soles Ruiz, Luis Alberto Bazan Flores y Froilan Ortega Curi; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil, para que en nombre y representa- ción de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra Rosario Romualda Re- yes Armas, Nader Rida Zik Chávez, Teodora Gonzáles Carrasco, Héctor Orlando Marquez Blas, Jhonny Larry Soles Ruiz, Luis Alberto Bazan Flores y Froilan Ortega Curi, por presunto delito contra la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2.- Remítase los actuados al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20662