Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2002 (13/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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PROYECTO

MORDAZA, MORDAZA 13 de octubre de 2002

6.1.4 El usuario en su solicitud declarara su obligacion de asumir el costo de la contrastacion, si se comprobara que el medidor esta operativo. 6.1.5 La Empresa Prestadora, en un plazo MORDAZA de cinco dias utiles posteriores a la recepcion de la solicitud del usuario, requerira a la Contrastadora seleccionada la ejecucion de la contrastacion correspondiente, remitiendo como minimo los siguientes datos: a) Numero de suministro; b) Direccion del predio donde se encuentra instalado el medidor; c) Nombre del usuario que solicito la contrastacion o del titular del servicio; d) Telefono del usuario si lo tuviera; e) Numero de serie del medidor; f) MORDAZA del medidor; g) Clase metrologica del medidor; h) Diametro nominal del medidor; i) Horario de abastecimiento para la contrastacion en campo; y, j) Fecha de instalacion del medidor. 6.1.6 La Contrastadora tendra un plazo MORDAZA de diez dias utiles siguientes de recibido el requerimiento de la Empresa Prestadora, para realizar la contrastacion, debiendo seguir el siguiente procedimiento: a) Notificar por escrito, por lo menos con cinco dias utiles de anticipacion, a la Empresa Prestadora la fecha, hora y lugar en que efectuara la contrastacion en MORDAZA o retirar el medidor si la contrastacion es de laboratorio, e invitandola a presenciar la prueba. La Empresa Prestadora notificara por escrito al usuario, por lo menos con dos dias utiles de anticipacion, la programacion de la Contrastadora e invitandolo a presenciar la prueba, y ademas, lo publicara en un lugar visible para conocimiento del usuario. b) Realizar la contrastacion en la fecha, hora y lugar notificado. c) La contrastacion en laboratorio se realizara el mismo dia de retiro del medidor o al siguiente dia util. 6.1.7 Si el resultado de la contrastacion en MORDAZA indica que el medidor es inoperativo, la Contrastadora retirara el medidor, colocando un niple en su reemplazo, y lo entregara a la Empresa Prestadora en un plazo MORDAZA de dos dias utiles posteriores a su retiro. 6.1.8 Si el resultado de la contrastacion en laboratorio indica que el medidor es operativo, este sera reinstalado por la Contrastadora el mismo dia de la contrastacion o al siguiente dia util. Si el medidor es inoperativo, la Contrastadora lo entregara a la Empresa Prestadora en un plazo MORDAZA de dos dias utiles posteriores a su retiro. 6.1.9 En funcion de los resultados de la contrastacion, el medidor inoperativo se clasificara como que subregistra o sobrerregistra. 6.1.10 Realizada la contrastacion, la Contrastadora levantara un acta de contrastacion, segun el Formulario Nº 2, la que entregara a la Empresa Prestadora al siguiente dia util de ejecutada la contrastacion y una MORDAZA al usuario, si este no esta presente se le remitira a su domicilio. Ademas, la Contrastadora entregara a la Empresa Prestadora la siguiente informacion: a) Cargo original de la notificacion a la Empresa Prestadora; b) Documentos generados por la Contrastadora durante el MORDAZA de contrastacion; c) Acta de retiro del medidor, segun Formulario Nº 1; d) Acta de reinstalacion del medidor, segun Formulario Nº 2; y, e) Para la contrastacion fallida, un informe detallando porque no realizo la contrastacion en MORDAZA o no retiro el medidor, fecha, hora, lugar, personal tecnico presente y del usuario. 6.1.11 Si el usuario solicita la contrastacion del medidor de agua potable fuera de un MORDAZA de reclamos, se seguira el procedimiento indicado, con la diferencia

que este asumira el costo de la contrastacion independientemente del resultado. La contrastacion puede ser utilizada como prueba plena en un MORDAZA de reclamo, siempre y cuando se presente dentro de los treinta dias calendario siguientes a la fecha en que se realizo la contrastacion. 6.2 Retiro del Medidor

6.2.1 La Contrastadora retirara el medidor de la conexion domiciliaria, sin que esta sea danada, en presencia del usuario y/o de la Empresa Prestadora, levantando un acta segun el Formulario Nº 1, verificando su estado a fin de descartar visualmente que este no MORDAZA sido alterado, y registrara dicha informacion. En caso de ausencia de las partes notificadas, la Contrastadora dejara MORDAZA del retiro del medidor en el domicilio del usuario por debajo de la MORDAZA y anotara las caracteristicas de la fachada del predio visitado. 6.2.2 La Contrastadora, luego de retirar el medidor colocara un niple en su reemplazo, para que el usuario disponga del servicio mientras esta en MORDAZA la contrastacion en laboratorio. La Contrastadora dispondra de niples de dimensiones normalizadas para cada diametro de medidor, la Empresa Prestadora devolvera el niple o asumira el costo del mismo. 6.2.3 Una vez retirado el medidor lo asegurara adecuadamente en un medio apropiado que lo proteja contra golpes y que permita la aplicacion de precintos de seguridad contra posible manipulacion, luego sera llevado al laboratorio para realizar la contrastacion. En caso que esta no MORDAZA sido programada para el mismo dia de retiro del medidor, la Contrastadora debera contar con medios de seguridad, transporte y de almacenamiento que aseguren la inviolabilidad del medidor hasta su ensayo, y posterior reinstalacion de ser el caso. 6.2.4 Si algun MORDAZA no corresponde al proporcionado por la Empresa Prestadora, con excepcion del medidor con diferente serie, no impide el retiro del medidor o realizar la contrastacion de campo; la Contrastadora registrara la informacion deficiente y comunicara a la Empresa Prestadora. 6.2.5 Si el usuario se opone al retiro del medidor o la MORDAZA de la conexion domiciliaria presenta una seguridad excepcional dispuesta por el usuario impidiendo el retiro del medidor, la Contrastadora dejara MORDAZA del hecho en el Formulario Nº 1. La firma del usuario solo acredita haber tomado conocimiento del hecho, por lo que en caso de negativa de firma se registrara la misma. 6.2.6 La Empresa Prestadora MORDAZA entrega, por una sola vez, a la Contrastadora de una herramienta modelo para retirar y colocar posteriormente los medios de seguridad del medidor en la conexion domiciliaria. 6.2.7 La Contrastadora se abstendra de realizar la contrastacion en los casos que se detallan, informando a la Empresa Prestadora sobre dicha situacion en el plazo indicado en el numeral 6.1.6 de la presente Directiva: a) El medidor tenga diferente serie al senalado por la Empresa Prestadora. b) El medidor MORDAZA sido alterado externamente. c) La lectura sea imposible a causa del estado en que se encuentra el visor. 6.2.8 La ausencia o rotura del precinto de seguridad y si la falta de transparencia del visor no impide una lectura ambigua del volumen de agua del medidor, no son impedimentos para efectuar la contrastacion. Cuando se encuentre que al medidor le falta el filtro se le coloca uno MORDAZA y se continua con la contrastacion, registrando las situaciones descritas. Si el medidor debe reinstalarse, la Empresa Prestadora devolvera el filtro o asumira el costo. 6.3 Reinstalacion del Medidor

6.3.1 La Contrastadora reinstalara el medidor en la conexion domiciliaria, sin que esta sea danada, levantando

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