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Pág. 231846 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de octubre de 2002 Que, es necesario designar a la persona que asuma el cargo antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27792 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Alfredo Rabines Flores, en el cargo de Gerente de Proyec- tos en Sierra y Selva del Instituto Nacional de Desarrollo – INADE. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 18702 Oficializan el VIII Congreso Nacional de Arquitectos, a realizarse en la ciudad de Chiclayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 110-2002-VIVIENDA Lima, 21 de octubre de 2002 Visto el Oficio Nº 179-2002-DEC-CAP, de fecha 2 de octubre de 2002, del Decano Nacional del Colegio de Ar- quitectos del Perú; CONSIDERANDO: Que, del 28 al 30 de noviembre de 2002, se llevará a cabo en la ciudad de Chiclayo el VIII Congreso Nacional de Arquitectos, cuyo tema central es "Ámbito Laboral del Ar- quitecto", organizado por el Colegio de Arquitectos del Perú; Que, el referido Congreso tienen como objetivo anali- zar el papel que le corresponde al arquitecto en la socie- dad, las posibilidades de desarrollo futuro y su posiciona- miento en el mercado; Que, en consecuencia, es necesario oficializar el cita- do evento; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo, las Leyes Nºs. 27779 y 27792 y el Decreto Supremo Nº 002- 2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el VIII Congreso Nacional de Arquitectos, organizado por el Colegio de Arquitectos del Perú, a realizarse en la ciudad de Chiclayo, del 28 al 30 de noviembre de 2002. Artículo 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 18703 Autorizan a procuradora iniciar accio- nes judiciales a contratista responsable de la ejecución de obras de infraestruc- tura para centro educativo ubicado en la provincia de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2002-VIVIENDA Lima, 21 de octubre de 2002Visto, el Oficio Nº 1406-2002-GG-INFES-VIVIENDA del Gerente General del Instituto Nacional de Infra- estructura Educativa y de Salud – INFES, por el que solicita se autorice el Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento, a interponer acciones judicia- les que correspondan contra el Arq. Jorge Manuel Luyo Aguayo. CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Construcción de Obra a Suma Alzada, suscrito el 25 de febrero de 1997, el Insti- tuto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud – INFES, contrató con el arquitecto Jorge Manuel Luyo Aguayo la ejecución de obras de infraestructura para el Centro Educativo Nº 2012 "Lampa de Oro" ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departa- mento de Lima, materia de la Adjudicación Directa Nº 019-97-PRES-INFES; Que, concluida la ejecución física de la Obra y levanta- da las observaciones formuladas, la obra fue recibida por la Comisión de Recepción, suscribiéndose el Acta de Re- cepción de Obra con fecha 4 de marzo de 1998; aprobán- dose la liquidación final del Contrato de Obra mediante Resolución de Gerencia General Nº 649-98-PRES-INFES del 10 de junio de 1998; Que, con motivo del Memorándum Nº 3956-2001- GO-PRES-INFES, la Gerencia de Obras solicitó a la Jefatura Zonal IV- Lima que efectúe una verificación en el Centro Educativo Nº 2012 "Lampa de Oro", a efecto de definir posibles defectos constructivos, puestos en conocimiento mediante Oficio Nº 1742-2001-OINFE; al respecto la Coordinación de Gerencia de Obras emitió el Informe Nº 541-2001-C-GO-PRES-INFES de fecha 27 de noviembre de 2001, en el cual se informa que de la inspección ocular efectuada por el ingeniero Pedro Morales Marcos al referido Centro Educativo, se ha detectado la existencia de deficiencias constructivas y vicios ocultos sobre filtraciones y humedecimiento de piso y muros, cuyas reparaciones son responsabilidad del contratista Jorge Manuel Luyo Aguayo, conforme a lo estipulado en la cláusula 4.0, numeral 4.11 del con- trato de obra, y por así disponerlo el artículo 5.10.9 del Reglamento Único de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas – RULCOP, aplicable al caso, por haberse lle- vado a cabo el proceso de contratación durante su vi- gencia; las mismas que fueron puestas en conocimien- to del Contratista mediante Oficio Nº 5739-2001-GO- PRES-INFES, cursado por conducto notarial, habien- do sido recibido con fecha 03 de diciembre de 2001, según cargo de recepción y constancia notarial de en- trega; Que, mediante Carta Nº 037-01-JLA, de fecha 10 de diciembre de 2001, el referido contratista alega no tener ninguna responsabilidad por los daños sufridos en las ins- talaciones del citado Centro Educativo, comprometiéndose únicamente a proporcionar su dirección técnica en los tra- bajos de reparación; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 410-2002-ME-INFES del 28 de junio de 2002, se apro- bó el Presupuesto Analítico que se requiere para la reparación de las deficiencias constructivas del citado Centro Educativo por cuenta del Contratista, el que asciende a al suma de S/. 5 808,17 (cinco mil ocho- cientos ocho y 17/100 nuevos soles); la que fue puesta en conocimiento del Contratista mediante Oficio Nº 985- 2002-GG-ME-INFES del 28 de junio de 2002, no habien- do presentado recurso impugnativo alguno, por lo que legalmente, ha quedado consentida; Que, la responsabilidad del mencionado Contratista, de reparar las deficiencias constructivas de la obra C.E. Nº 2012 "Lampa de Oro", se encuentra plenamente acredi- tada conforme a lo previsto en la Cláusula 4.0, numeral 4.11 del Contrato de Ejecución de Obra a Suma Alzada, suscrito el 25 de febrero de 1997, siendo de aplicación su- pletoria lo prescrito por el artículo 5.10.9 del Reglamento Único de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas – RULCOP, así como lo establecido en el artículo 1784º del Código Civil vigente;