Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2003 (30/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2003

Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de Visto; De conformidad con los Arts. 47 de la Constitucion Politica del Peru y 12 del D.L. Nº 17537, modificado por el D.L. Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que formule y/o gestione las acciones legales por los hechos expuestos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes respectivos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 08161

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de delitos y perjuicio economico en agravio de las Municipalidades Distritales de Chiguirip y la Encanada
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 134-2003-CG MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 VISTO, el Informe Especial Nº 134-2003-CG/ORCH, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Chiguirip, provincia de Chota y departamento de MORDAZA, periodo enero 2002 - diciembre 2002; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de la correspondiente accion de control no programada a la Municipalidad Distrital de Chiguirip, provincia de Chota, departamento de MORDAZA, periodo enero 2002 - diciembre 2002, a fin de determinar las presuntas irregularidades denunciadas sobre la administracion de los recursos municipales; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control la Comision Auditora ha determinado que la Municipalidad Provincial de Chiguirip ha efectuado desembolsos en el ano 2002 por un total de S/. 166 315,50, los mismos que han sido sustentados con facturas falsas, generando que dichos egresos no cuenten con documentacion legal sustentatoria; hechos que configuran indicios razonables de la comision de los delitos de Peculado y Falsificacion de Documentos, tipificados en los Articulos 387º y 427º del Codigo Penal respectivamente; Que asi mismo, se ha evidenciado egresos en el ano 2002 por un total de S/. 156 915,40, sustentados indebidamente con liquidaciones de compra, generando que dichos egresos no se encuentran acreditados con comprobantes de pago reconocidos por la SUNAT; e insertado informacion falsa en las citadas liquidaciones; hechos que configuran indicios razonables de la comision de los delitos de Peculado y Falsificacion Ideologica penados y tipificados en los Articulos 387º y 428º del Codigo Penal respectivamente; Que por otra parte, se ha establecido que en el ano 2002, la municipalidad adquirio herramientas y materiales electricos, por un importe de S/. 22 534,00 los mismos que no han sido ingresados al almacen de la entidad, asi

como tampoco han sido utilizados en las obras ejecutadas en dicho ejercicio, ocasionando un perjuicio economico por la citada suma; hechos que constituyen indicios razonables de la comision del delito de Peculado, tipificado en el Articulo 387º del Codigo Penal; Que igualmente, se ha acreditado, pagos de dietas efectuados en el ano 2002 por la suma de S/. 7 600,00, correspondientes al periodo MORDAZA 2001 - febrero 2002, por Sesiones de Concejo no realizadas, ocasionando un perjuicio economico a la entidad; hecho que configura indicio razonable de la comision del delito de Peculado, de acuerdo a lo senalado en el Articulo 387º del Codigo Penal; Que finalmente, la Comision Auditora ha evidenciado, que la entidad a pesar de haber cobrado a los beneficiarios por el servicio electrico, pago el importe de S/. 17 281,89 con los fondos de la municipalidad, hechos que constituyen indicios razonables de la comision del delito de Peculado, tipificado en el Articulo 387º del Codigo Penal; Que, habiendose acreditado, como consecuencia de la accion de control practicada, la existencia de indicios de la comision de delitos, en los que se encuentran involucrados ex autoridades y servidores de la Municipalidad Distrital de Chiguirip, que desempenan o han desempenado funcion publica en la misma; corresponde a la Contraloria General de la Republica proceder conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 22º inciso d), de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el articulo 22º inciso d), de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; y, SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendole para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 08162 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 136-2003-CG MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 VISTOS, los Informes Especiales Nº 136-2003-CG/ ORCH y Nº 137-2003-CG/ORCH, resultantes del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de La Encanada, provincia y departamento de MORDAZA, periodo enero 2000 - diciembre 2001; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Control 2002 de la Oficina Regional de Control Chiclayo, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Distrital de la Encanada, provincia y departamento de MORDAZA, periodo enero 2000 - diciembre 2001, con la finalidad de verificar las denuncias presentadas ante este Organismo Contralor, incidiendo en los procesos de abastecimiento, tesoreria, obras publicas y endeudamiento interno;

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