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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (23/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G32/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 23 de agosto de 2003 trato de Compra Venta suscrito entre Jesús Arias Muller De Zevallos como vendedor, y de la otra parte, ManuelAugusto La Rosa Amable como comprador, por la sumade S/. 2,000.00 (Dos Mil Nuevos Soles), documento su-puestamente legalizado por el Notario Público de Lima,doctor Aníbal Corvetto Romero, quien manifiesta mediante Carta de fecha 2 de enero de 2003, que la firma y sellos contenidos en el contrato que se le remite, no pertene-cen a su despacho notarial, hechos que denotan la pre-sunta comisión de delito de Falsificación de Documen-tos, previsto y penado en el artículo 427º del Código Pe-nal, por lo que se debe iniciar las acciones legales contra Manuel Augusto La Rosa Amable; Que, mediante Memorándum Nº 075-2003- SUNARP-Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 21 de enero de2003, la Gerencia de Bienes Muebles informa a laOficina Legal sobre la solicitud de inscripción del Tí-tulo Nº 2764, de fecha 7 de enero de 2003, referido al vehículo de placa AGW-503, presentado ante el Re- gistro de Propiedad Vehicular por Walter Alberto Euri-be Altamirano, la Declaración Jurada suscrita a favorde Walter Alberto Euribe Altamirano, documentosupuestamente legalizado por la Notaria Público deLima, doctora Silvia Samaniego de Mestanza, quien manifiesta mediante Carta de fecha 16 de enero de 2003, que la firma y sellos contenidos en el documentoque se le remite, no le corresponden, hechos quedenotan la presunta comisión de delito de Falsifica-ción de Documentos, previsto y penado en el artículo427º del Código Penal, por lo que se debe iniciar las acciones legales contra Walter Alberto Euribe Altamirano; Que, mediante Memorándum Nº 079-2003- SUNARP-Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 23 de enero de2003, la Gerencia de Bienes Muebles informa a laOficina Legal sobre la solicitud de inscripción del Tí- tulo Nº 231105, de fecha 30 de diciembre de 2002, referido al vehículo de placa XG-7132, presentadoante el Registro de Propiedad Vehicular por María Ele-na Herrera Cabrera, el Contrato de Compra Venta sus-crito entre Hugo César Vargas Morales como vende-dor, y de la otra parte, María Elena Herrera Cabrera como compradora, por la suma de $ 5,000.00 (Cinco Mil Dólares Americanos), documento supuestamentelegalizado por el Notario Público de Lima, doctor Au-relio A. Díaz Rodríguez, quien manifiesta medianteCarta de fecha 10 de enero de 2003, que la firma ysellos contenidos en la solicitud que se le remite, no pertenecen a su despacho notarial, hechos que de- notan la presunta comisión de delito de Falsificaciónde Documentos, previsto y penado en el artículo 427ºdel Código Penal, por lo que se debe iniciar las accio-nes legales contra María Elena Herrera Cabrera; Que, mediante Memorándum Nº 080-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 23 de enero de 2003, la Geren- cia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 219580, de fecha10 de diciembre de 2002, referido al vehículo de placaRGV-536, presentado ante el Registro de Propiedad Ve-hicular por Carlos José Cano Bunsen, la Declaración Ju- rada suscrita a favor de Nora C. Minaya de Kong, docu- mento supuestamente legalizado por el Notario Públicode Lima, doctor Aníbal Corvetto Romero, quien manifies-ta mediante Carta de fecha 8 de enero de 2003, que lafirma y sellos contenidos en el documento que se le re-mite, no pertenecen a su despacho notarial, hechos que denotan la presunta comisión de delito de Falsificación de Documentos, previsto y penado en el artículo 427º delCódigo Penal, por lo que se debe iniciar las acciones le-gales contra por Carlos José Cano Bunsen y Nora C.Minaya de Kong; Que, en ese sentido, existiendo suficientes indicios razonables de la comisión del delito referido y en virtud a los hechos que se desprenden del Oficio Nº 080-2003-SUNARP-Z.R.NºIX/OL, de fecha 31 de enero de 2003, ycon el objeto de reunir las pruebas de la realización deldelito y las circunstancias en que se han realizado,corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que hayan tenido el autor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º delDecreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Repre-sentación y Defensa del Estado en Juicio, modificado porDecreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia,para que en representación y defensa de los interesesdel Estado, interponga las acciones judiciales corres-pondientes contra Angélica Barrenechea León, Liberto Rojas Campos, Pedro Del Carpio Alarcón, José Antonio Crispin Blanco, Angélica Barrenechea León, Vicente Hua-mán Zavala, Guillermo Cárdenas Anchivilca, Carlos Ro-berto Teves Pinto, Sebastián Carrasco Choque, AlfonsoRíos Luyo, Absalón Alarcón Tafur, Hernán Escalante Pa-reja, Ramón Barúa Alzamora, Miguel Pablo Cassinelli Tabini, Manuel Augusto La Rosa Amable, Walter Alberto Euribe Altamirano, María Elena Herrera Cabrera, CarlosJosé Cano Bunsen, Nora C. Minaya de Kong, y los queresulten responsables; conforme a los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men-cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 15678 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 319-2003-JUS Lima, 20 de agosto de 2003Visto el Oficio Nº 526-2003-JUS/PPMJ, de fecha 14 de marzo de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Expe-diente Nº 0440 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 090-2003-SUNARP-Z.R.NºIX/ OL, de fecha 6 de febrero de 2003, la Jefatura Legal de laZona Registral IX - Sede Lima, remite a la ProcuradoraPública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministe-rio de Justicia, los Memorándums Nº 883-2002-ORLC-GBM, de fecha 12 de julio de 2002, referido al Título Nº 39601, presentada con fecha 27 de febrero de 2002, res- pecto a la inscripción del vehículo de placa Nº AO-3106;Nº 1152-2002-ORLC-GBM, de fecha 9 de setiembre de2002, referido al Título Nº 160867, presentada con fecha9 de mayo de 2002, respecto a la inscripción del vehículode placa Nº RGN-228; Nº 1200-2002-SUNARP-Z.R.NºIX- GBM, de fecha 19 de setiembre de 2002, referido al Títu- lo Nº 164641, presentada con fecha 11 de setiembre de2002, respecto a la inscripción del vehículo de placa NºIO-7602; Nº 026-2003-SUNARP-Z.R.NºIX-GBM, de fecha10 de enero de 2003, referido al Título Nº 187165, pre-sentada con fecha 17 de octubre de 2002, respecto a la inscripción del vehículo de placa Nº PO-5117; Nº 043- 2003-SUNARP-Z.R.NºIX-GBM, de fecha 14 de enero de2003, referido al Título Nº 174630, presentada con fecha26 de setiembre de 2002, respecto a la inscripción delvehículo de placa Nº BI-3414; Informe Nº 003-2003-SUNARP-Z.R.NºIX-GBM, de fecha 16 de enero de 2003, referido al Título Nº 163042, presentada con fecha 10 de setiembre de 2002, respecto a la inscripción del vehículode placa Nº CO-1110; Nº 091-2003-SUNARP-Z.R.NºIX-GBM, de fecha 24 de enero de 2003, referido al Título Nº178831, presentada con fecha 3 de octubre de 2002, res-pecto a la inscripción del vehículo de placa Nº NG-5726; Nº 094-2003-SUNARP-Z.R.NºIX-GBM, de fecha 27 de enero de 2003, referido al Título Nº 183916, presentadacon fecha 14 de octubre de 2002, respecto a la inscrip-ción del vehículo de placa Nº AOX-898; Nº 109-2003-